Reintegros por compras con tarjeta de débito: cuál es el tope y quiénes lo reciben
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de diciembre de este año el régimen de reintegros para las compras realizadas por jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones con tarjeta de débito, beneficio que estaba vigente hasta el 30 de junio antes de la modificación.
En cuanto al reintegro, se fijó en un 15% del monto de las operaciones de compra de bienes muebles realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, y estableció que el monto mensual reintegrado no podrá superar la suma de $4.056. por beneficiario.
La decisión quedó establecida por medio de la Resolución General 5360/2023, a través de la cual el ente recaudador aclaró además que aquellos sujetos que perciban dos o más prestaciones de algunos de los siguientes beneficios sociales: asignaciones universales por hijo para protección social, asignaciones por embarazo para protección social y hasta una pensión por fallecimiento que no exceda el haber mínimo, el reintegro no podrá superar los $8.114.
La AFIP señaló que las disposiciones de la nueva Resolución General se harán efectivas a partir del primero de julio próximo, mientras que las Subdirecciones Generales de Fiscalización, Administración Financiera y Recaudación de ese organismo, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán dictar medidas complementarias para cumplir con el Régimen.
Desde cuándo están vigentes los reintegros
Ese mecanismo fue creado en febrero de 2020 al amparo de la Ley N° 27.467, que otorgó a la Administración Federal amplias facultades para establecer un régimen de reintegros para personas humanas que revistan la condición de consumidores finales y de estímulos para los pequeños contribuyentes, que priorice a los sectores más vulnerados de la sociedad.
Ahora, la AFIP decidió extenderlo por octava vez. Y justificó esa decisión al señalar que se trata de una "herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago, por lo que se estima oportuno mantener su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive".
Asimismo, consideró que en el actual contexto económico –con un nivel de inflación que al Gobierno le cuesta controlar- "se considera necesario aumentar los topes de reintegros".
El régimen será financiado con la partida presupuestaria que el Ministerio de Economía asignará a tales efectos, indicó la AFIP.
En tanto, los interesados podrán consultar en el micrositio denominado "Reintegro" del sitio web de ese organismo, si se encuentran alcanzados por el beneficio de reintegros.