• 22/11/2024

"Dólar soja": qué dice la letra chica del decreto que pone en marcha la medida

El decreto crea un régimen para que las exportaciones de soja se liquiden hasta el 30 de septiembre a un tipo de cambio de $200
05/09/2022 - 07:46hs
"Dólar soja": qué dice la letra chica del decreto que pone en marcha la medida

El Gobierno oficializó el decreto por el cual se crea un régimen para que las exportaciones de soja se liquiden hasta el 30 de septiembre a un tipo de cambio de $200. Se trata de la medida que anunció el ministro de Economía, Producción y Agricultura, Sergio Massa, este domingo. En acuerdo con los exportadores busca acelerar la llegada de u$s5000 millones.

Puntualmente, el decreto 576 de necesidad y urgencia crea el "Programa de Incremento exportador", que incluye a la soja y a sus subproductos.

Según el artículo 1 del decreto, el programa se crea "de manera extraordinaria y transitoria" para quienes hayan realizado exportaciones en los últimos 18 meses. La adhesión al sistema es voluntaria y se hace vía el "Sistema Registral" disponible en la AFIP.

De acuerdo a la flamante norma, el programa "será de aplicación efectiva respecto de los sujetos que adhieran a este y que cuenten con registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), de corresponder, realizadas antes o después de la entrada en vigencia del presente decreto.."

El artículo 5 del decreto señala que el Banco Central (BCRA) establecerá los mecanismos para que el contravalor de los productos de soja "incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación, por los sujetos que adhieran al Programa y que cumplan con los requisitos establecidos en el presente decreto, se perfeccione a pesos doscientos ($ 200) por dólar estadounidense".

"Los sujetos que adhieran al presente Programa, y que les resulte efectivamente aplicable, deberán efectuar la registración de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y liquidar las divisas referidas en el artículo 5 en los términos y condiciones que establezca la normativa complementaria, no pudiendo superar dicho plazo el 30 de septiembre de 2022, incluidos los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación", indica en el artículo 6°. En tanto, "el pago de los derechos, tributos y demás conceptos" no se deberá hacer más allá del 30 del actual.

De acuerdo al decreto, también se creará el "Fondo incremento exportador" con la finalidad de "una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional que asegure una adecuada alimentación para las personas en situación de extrema vulnerabilidad. A tal efecto, se tendrá en cuenta, al momento de establecerla, si las personas son beneficiarias de alguna prestación por desempleo o programa social, ya sea otorgado por el Gobierno nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o los municipios".

Para los productores, el decreto también incluye una suerte de esquema de beneficios. "Los productores agrícolas que efectúen ventas de soja para exportación a corredores, acopiadores, cooperativas, exportadores e industriales de soja para afectar a operaciones de exportación del presente Programa por un porcentaje no inferior al ochenta y cinto por ciento (85%) de su producción referida a la cosecha 2021-2022 y con precio perfeccionado o fijado antes del 30 de septiembre de 2022, podrán acceder a los beneficios y programas que establezca la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca para la cosecha 2022-2023″, dice el artículo 11.

El artículo 13 incluye un párrafo para los mercados de futuros: "En los Mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores la entrega del activo subyacente correspondiente al cumplimiento de contratos de Futuros de Soja y la negociación denominada "disponible", en ambos casos, que se realicen desde la entrada de vigencia del presente decreto y durante el mes de septiembre de 2022, serán facturadas considerando el contravalor excepcional y transitorio previsto en el primer párrafo del artículo 5º del presente decreto".

En tanto, el artículo 14 menciona que el Ministerio de Economía queda autorizado a emitir letras en dólares a 10 años "por hasta un monto tal que cubra la diferencia patrimonial por las operaciones del presente Decreto acaecidas al Banco Central de la República Argentina, las que devengarán una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del Banco Central de la República Argentina por el mismo período y cuyos intereses se cancelarán semestralmente".

Dólar soja: el anuncio

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció este domingo un acuerdo con el sector agroindustrial por el cual se garantizará el ingreso de divisas por u$s5.000 millones durante septiembre, y se le reconocerá un dólar a $200 a los productores sojeros, equivalente a "retenciones cero".

La medida, vigente solo para el complejo soja, representará un esfuerzo fiscal de al menos $600.000 millones y el resultado fiscal esperado es de unos $200.000 millones, precisó Massa. En las próximas 72 horas, la agroindustria garantizará el ingreso de u$s1.000 millones, según se comprometieron los exportadores ante Massa.

Massa dijo que se trata de una medida simple para el productor

La medida regirá hasta el 30 de septiembre próximo y Massa dijo que al productor se le reconocerá un precio de pizarra de entre $70.000 y $75.000 la tonelada.

Massa dijo que se trata de una "medida simple para el productor, ya que puede mirar el precio de pizarra en la Bolsa de Rosario, cobra en su cuenta y puede elegir usar los recursos para comprar insumos o usar la cuenta chacarero o cuenta link en todos los bancos".

"En términos netos representa lo mismo que si fueran retenciones 0 para el productor", destacó el jefe del Palacio de Hacienda.

Es una ronda lateral del Mercado Único Libre de Cambio, transitoria por 25 días que empieza el lunes y termina el 30 de septiembre, dijo Massa.

Fortalecer las reservas

Destacó que en julio y agosto se destinaron reservas para importar energía. "Cabe recordar que agosto fue el mes de mayor consumo histórico tanto de luz como de gas. Por eso el objetivo de esta medida es fortalecer las reservas", señaló.

Además, sostuvo que "los mayores ingresos que esto genera por la apreciación cambiaria permite encarar dos programas: uno de fortalecimiento para todas las economías regionales para encontrar mecanismos de aumento de exportación a partir de mejores precios y de ayudas y compensaciones a las economías regionales".

"Y otro a través de ANSES de ayuda a los sectores más vulnerables entendiendo que este esfuerzo que hace el Estado pagando un mayor precio tiene un correlato social para compensar el problema de la inflación", destacó.

"Esta medida promueve las exportaciones y diseña un mecanismo de robustecimiento de reservas", aseguró Massa

Massa aclaró que este programa es de "adhesión voluntaria" y dijo que el objetivo es "poner incentivos sobre la mesa a partir de un esfuerzo que hace el Estado Nacional, de manera simple y sencilla".

"Esta medida promueve las exportaciones y diseña un mecanismo de robustecimiento de reservas. El sector agroindustrial es clave para nosotros, central en la agenda internacional, Argentina es uno de los grandes jugadores de producción de proteínas a nivel global, y por eso tener un mecanismo de trabajo con el sector para nosotros es muy importante", señaló.

Dijo además que el Gobierno "aspira a que este mismo mes de septiembre tengamos el tratamiento en el Parlamento de la ley de Agroindustria".

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