Claves para tener empleada doméstica en blanco: el paso a paso para registrarla ante AFIP
No es la chica que ayuda ni la muchacha, es una empleada de casas particulares que se ocupa de las tareas domésticas y como tal, sin importar la cantidad de horas, su trabajo tiene que estar siempre registrado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Sin embargo, según el último informe del Programa Registradas, alrededor del 75% de las trabajadoras del sector son empleadas informales.
Si una empleada de servicio doméstico no está registrada está trabajando en negro y su empleador está privándola de su derecho a tener una obra social, asignaciones familiares, jubilación, cobertura por accidentes de trabajo, indemnización y de un seguro de desempleo, entre otros beneficios.
El trámite para registrarlas es online y gratuito.
¿Qué datos se necesitan para dar de alta a una empleada doméstica?
Solo el empleador puede registrar la relación laboral y para hacerlo necesita tener Clave Fiscal Nivel 2 (en caso de no tenerla, la puede tramitar ingresando a homebanking y luego seleccionar Servicios AFIP, opción Crear Clave Fiscal) y los siguientes datos del o la trabajadora:
1. Número de CUIT
2. Nombre y Apellido completo
3. Fecha de Nacimiento
4. Domicilio real
5. Obra social, si la tuviera
6. CBU, en caso de estar ya bancarizada
7. Número de teléfono
8. Dirección de email
Cómo dar de alta a una empleada doméstica ante la AFIP
1. Ingresar a la web de la AFIP con la Clave Fiscal Nivel 2
2. Cargar los datos del o la empleada. Ingresar su número de CUIL y cliquear el botón Buscar para que arroje en forma automática los datos asociados que tiene la AFIP a ese número. En la pantalla siguiente se mostrarán los datos de la persona y deberá completar los campos que figuran debajo. Algunos son opcionales.
3. Ingresar el domicilio de su trabajador
4. Ingresar los datos del trabajo, aquí debe describir las características de la relación laboral:
- El tipo de trabajo que podrá ser Personal para Tareas Generales, Cuidado de Personas, Caseros, Personal para Tareas Específicas o Supervisores.
- La cantidad de horas semanales por la que será contratado el o la trabajadora. Tenga en cuenta que deberá abonar las horas extras que el trabajador realice; un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se tratare de días laborales o del 100% en caso de realizarse los días sábados después de las 13 horas, domingo o feriados.
- La modalidad de liquidación que podrá ser mensual (dentro del cuarto día hábil de cada mes) o por jornada u hora (al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido).
- La modalidad de trabajo. Es decir, si vivirán en el domicilio donde prestarán sus servicios (Cama adentro) o con retiro en uno o más domicilios.
- La remuneración. En la página de la AFIP podrá encontrar los montos netos actualizados que deberá abonar por hora de acuerdo a la categoría y la modalidad de trabajo acordada. Los montos publicados son un piso; podrá pagar más, pero nunca menos.
También deberá abonar un adicional del 1% por cada año trabajado en los salarios mensuales de la trabajadora o trabajador, indistintamente de la categoría. El concepto estará incluido en los recibos de sueldo con el ítem antigüedad para facilitar su identificación. Se considera desde el 1° de septiembre de 2020, es decir, tomando como 1 año completo al 1° de septiembre de 2021.
- La fecha de ingreso del trabajador
- Si el trabajo es temporal o fijo
5. Los datos del domicilio laboral
6. Por último deberá confirmar los datos. Aquí la pantalla mostrará la información ingresada para verificar, confirmar o modificar.
7. Para finalizar el alta deberá descargar la constancia del alta y pagar la ART.
La constancia del alta es el documento que prueba la relación laboral. Debe imprimirla y entregarle una copia firmada al trabajador.
¿Cuánto cuesta mensualmente tener en blanco a una empleada doméstica?
Además del sueldo, el empleador deberá abonar los aportes, la ART y eventualmente tendrá que abonar también vacaciones, aguinaldo, ajustes por inflación o beneficios extra como el bono que decretó el Estado Nacional de $25.000 a pagar en dos cuotas iguales para quien trabaje jornada completa (192 horas mensuales) o proporcional (ver calculadora en la Web de la AFIP) en caso que trabaje menos de 192 horas semanales.
Veamos un caso hipotético de una empleada contratada para que 1 vez a la semana durante 3 horas realice tareas generales, es decir, de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Según la escala salarial de septiembre por hora, considerando la modalidad de retiro, se le deberá abonar $1.057. En septiembre trabajará en total 12 horas, salvo que le toque trabajar los viernes este mes tiene 5 y entonces trabajará 15 horas mensuales.
Suponiendo entonces que la empleada de casas particulares trabaja los lunes, en septiembre cobrará de sueldo $12.684 que podrá ser liquidado por mes o por jornada ($3171). Si tiene un año de antigüedad, se le deberá sumar un 1% ($126,84). Es decir, que en mano a la empleada se le estará abonando por su trabajo en septiembre 12.810,84 pesos.
Por otro lado, el empleador deberá pagar la ART, la jubilación y la obra social. Por lo tanto, continuando con nuestro caso hipotético, los montos a abonar serán los siguientes (ver valores vigentes en la página de la AFIP).
Por la ART se deberá pagar $2.739,37, de aportes por Obra Social se deberá pagar $460,35 y de contribuciones por jubilación unos $175,34. En suma, unos $3.375,06 que se pagan mensualmente a la AFIP mediante un Volante de Pago Electrónico (VEP).
Por lo tanto, por registrar a un empleado que trabaja 3 horas en tareas generales y tiene un año de antigüedad, el empleador abonará un costo adicional de $3.375,06, pero con la tranquilidad de que su empleada tendrá obra social para ella y su grupo familiar y que el día de mañana podrá acceder a una jubilación. Además con este aporte el empleador, a través de la ART, quedará cubierto ante un eventual accidente de trabajo ya que el seguro cubrirá los costos médicos de su empleado y el salario del mientras se encuentre de licencia.