Empleados de Comercio : cómo queda el sueldo básico de septiembre con el bono, ¿será a cuenta de paritarias?
Los sindicatos salieron a exigir una recomposición salarial para evitar una nueva caída de sus ingresos. La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) había solicitado a las cámaras empresariales un reajuste para los meses de julio-agosto-septiembre, donde había conseguido una suba de sueldo del 27 por ciento.
El sindicato que lidera Armando Cavalieri y las patronales acordaran el pago del bono de 60.000 pesos a cuenta de la paritaria, que se pagará en dos cuotas de 30.000 pesos; la primera durante este mes y la otra en octubre. De esta forma dejarán correr los aumentos del citado trimestre y volverán a negociar en octubre, de cara al último trimestre del año, donde ese importe podrá ser absorbido por la paritaria e incorporarse al básico de convenio.
En caso de sumarlo, el salario inicial para los empleados de comercio sería de 316.000 pesos a partir de octubre. El bono se va a pagar y se incorporará a la paritaria, tal como planteó el ministerio de Economía.
Cómo fueron los aumentos de la paritaria del primer semestre
La paritaria de los empleados de Comercio va de abril de este año a marzo del 2023. Hasta el momento, los aumentos fueron del 19,5 por ciento (abril-mayo-junio) y del 27 por ciento (julio-agosto-septiembre). Es decir que en seis meses consiguieron un incremento de los ingresos del 46,5 por ciento.
La devaluación del 22 por ciento dispuesta el lunes por el ministerio de Economía fue un mazazo en particular para el sindicalismo, que vio como se licuaban los salarios en un abrir y cerrar de ojos porque, tras cartón, vino la corrida del dólar y la virulenta remarcación de precios que anticipa una escalada inflacionaria para agosto y septiembre. Esta fue la mirada de Cavalieri, quien pretende anticiparse al impacto que sufrirán los bolsillos de los trabajadores y trabajadoras mercantiles.
Hasta el momento, los aumentos del primer trimestre de la paritaria se aplicaron de la siguiente manera:
- 6,5 por ciento en abril.
- 6,5 por ciento en mayo.
- 6,5 por ciento en junio.
A esto se agregó una suma fija no remunerativa de 25.000 pesos que se pagó en dos cuotas; una en abril y otra en mayo de 12.500 pesos cada una por única vez.
En el segundo trimestre, se pactó una mejora que se liquida de esta forma:
- 7,5 por ciento en julio.
- 7,5 por ciento en agosto.
- 7,5 por ciento en septiembre.
En cuanto quedó el básico con todos los aumentos liquidados
Si bien estos porcentajes suman un 22,5 hay que sumar un 4,5 por ciento en compensación por lo perdido en la relación inflación-salario por el trimestre anterior. De esta forma, el incremento salarial total para todas las categorías es del 27 por ciento. Una vez que se computen todos los porcentajes, el salario básico será de unos 286.000 pesos. Sin embargo, con el bono, se iría a unos 316.000 pesos.
Salarios de Septiembre sin el bono
Maestranza y Servicios
Básico no remunerativo total
Categoría A $ 215.665,47 $ 16.174,91 $ 231.840,38
Categoría B $ 216.289,80 $ 32.443,47 $ 248.733,27
Categoría C $ 218.477,15 $ 32.771,57 $ 251.248,72
Administrativo
Categoría A $ 218.008,90 $ 32.701,34 $ 250.710,24
Categoría B $ 218.947,05 $ 32.842,05 $ 251.789,10
Categoría C $ 219.884,09 $ 32.982,61 $ 252.866,70
Categoría D $ 222.696,87 $ 33.404,53 $ 256.101,40
Categoría E $ 225.040,30 $ 33.756,04 $ 258.796,34
Categoría F $ 228.477,95 $ 34.271,69 $ 262.749,65
Cajeros
Categoría A $ 218.789,86 $ 32.818,48 $ 251.608,34
Categoría B $ 219.884,09 $ 32.982,61 $ 252.866,70
Categoría C $ 221.290,48 $ 33.193,57 $ 254.484,05
Personal auxiliar
Categoría A $ 218.789,86 $ 32.818,48 $ 251.608,34
Categoría B $ 220.352,34 $ 33.052,85 $ 253.405,19
Categoría C $ 225.509,09 $ 33.826,37 $ 259.335,46
Personal auxiliar especializado
Categoría A $ 220.665,60 $ 33.099,84 $ 253.765,44
Categoría B $ 223.477,83 $ 33.521,67 $ 256.999,50
Vendedores
Categoría A $ 218.789,86 $ 32.818,48 $ 251.608,34
Categoría B $ 223.478,38 $ 33.521,75 $ 257.000,13
Categoría C $ 225.040,30 $ 33.756,04 $ 258.796,34
Categoría D $ 228.477,95 $ 34.271,70 $ 262.749,65
En cuanto a la antigüedad, es del 1 por ciento por año trabajado y deberá aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas; en tanto que para el presentismo, las cifras remunerativas y no remunerativas deberán ser aumentadas con la asignación complementaria establecida por el artículo 40 del convenio colectivo 130/75.