El Gobierno dará a los jubilados un bono equivalente a "tres alfajores"
Tras la derrota en las PASO, el Gobierno Nacional busca dar a conocer medidas mejorar la calidad de vida y la economía de los argentinos. Una de las ellas fue la de un bono para los jubilados que llegaría en el mes de octubre, en porcentaje del aumento del salario mínimo.
Sin embargo, Rubén Rabanal, economista de La Nación, explicó que ese bono no llegará de momento, sino que será uno con un precio equivalente a "tres alfajores".
Lo que evaluó el oficialismo en las últimas horas fue brindarle una ayuda económica a este sector, con un bono que rondaría los $6000 y $10.000. Sería dado en una sola oportunidad y abarcaría a aquellos que perciben montos por debajo de dos haberes mínimos. Con el último incremento, que fue dado en septiembre pasado, la jubilación mínima alcanzó los $25.922, es decir por abajo de la línea de indigencia que en agosto estaba en $29.213.
Sin embargo, Rabanal expresó que ese bono no llega en estos días, pero que los jubilados tendrán la posibilidad de cobrar otro bono. El precio, según el economista, será de $318. "Esto se debe a que este pago se hace en cumplimiento de una ley que establece que la jubilación mínima tiene que ser equivalente al 82% del salario mínimo, vital y móvil", explicó.
"Como este se subió a $32.000", completó Rabanal, "hay que hacer un ajuste para que esa ley se cumpla, para que la jubilación mínima sea equivalente al 82% del salario. Parece un chiste".
Tras esto, comentaron en la mesa del programa lo que se puede comprar con ese bono que recibirán gran parte de los adultos mayores, y no te alcanzaría para más de "tres empanadas o tres alfajores".
¿Cuál fue el aumento de las jubilaciones?
Las jubilaciones tuvieron un aumento total del 32,58 %, que corresponde a un 8% en marzo, un 12,12 % en junio y un 12,39% en septiembre. A su vez, el oficialismo otorgó dos asistencias, la primera de $1.500 y la otra de $5000 a quienes reciben los haberes jubilatorios más bajos. Frente a ese panorama, Martín Guzmán, ministro de Economía, aseveró que en el 2021, "las jubilaciones le ganarán a la inflación".
Fecha de cobro para jubilaciones y pensiones octubre 2021
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya informó el calendario de cobro para octubre 2021 para todas sus prestaciones, incluyendo jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, Prestación por Desempleo y Asignaciones Familiares y de Pago Único, como las correspondientes a matrimonio, nacimiento y adopción.
Los calendarios de pago de todas las prestaciones del organismo previsional -incluídas jubilaciones y pensiones- pueden consultarse a través de la página web del organismo, en sus cuentas de Facebook y Twitter o telefónicamente llamando al 130.
Las fechas de cobro de jubilaciones y pensiones se determinan a partir del último número del DNI del beneficiario y, en cada caso, se informa una fecha límite para cobrar las jubilaciones y pensiones.
Haberes que no superen la suma mensual de $29.135:
Documentos terminados en:
- 0 cobran el: 7 de octubre
- 1 cobran el: 12 de octubre
- 2 cobran el: 13 de octubre
- 3 cobran el: 14 de octubre
- 4 cobran el: 15 de octubre
- 5 cobran el: 18 de octubre
- 6 cobran el: 19 de octubre
- 7 cobran el: 20 de octubre
- 8 cobran el: 21 de octubre
- 9 cobran el: 22 de octubre
Haberes que superen la suma mensual de $29.135:
Documentos terminados en:
- 0 y 1 cobran el: 25 de octubre
- 2 y 3 cobran el: 26 de octubre
- 4 y 5 cobran el: 27 de octubre
- 6 y 7 cobran el: 28 de octubre
- 8 y 9 cobran el: 29 de octubre
Fecha de cobro para Asignación Familiar por Hijo y Asignación Universal por Hijo octubre 2021
Documentos terminados en:
- 0 cobran el: 7 de octubre
- 1 cobran el: 12 de octubre
- 2 cobran el: 13 de octubre
- 3 cobran el: 14 de octubre
- 4 cobran el: 15 de octubre
- 5 cobran el: 18 de octubre
- 6 cobran el: 19 de octubre
- 7 cobran el: 20 de octubre
- 8 cobran el: 21 de octubre
- 9 cobran el: 22 de octubre
Fecha de cobro para Asignación por Embarazo octubre 2021:
- 0 cobran el: 12 de octubre
- 1 cobran el: 13 de octubre
- 2 cobran el: 14 de octubre
- 3 cobran el: 15 de octubre
- 4 cobran el: 18 de octubre
- 5 cobran el: 19 de octubre
- 6 cobran el: 20 de octubre
- 7 cobran el: 21 de octubre
- 8 cobran el: 22 de octubre
- 9 cobran el: 25 de octubre
Fecha de cobro por Asignación por Prenatal y Maternidad octubre 2021
Documentos terminados en:
- 0 y 1 cobran el: 12 de octubre
- 2 y 3 cobran el: 13 de octubre
- 4 y 5 cobran el: 14 de octubre
- 6 y 7 cobran el: 15 de octubre
- 8 y 9 cobran el: 18 de octubre
Fecha de cobro por Asignaciones Pago Único: Matrimonio, Nacimiento y Adopción octubre 2021
- Quincena 1: cobran del 6 al 10 de octubre
- Quincena 2: cobran 25 de octubre al 10 de noviembre
Cuándo cobro las Pensiones no Contributivas octubre 2021
Documentos terminados en:
- 0 y 1 cobran el: 1 de octubre
- 2 y 3 cobran el: 4 de octubre
- 4 y 5 cobran el: 5 de octubre
- 6 y 7 cobran el: 6 de octubre
- 8 y 9 cobran el: 7 de octubre
Las Asignaciones Familiares de Pensiones no Contributivas se cobran del 7 de octubre al 10 de noviembre
Fecha de cobro para la Asignación por desempleo octubre 2021
- 0 y 1 cobran el: 22 de octubre
- 2 y 3 cobran el: 25 de octubre
- 4 y 5 cobran el: 26 de octubre
- 6 y 7 cobran el: 27 de octubre
- 8 y 9 cobran el: 28 de octubre
Tarjeta Alimentar octubre 2021: cuándo cobro
El Ministerio de Desarrollo Social comenzará el viernes 15 de octubre la recarga de saldo de la Tarjeta Alimentar del programa Argentina Contra el Hambre para las titulares de la AUH, AUE y Pensiones no Contributivas Anses que cuenten con el plástico.
El décimo pago del año repetirá el armado de tres cronogramas:
- Pensiones no Contributivas: adicionará el saldo de la Tarjeta Alimentaria junto con el cobro de la prestación mensual que se inicia el viernes 1 de octubre
- AUH y AUE con la tarjeta física: cobrarán el 15 de octubre
- AUH y AUE sin el plástico: el miércoles 21 de octubre
Atención: estos son los requisitos para acceder a la jubilación sin aportes
La jubilación es un beneficio que mucho aspiran conseguir tras años de aportes. Sin embargo, para obtenerla, es necesario cumplir algunos requisitos; como tener la edad necesaria (60 las mujeres y 65 los hombres) y haber cumplido con los 30 años de aportes.
Por lo tanto, muchos son los que desean saber cómo acceder y cuáles son los requisitos para acceder a la jubilación sin aportes.
Debido a esto, quienes forman parte de la economía informal han tenido dificultares para acceder a la jubilación ya que son pocos quienes han podido cumplir estos requisitos por no tener la cantidad necesaria de años de aportes.
En este artículo, vamos a comentarte los requisitos para acceder a la jubilación sin aportes.
Requisitos para acceder a la jubilación sin aportes
En primer lugar, vale mencionar que el panorama ha cambiado desde hace un tiempo, ya que existe una moratoria previsional para este grupo que no logró cumplir los requisitos. Es decir, que quiere obtener la jubilación sin aportes.
Moratoria previsional para obtener la jubilación sin aportes
Como se mencionó, la moratoria previsional es una medida para quienes deseen jubilarse y no tengan aportes; o no lleguen a acreditar los 30 años que se requieren (es una opción para completar esta cantida de años).
En este sentido, permite adquirir los 30 años necesarios para jubilarse (o los que le falten) y así obtenerla aún sin aportes.
¿Cómo funciona la moratoria previsional para obtener la jubilación sin aportes?
La moratoria previsional o jubilación sin aportes equivale al haber mínimo y consiste en la adquisición de la jubilación pero con unos descuentos; los cuales son para compensar los años sin aportes.
De esta forma, si te jubilás con la moratoria previsional, tendrás dos descuentos:
- Pago de la obra social: Se trata de un descuento que se realiza a todas las jubilaciones, no solo en la jubilación sin aporte.
- Descuento por la moratoria: Consiste en un descuento que se le hace al importe de cada cuota mensual por la moratoria previsional; es decir, un descuento por los años de aportes faltantes.
En el caso del descuento de la moratoria, este no será por siempre; ya que se termina de descontar luego de un período de tiempo de 60 meses, o sea 5 años. Pero de esta manera, podrás obtener la jubilación sin aportes.
¿Quiénes no pueden obtener esta jubilación sin aportes?
Con la moratoria previsional pueden obtener la jubilación sin aportes quienes no hayan realizado aportes o no tengan los 30 años de aportes completos; ya que el objetivo de la misma es precisamente permitir que el interesado pueda adquirir los años que necesite para jubilarse.
Sin embargo, existen algunos impedimentos para optar por esta moratoria previsional:
- Cobrar alguna jubilación (nacional o provincial), plan social o pensión contributiva: en este caso, tendrás que renunciar a estos para optar por la jubilación sin aportes.
- Tener pensión por viudez: si sos beneficiario de este tipo de pensión, tendrás que abonar la moratoria previsional de contado; lo que significa que no podrás acceder al plan de pagos.
Para saber si te podés jubilar sin aportes, tenés la opción de completar un formulario en ANSES, el cual permite conocer tu situación y determinar si podés aplicar.
Cómo consultar la Historia Laboral
Para informarte acerca de tus aportes registrados, podés consultar los siguientes datos referidos a tu Historia Laboral:
- Las declaraciones juradas presentadas por tus empleadores.
- Los períodos registrados y tus remuneraciones como trabajador autónomo y/o monotributista.
- Información suministrada por las provincias transferidas a la Nación, en caso de que corresponda.
La constancia de Historia Laboral emitida de forma online no requiere la autenticación de un agente de ANSES. Los trabajadores también pueden solicitar un Reconocimiento de Servicios, que es una resolución firmada por ANSES con los aportes jubilatorios registrados en el ámbito nacional.
La consulta de tu Historia Laboral es personal, accediendo con tu Clave de la Seguridad Social a Mi ANSES > Trabajo > Consulta de Historia Laboral.
Moratoria previsional para mujeres y hombres
La moratoria previsional de la Ley 26.970, continúa vigente para las mujeres que cumplan la edad jubilatoria (60 años, y menores de 65 años).
Para el caso de los hombres, se restablece la vigencia del artículo 6° de la Ley N° 25.994 por el término de 1 año, prorrogable por 1 año más.
Los períodos a incluir deben estar comprendidos entre el 01/01/1955 al 31/12/2003 para autónomo y hasta el 31/01/2004 si es monotributo y desde los 18 años de edad.
La deuda podrá cancelarse de contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán trimestralmente mediante la aplicación del índice de movilidad.
Por último, en el caso de tener dudas o requerir más información al respecto, podés comunicarse con la ANSES al número 130.
Turnos en la ANSES: cómo sacarlos
Una gran ayuda para iniciar los trámites reside en la posibilidad de solicitar online los turnos para la atención personalizada. Sin embargo pueden presentarse situaciones en las que no se logre completar este paso. ¿Cuáles son las opciones que tengo a mano para solucionarlo?
Puntualmente, tenés tres opciones:
- Mi ANSES
- Turnos ANSES
- Atención virtual
Plataforma Mi ANSES
Mi ANSES es una plataforma digital que permite realizar diferentes trámites y consultas personales sin necesidad de ir a una oficina. Se ingresa con Clave de la Seguridad Social, que se puede obtener totalmente en línea.
Dentro de Mi ANSES, en la opción Información Personal, podés consultar tus relaciones familiares registradas en ANSES (padres, hijos y cónyuge) y modificar tus datos de contacto. Esta información es muy importante para cualquier trámite que tengas que realizar y para que puedan enviarte novedades acerca de tus prestaciones.
También podés realizar trámites, como solicitar el crédito ANSES o presentar la Libreta de Asignación por Hijo, entre otros, y consultas como Historia Laboral o informarte sobre el estado de tus trámites.
¿Cómo verificar mis datos personales en ANSES?
Si sos titular de algún beneficio otorgado por la ANSES, tenés que registrar y mantener actualizados tus datos personales y los de tu grupo familiar. De esta manera se agiliza también la tarjeta alimentaria.
Mantener los datos actualizados en ANSES, te va a servir para hacer trámites y para cobrar las diferentes asignaciones, jubilaciones o pensiones que otorga la ANSES. Y también para recibir la tarjeta alimentaria.
Jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones de la ANSES deben mantener actualizados sus datos en ANSES. Así aceleran la tarjeta alimentaria.
La actualización de los datos personales en ANSES es muy importante para poder obtener la tarjeta alimentaria. Para poder saber si los datos del grupo familiar están actualizados tendrán que seguir estos simples pasos.
Uno de los requisitos ANSES Alimentar es que tendrán que tener todos los datos actualizados en el sistema de ANSES. Por lo tanto para consultar dicha información tendrán que ir a MI ANSES y verificar cada información que se encuentre registrada.
Solo tendrá que modificar los datos personales y el número de teléfono y dirección de correo electrónico. Para verificar los datos personas de ANSES se puede hacer por Internet desde MI ANSES o llamando por teléfono al 130.
En caso de tener que actualizar los datos de personas como hijos o pareja tendrá que presentar la documentación correspondiente tanto original y fotocopia en una oficina de ANSES sin necesidad de sacar un turno.
¿Qué necesito para actualizar mis datos en ANSES?
Actualización de datos de acreditación de hijo en ANSES
- Partida de nacimiento con la información del menor y los padres. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida. Las partidas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay quedan exceptuados del visado, traducción y legalización como así también de la acotación o apostilla.
- DNI del hijo y de los padres.
- En el caso de un hijo adoptado: testimonio o copia de la sentencia de adopción, DNI del hijo y de los padres adoptantes.
Matrimonio
- Acta, partida o certificado de matrimonio. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida.
- DNI de los cónyuges.
Divorcio vincular o separación personal
- Testimonio o copia de la Sentencia de Divorcio o Separación Personal.
- Documento Nacional de Identidad.
Separación de hecho
- Declaración Jurada o Información Sumaria Judicial o Administrativa.
- Documento Nacional de Identidad.
- Acreditacion de convivencia y convivencia previsional
Convivencia
Contar con una sentencia o resolución judicial (sentencia judicial, información sumaria judicial) o una constancia de registro civil o juez de paz (declaración jurada, acta de convivencia, unión civil, unión convivencial) o concurrir a la ANSES con dos testigos para completar el formulario PS.1.45 Información Sumaria de Convivencia, debiendo presentar al menos uno de los siguientes documentos actualizados:
-
- Póliza de seguro del titular, donde el/la conviviente figure como titular de la prestación o cotitular.
- Contrato de vivienda familiar, debidamente estampillado o timbrado, de donde surja que ambos conviven bajo el mismo techo.
- Comprobante de Obra Social del titular, donde el/la conviviente figure como titular de la prestación.
- Partidas de nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes.
- Igual domicilio en ambos DNI.
- Información sumaria judicial con dos testigos.
- DNI de los convivientes, y en el caso que corresponda, de los testigos.
Convivencia previsional
Al fallecer un miembro de la pareja, para acceder a la pensión se deben presentar los siguientes datos actualizados ante la ANSES:
- Comprobar la convivencia hasta el momento en que se produjo la muerte.
- Demostrar la duración del vínculo por un período de al menos 5 años o de 2 años en el caso de tener hijos en común.
Cómo acreditar la convivencia previsional
Opción 1 - Presentar una de las siguientes pruebas/datos actualizados ante la ANSES:
- Instrumento público donde conste la declaración de la relación de la convivencia o concubinato formulada por el causante o ambos convivientes (resolución judicial, denuncia penal, sentencia judicial, escritura pública, información sumaria Judicial o administrativa con la participación del causante o ambos convivientes).
- Información sumaria judicial tramitada por la/el conviviente-derechohabiente con dos testigos con la participación de la ANSES y demás terceros interesados cuya existencia se conociere.
- Partida de matrimonio de argentino/s celebrado en el extranjero entre el período comprendido entre el 01/03/1956 y el 21/06/1987, existiendo una relación matrimonial vigente.
- Unión Civil.
Opción 2 - Presentar al menos tres pruebas/datos actualizados de las siguientes seis ante la ANSES:
- Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos sin la participación del causante.
- Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como titular de la prestación la/el conviviente.
- DNI de ambos, donde surja que poseen el mismo domicilio. En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá DNI de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de la ANSES.
- Orden de pago previsional o comprobante de pago previsional donde el/la conviviente figure como apoderado para percibir o, para tramitar y percibir.
- Partida de nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes.
Una de las siguientes pruebas/datos actualizados, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia:
- Póliza de seguro actual, donde surja como titular de la prestación la/el concubina/o.
- Contrato de locación familiar, actualizado y debidamente sellado o timbrado, de donde surja que ambos conviven en el mismo domicilio.
- Documentos de tarjeta de crédito actualizados, de donde surja que ambos convivientes tienen igual domicilio, o son co-titulares de la misma.
- Documentación del banco de una cuenta corriente o caja de ahorros actualizada, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio, o son co-titulares de la cuenta.
Servicios públicos a nombre del/de la conviviente actualizados, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio.