• 27/12/2024

Arranca el alivio fiscal para Pymes, monotributistas y clubes de barrio: qué deudas se pueden incluir

Comienza la inscripción en la AFIP. No se pueden reformular planes anteriores y los que entren no podrán hacer operaciones de dólar Contado con Liquidación
29/05/2023 - 19:05hs
Arranca el alivio fiscal para Pymes, monotributistas y clubes de barrio: qué deudas se pueden incluir

Las pequeñas y medianas empresas, sociedades civiles y clubes de barrio que tengan deudas con el fisco podrán desde este lunes 29 de mayo inscribirse al nuevo programa de Alivio Fiscal lanzado por el Ministerio de Economía hace dos semanas en el marco de anuncios de medidas contra la inflación.

Así lo dispone la Resolución General 5361 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) del pasado 17 de mayo. Los contribuyentes podrán ingresar con su clave fiscal al sitio del organismo en el aplicativo "Mis Facilidades".

"Arranca el plazo para adherir al nuevo plan de pagos de hasta 84 cuotas que impulsa la AFIP. Es esperable que el fisco nacional decida modificar la reglamentación y permita reformular los planes vigentes", señaló el tributarista Cesar Litvin a través de las redes sociales.

El plan contempla facilidades de pagos para cancelar obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril pasado.

De cuánto es la deuda a regularizar

El gobierno estima que el stock de deuda a regularizar $456.063 millones y que se puede beneficiar hasta 656.121 contribuyentes, de los cuales el 8,1% son micro y pequeñas empresas, el 11,5% son medianas tramo I y el 31,2% son pequeños contribuyentes y monotributistas.

Para las micro y pequeñas las opciones son hasta 84 cuotas, para impuestos; 36, seguridad social y 12 en retenciones y percepciones. La tasa de interés equivale al 60% de la tasa de intereses resarcitorios que cobra actualmente la AFIP. Para las medianas empresas tramo I son 48, 24 y 6 cuotas, con 80% de la tasa, y para el resto son 36, 18 y 3, con la tasa de resarcitorios que cobra el organismo recaudador. En ningún caso se abona anticipo.

Arranca el plazo para adherir al nuevo plan de pagos de hasta 84 cuotas que impulsa la AFIP

El plan no le permitirá a las empresas o sociedades que hagan uso de este beneficio el acceso al dólar Contado con Liquidación, ni tampoco se podrán incluir planes de pago vigentes, un punto que puede desalentar a los contribuyentes.

Por otro lado, la AFIP comenzará desde junio a reducir las cuotas del la Moratoria Pyme que entró en vigencia en marzo del año pasado. Esa moratoria contempló durante los primeros 12 meses una tasa de interés del 1,5% y a partir de la 13 una tasa equivalente a la Badlar, es decir, la que pagan los bancos privados por depósitos a plazo fijo mayoristas. Si bien es un índice de ajuste que corre por debajo de la inflación, el salto para las Pymes fue extraordinario. De pagar cuotas de $25.000 por mes salterio a $75.000.

El gobierno dispuso que durante mayo todavía se siga pagando la misma cuota aumentada, pero en junio estás se reducirán entre 55% y 45% según el tipo de plan de pagos al que se haya suscripto el contribuyentes.

Temas relacionados