• 22/12/2024

Cuál es el sueldo de una empleada doméstica

Las negociaciones realizadas en el marco de la última paritaria definieron una suba del 42%, que se pagará en cuatro tramos hasta marzo de 2022
14/07/2021 - 08:50hs
Cuál es el sueldo de una empleada doméstica

Días atrás comenzó a regir un aumento del 13% para el personal doméstico, de un incremento total del 42% que se aplicará en cuatro tramos, entre junio de 2021 y mayo de 2022. Además, por primera vez se estableció el pago de un agregado de 1% por año de antigüedad y un aumento del porcentaje del adicional por zona desfavorable que pasará al 30%.

Los aumentos rigen para distintos servicios en casas particulares entre los que se incluyen a las empleadas domésticas, los caseros, y personas que asisten y cuidan a terceros, entre otros.

Las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y de los Ministerios integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares asumieron el compromiso de acordar un incremento salarial sobre los salarios mínimos a partir del 1 de junio de 2021. El incremento del 42% se hará efectivo de la siguiente manera:

- Primer tramo: 13% desde el 1° de junio con incidencia sobre el medio aguinaldo (primer SAC de 2021).

- Segundo tramo: 12% desde el 1° de septiembre de 2021.

- Tercer tramo: 5% desde el 1° de diciembre de 2021 con incidencia sobre el medio aguinaldo (segundo SAC de 2021).

- Cuarto tramo: 12% desde el 1° de marzo de 2022.

Desde este viernes comienza a regir un aumento del 13% para las empleadas domésticas
Desde este viernes comienza a regir un aumento del 13% para las empleadas domésticas

De esta forma, las remuneraciones del incremento del 13% del mes de junio impactarán de la siguiente forma, según la categoría:

Categoría 1: Supervisor/a: quien realiza la coordinación y control de las tareas que realizan personas que están a su cargo.

- Hora con retiro: $253.

- Hora sin retiro: $276,5.

- Mensual con retiro: $31.558,64.

- Mensual sin retiro: $35.152,61.

Categoría 2: Empleada doméstica / Personal para tareas específicas: aquellas personas que fueron contratadas para realizar tareas puntuales, por las cuales se debe tener el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.

- Hora con retiro: $239,00.

- Hora sin retiro: $262,5.

- Mensual con retiro: $29.319,55.

- Mensual sin retiro: $32.637,79.

Categoría 3: Empleada doméstica / caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

- Hora: $225,5.

- Mensual: $28.605,95.

Categoría 4: Asistencia y cuidado de personas. Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores

- Hora con retiro: $225,5.

- Hora sin retiro: $253.

- Mensual con retiro: $28.605,95.

- Mensual sin retiro: $31.878,43.

Categoría 5: Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

- Hora con retiro: $209,05.

- Hora sin retiro: $225,5.

- Mensual con retiro: $25.725,02.

- Mensual sin retiro: $28.605,95.

El adicional por antigüedad se abonará mensualmente a partir del 1° de septiembre de 2021. El tiempo de servicio a los fines de este adicional por antigüedad comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.

Para septiembre, cuando empiece a regir el segundo tramo del aumento, el pago de la categoría 1 por hora será de $279,5 (con retiro) y $306 (sin retiro); el de la categoría 2 será de $264,5 (con retiro) y $290 (sin retiro) por hora; en la categoría 3 el pago será de $249,5 por hora; y la categoría 4 el pago por hora será de $249,5 y $279,5, con y sin retiro respectivamente; para la quinta categoría por hora será de $231,5 (con retiro) y de $249,5 (sin retiro).

El tercer tramo del aumento comenzará a regir a partir del 1 de diciembre. El pago de la categoría 1 por hora será de $291 (con retiro) y $318 (sin retiro); el de la categoría 2 será de $275 (con retiro) y $302 (sin retiro) por hora; en la categoría 3 el pago será de $259,5 por hora; y la categoría 4 el pago por hora será de $259,5 y $291, con y sin retiro respectivamente; para la quinta categoría por hora será de $240,5 (con retiro) y de $259,5 (sin retiro).

El último incremento será del 12% a partir de marzo de 2022. El pago de la categoría 1 por hora será de $317,5 (con retiro) y $347,5 (sin retiro); el de la categoría 2 será de $300,5 (con retiro) y $329,5 (sin retiro) por hora; en la categoría 3 el pago será de $283,5 por hora; y la categoría 4 el pago por hora será de $283,5 y $317,5, con y sin retiro respectivamente; para la quinta categoría por hora será de $263 (con retiro) y de $283,5 (sin retiro).

Cabe aclarar que el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Además, se fijó un incremento porcentual por "zona desfavorable", equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Como se mencionó anteriormente, se estableció -por primera vez- un adicional salarial por "Antigüedad", equivalente a un 1% por cada año de antigüedad de la trabajadora en su relación laboral, sobre los salarios mensuales. Este adicional se abonará mensualmente a partir del 1° de septiembre de 2021. El tiempo de servicio a los fines de este adicional por antigüedad comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.

Regularización

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya notificó a más de 190.000 contribuyentes para inducirlos a regularizar la situación laboral de sus trabajadoras de casas particulares, según confirmaron fuentes del organismo fiscalizador.

Las misivas comenzaron a llegar a los Domicilios Fiscales Electrónicos de personas que, aunque declaran remuneraciones y patrimonios significativamente superiores a la media, no tienen registrado personal de casas particulares y tampoco sus cónyuges.

Las notificaciones fueron remitidas por la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social que encabeza Carlos Castagneto.

Los contribuyentes contactados para que regularicen el presunto vínculo laboral son personas que declararon remuneraciones brutas superiores a los $4 millones, declararon bienes por más de $10 millones y poseen vehículos que suman un valor superior a los $3,5 millones.

Paso a paso, cómo regularizar a las empleadas domésticas
Paso a paso, cómo regularizar a las empleadas domésticas

"Nos contactamos para informarle que, a partir del análisis de sus datos patrimoniales y sus consumos, detectamos que podría ser empleador o empleadora de personal de casas particulares. Sin embargo, a la fecha, no registra el alta de ninguna trabajadora o trabajador", advierte la notificación que recibieron más de 190.000 contribuyentes.

Qué hacer para regularizar la situación

El Régimen de Casas Particulares incluye a las trabajadoras que realizan tareas de limpieza, jardinería y cuidado de personas, entre otras labores.

La legislación estableció en 2013 que la registración de las trabajadoras es obligatoria sin importar la carga horaria.

Aquellos contribuyentes que deban regularizar la situación de sus trabajadores pueden dar de alta una nueva relación laboral desde el sitio web de la AFIP, deben ingresar con su CUIT y una clave fiscal nivel 2.

A partir del ingreso, se puede acceder a alguno de los servicios presentados como Personal de Casas Particulares o Simplificación Registral - Registros Especiales de Seguridad Social.

Los pagos son electrónicos y se pueden realizar desde la aplicación Casas Particulares disponible en App Store o Google Play o desde el sitio Casas Particulares de AFIP.

Las trabajadoras registradas tienen derecho a vacaciones, licencia por maternidad, acceso a una obra social, jubilación y ART en caso de sufrir un accidente laboral.

Además del salario, el empleador debe abonar todos los meses los aportes y contribuciones al régimen de seguridad social y al Sistema de Riesgos del Trabajo.

Aquellos contribuyentes que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas incluidas en la cotización fija mensual. El máximo previsto para 2021 es $167.678,40.

 

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