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Sueldo: cuánto cobrarán las empleadas domésticas en octubre y cómo calcular el bono proporcional

En los primeros días de octubre, las empleadas domésticas cobrarán un 8% más correspondiente al aumento de septiembre. Cómo calcular el bono
Por S.A.
02/10/2023 - 11:20hs
Sueldo: cuánto cobrarán las empleadas domésticas en octubre y cómo calcular el bono proporcional

En los primeros días de octubre, las empleadas domésticas cobrarán un 8% más correspondiente al aumento de septiembre, gracias al acuerdo de paritarias que se alcanzó en julio a través de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (CNTCP). A ello se sumará la segunda cuota del bono.

Esta suba forma parte de un total del 36%, que se distribuyó en los meses de julio, agosto y septiembre.

Para las empleadas domésticas que buscan opciones de financiamiento adicional, el Banco Provincia ofrece la posibilidad de solicitar créditos de hasta $150.000. Estos préstamos cuentan con una tasa de interés anual del 60% y un plan de devolución que permite hasta 36 cuotas. Esta iniciativa proporcionará un recurso adicional para satisfacer necesidades financieras personales.

¿Cuánto es el aumento de las empleadas domésticas 2023?

Con un nuevo aumento trimestral, se modificó la escala salarial de empleadas domésticas. El incremento fue del 36% a pagar en tres tramos durante julio, agosto y septiembre.

El aumento toma como base el salario de junio 2023 y son tres cuotas no acumulativas.

  • Julio 20%
  • Agosto 8%
  • Septiembre 8%

La medida se estableció teniendo en cuenta el impacto de la inflación en la remuneración de los trabajadores del servicio doméstico. Por esta razón, el Consejo Nacional de Trabajo en Casa Particulares (CNTCP) se reunirá nuevamente en septiembre para evaluar y definir más incrementos salariales. También revisarán viáticos, zona desfavorable y presentismo.

Para calcularlo de manera sencilla, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispone de un simulador para conocer cuál es el valor del importe mensual y total del refuerzo que le corresponde a cada empleado.

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En octubre, las empleadas domésticas cobrarán un 8% más correspondiente al aumento de septiembre

Los empleadores tienen tiempo de abonarlo dentro de los primeros 15 días hábiles de octubre. Durante el noveno mes del año, con el aumento del 8%, el personal para tareas específicas con retiro cobrarán $1136 por hora y $139.095,50 el mes. Al sumar la cuota del bono, percibirán en total $151.595,50.

Bono para empleadas domésticas: cómo funciona el simulador de AFIP

Las empleadas domésticas que trabajen jornada completa (192 horas mensuales) tienen derecho a un bono de $25.000 en dos cuotas de $12.500 cada una (la primera debía cobrarse hasta el 21 de septiembre). En tanto, si la jornada es menor, recibirá un monto proporcional. Es por ello, que la AFIP permite calcular el monto total del refuerzo a través de un simulador.

 Para acceder a esta calculadora, deberán seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar al portal "Casas particulares" de AFIP.
  • Colocar en la calculadora las horas trabajadas en agosto
  • Una vez completado, hay que clickear en "Calcular".
  • El sistema arrojará cuál es monto del bono total y mensual.

Por ejemplo, si una empleada trabajó 150 horas en septiembre, el bono total será de $19531,25 y la cuota del refuerzo mensual $9765,63.

Bono para empleo doméstico: empleadores podrán pedir el reintegro del 50%

De acuerdo con la resolución 1136, podrán acceder al reintegro del 50%, los empleadores que cumplan los siguientes requisitos:

  • La relación laboral haya estado activa en los meses de agosto y septiembre para el reintegro de las dos cuotas de la asignación no remunerativa ($25.000). En caso de que solo estuvo activa en el octavo mes del año, solo se reintegrará la primera cuota.
  • Que se encuentre previamente registrado el pago de la suma fija.
  • No haber estado alcanzado por el impuesto de Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022.
  • No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
  • No poseer ingresos mayores a $1.500.000 netos en el mes de agosto de 2023, por empleador.

La parte empleadora deberá presentar entre el 2 y el 8 de octubre la solicitud del reintegro de la segunda cuota.