• 4/11/2024

Compre sin IVA: por qué podés no recibir el reintegro del 21%

El programa de reintegros requiere que el beneficiario cumpla algunos requisitos al hacer las compras. Conocé cuáles son y por qué podrías no cobrarlo
Por S.A.
29/09/2023 - 14:06hs
Compre sin IVA: por qué podés no recibir el reintegro del 21%

El programa "Compre sin IVA" reintegra el 21% de las compras realizadas en los alimentos y productos de higiene de la canasta básica que se realicen con tarjeta de débito, cuenta DNI o Modo BNA+.

De acuerdo a lo oficializado por el Gobierno, el tope de reintegro por mes es de $18.800, y será acreditado de forma automática en la cuenta bancaria donde la persona percibe sus ingresos, asignación, pensión o jubilación. La devolución puede tardar hasta 48 horas después de la compra.

El beneficio aplica a trabajadores registrados, jubilados y monotributistas, pero es importante tener en cuenta algunas claves por las que podría perderse la devolución.

¿Quiénes son beneficiarios del Compre sin IVA de la AFIP?

Los beneficiarios del programa que comenzó a regir el lunes 18 de septiembre son:

  • Monotributistas
  • Jubilados y pensionados
  • Beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de las asignaciones por embarazo
  • Trabajadores que cobren hasta $708.000
  • Empleados de casas particulares
s
El beneficio aplica a trabajadores registrados, jubilados y monotributistas

Devolución del IVA: ¿por qué no cobré el reintegro?

Hay algunos puntos por los que el reintegro del 21% podría perderse, por lo que los usuarios que deseen obtenerlo deberán evitar los siguientes errores:

1) Utilizar tarjetas de crédito o prepagas

El reintegro del 21% se aplica siempre y cuando se abone con los medios de pago mencionados anteriormente: débito, Cuenta DNI o Banco BNA+. Por lo tanto, las compras realizadas con tarjetas de crédito o tarjetas prepagas de billeteras virtuales no tendrán el beneficio de la devolución del IVA.

2) No tener declarado el CBU ante la AFIP

Los beneficiarios del programa de devolución del IVA deben tener el CBU declarado ante la AFIP para poder recibir el reintegro, de otra forma no podrán obtener el reintegro. Para registrarlo, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a la web de AFIP: https://www.afip.gob.ar/landing/default.asp con CUIT/CUIL y clave fiscal.
  • En el buscador de la web, ingresar: "Declaración del CBU".
  • Ir a la pestaña de acciones y tildar la opción "Compre sin IVA".

3) Exceder el tope mensual del reintegro del 21%

La devolución del 21% tiene un tope de reintegro de $18.800 mensuales por persona, no por grupo familiar. En el caso de que el monto de la devolución sea superado, se perderá el beneficio durante ese mes.

Para saber de cuánto es el reintegro que corresponde, el cálculo que se debe hacer es el monto gastado multiplicado por 0,21.

Temas relacionados