¿Cuál es la diferencia entre pensión y jubilación?
En este artículo te vamos a explicar cuál es la diferencia entre una pensión y una jubilación ANSES. En primer término, la diferencia que hay entre un jubilado y un pensionado es que, si bien ambos reciben por parte del Estado un monto determinado de forma mensual, el primero lo hace como resultado del fin de sus actividades laborales, mientras que el pensionado lo hace por otros motivos, como pueden ser viudez e invalidez.
Puntualmente, la distinción entre jubilación y pensión queda marcada por el cumplimiento del ciclo laboral en la vida de una persona, sin importar cuáles sean los motivos que impliquen dicho final.
¿Cómo pasar de una pensión a una jubilación?
El trámite que se puede realizar es el paso de la pensión por invalidez a una jubilación por invalidez
Vale tener presente que podés pasar a una jubilación por invalidez si tenés una enfermedad que te impide realizar tu trabajo. No importa tu edad ni tu antigüedad laboral. Necesitás aportes jubilatorios para acceder al beneficio.
La jubilación por invalidez es una prestación mensual que podés solicitar si tenés una incapacidad física o intelectual que te impide trabajar. Tenés que estar afiliado al sistema previsional argentino.
Para considerarse incapacidad laboral total, la incapacidad debe ser igual o mayor al 66%.
Para convertir la pensión por invalidez a la jubilación por invalidez tenés que tener un mínimo de aportes jubilatorios que varía de acuerdo con tu situación laboral, tu edad y tu historial de aportes. Por ejemplo:
- Si venís haciendo aportes regulares, necesitás tener como mínimo 30 meses de aportes dentro de los últimos 36 meses.
- Si tus aportes son irregulares: tenés que haber aportado como mínimo 18 meses dentro de los 36 meses anteriores a la solicitud.
El trámite se inicia en ANSES como "retiro transitorio por invalidez".
¿Qué documentación se debe presentar?
- Tu documento de identidad.
- Los estudios, diagnósticos y certificaciones médicas firmados por los médicos que te atienden.
- La documentación que prueba tu nivel de educación.
Dentro de los 15 días corridos, las Comisiones Médicas analizan la documentación y te citan para una revisación.
¿Qué es la jubilación?
La jubilación es una prestación previsional que te corresponde si alcanzaste la edad y años de servicios con aportes que exige la ley.
Requisitos:
- Tener 30 años de aportes al sistema previsional.
- Tener 60 años de edad si sos mujer y 65 si sos hombre.
¿Cuál es la pensión mínima de jubilación?
Desde septiembre, el monto mínimo que recibirán los pensionados será de $40.282, es decir, un 80% del haber mínimo que cobran los jubilados.
¿Cuáles son los tipos de jubilación?
A continuación, los distintos tipos de jubilación:
- Jubilación ordinaria.
- Jubilación docente.
- Retiro por invalidez.
- Jubilación de trabajador/a minusválido/a.
La jubilación ordinaria es para quienes cumplen los dos requisitos principales, los mismos son: tener 30 años o más de aportes y 60 años en el caso de las mujeres y 65 años en el caso de los hombres. Estas condiciones fueron detalladas en la ley con la que se rige el programa.
Para poder acceder a la jubilación ordinaria hay que verificar los años de aportes, los datos personales y familiares a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para poder sacar un turno y presentarse con la documentación necesaria.
La jubilación docente, es para los docentes que cumplan con los requisitos que van a ser mencionados a continuación:
- Tener 60 años de edad en el caso de los hombres.
- Tener 57 años en el caso de las mujeres.
- Tener 25 años de servicios, 10 de estos años deben haber sido en trabajos en frente de alumnos.
Al igual que en el otro tipo de jubilación, a quienes le corresponde este tipo deben actualizar todos los datos y documentación necesaria para ir a ANSES y sacar turno.
En tanto, el retiro por Invalidez está destinado únicamente a quienes no pueden realizar su profesión por distintos motivos tanto físicos o intelectuales. Está destinado para trabajadores en relación de dependencia y a los trabajadores independientes.
Las personas que quieran acceder al retiro por invalidez deben contar con una acreditación de su incapacidad para desempeñar su profesión por parte de una junta médica.
Por otra parte, la jubilación de trabajador/a minusválido/a es para las personas que trabajan con una discapacidad que sea mayor al 33%, le corresponde tanto a los trabajadores en relación de dependencia como a los trabajadores autónomos.
Las condiciones son:
- Tener 20 años de aportes.
- Tener 50 años de edad en el caso de los trabajadores autónomos.
- Tener 45 años de edad en el caso de los trabajadores en relación de dependencia.
- Tener 10 años de servicios en estado de disminución física o intelectual.
Por último, existen al menos 38 regímenes diferenciales en vigencia, cubriendo a grupos de trabajadores y trabajadoras tan diversos como quienes realizan tareas en minas subterráneas o bailarines/as y cantantes líricos/as del Teatro Colón.
En términos generales este tipo de regímenes permite reducciones en las edades mínimas para la jubilación de 5 o 10 años en relación con el esquema general.
Entre esos oficios se encuentran aquellos que implican trato o contacto directo con los pacientes de enfermedades infectocontagiosas o mentales, en cámaras frías o en tareas declaradas insalubres, actividades ferroviarias, conducción de ómnibus o vehículos de transporte colectivo de personas, tareas mineras a cielo abierto, tareas de laminación, acería y fundición, aeronavegación, en la Antártida e Islas del Atlántico Sud, personal embarcado, de la industria del vidrio, chacinado y de la carne.
Por otra parte, hay regímenes diferenciales para el personal femenino de empresas telefónicas, estibadores portuarios, capataces y güincheros, policía de establecimientos navales, operadores de telegrafía y radiotelegrafía, personal de seguridad operativa industrial, señaleros ferroviarios, taxistas autónomos, servicios eléctricos, petroleros, ballet estable y contratado y cantantes líricos del Teatro Colón, enfermería y docentes de escuelas de zonas y áreas de frontera, entre otros.
Por su naturaleza, estos sistemas tienen haberes promedio mayores al régimen general, encabezados por el del Servicio Exterior y el del Poder Judicial, que concentran la mayor cantidad de beneficios por sobre el valor de dos jubilaciones máximas.