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Los siete beneficios de Anses a los que se puede acceder teniendo un salario mensual registrado

Muchos progamas alcanzan a monotributistas, autónomos, empleados bajo relación de dependencia, jubilados y pensionados. Cuáles son
21/06/2021 - 08:41hs
Los siete beneficios de Anses a los que se puede acceder teniendo un salario mensual registrado

Al contrario a lo que muchos creen, no todos los beneficios sociales son exclusivos de los trabajadores informales o desempleados. Hay varios que alcanzan a monotributistas, autónomos, jubilados, pensionados e incluso a empleados bajo relación de dependencia, siempre que cumplan con los requisitos solicitados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

El universo va desde las asignaciones mensuales y los pagos por única vez a las ayudas escolares. En todos los casos los trámites para pedir los beneficios se realizan de forma presencial con turno, pero durante el aislamiento social se habilitó la opción de la presentación de documentación a través del sistema de Atención Virtual del organismo.

Uno por uno, cuáles son los beneficios que paga la Anses a los trabajadores con empleo registrado

Asignación Familiar por Hijo

Le corresponde a quienes tengan menores de 18 años a cargo o discapacitados (sin límite de edad). Deben ser trabajadores en relación de dependencia. (Sistema Único de Asignaciones Familiares - SUAF); monotributistas; trabajadores de temporada con reserva de puesto de trabajo; trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo; trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo; personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, y jubilados y pensionados.

Es requisito que el ingresos individual o del grupo familiar no supere los topes mínimo y máximo vigentes, que actualmente alcanza los $210.278 mensuales. Dependiendo de la escala del ingreso es el monto mensual percibido. Por ejemplo, con ingresos de hasta a $62.259 se cobran entre $4017 y $8668, según la zona de residencia.

En el caso de los hijos por discapacidad los topes de ingresos familiares son los mismos, pero distintas las escalas de cobro mensuales. Por ejemplo, con ingresos de hasta $62.259, se cobran actualmente entre $13.090 y $26.150 dependiendo de la zona de residencia.

Para acceder la documentación que se debe presentar es el DNI del grupo familiar (originales y copias) y el certificado de matrimonio o convivencia.

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Asignación Familia por Hijo: le corresponde a quienes tengan menores de 18 años a cargo o discapacitados (sin límite de edad)

Asignación Familiar por Nacimiento y Adopción

Se trata de un cobro único para trabajadores en relación de dependencia por el nacimiento o adopción de un hijo. Esta asignación la percibe solo uno de los padres.

El importe que se cobra actualmente por nacimiento es de $4685 y por adopción, de $28.022.

Le corresponde a trabajadores en relación de dependencia (Sistema Único de Asignaciones Familiares - SUAF); trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo; personas que cobren la Prestación por Desempleo y quienes cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

En el caso de nacimiento, el menor debe tener entre 2 meses y 2 años. En el caso de adopción, debe realizarse dentro de los 2 meses y 2 años de dictada la sentencia.

En el caso de los trabajadores en relación de dependencia, deben tener 6 meses de antigüedad en su trabajo.

Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos, que actualmente alcanzan los $210.278 mensuales.

La documentación que se debe presentar incluye los DNI de los padres y del hijo; la partida de nacimiento del hijo y/o la sentencia de adopción.

Asignación Familiar por Prenatal

Consiste del cobro mensual de una asignación durante los meses de gestación, hasta el mes en el que se produzca el nacimiento o la interrupción del embarazo. Es requisito estar cursando un embarazo de 12 semanas o más.

Le corresponde a trabajadores en relación de dependencia permanentes y de temporada; monotributistas de las categorías A hasta la H; trabajadores que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART); trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo, y personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Se debe solicitar esta asignación entre las semanas 12 y 30 para cobrarla en su totalidad desde el inicio del embarazo. Si se hace luego de la semana 30, solo se perciben los meses desde el momento de solicitud hasta el nacimiento o interrupción del embarazo.

No corresponde pago si la solicitud se realiza una vez ocurrido el nacimiento o interrupción del embarazo.

Los trabajadores en relación de dependencia o trabajadores que se encuentren cobrando por una ART, para cobrar la totalidad de la prestación al momento de la concepción deben contar con una antigüedad laboral previa de 3 meses durante los 12 meses anteriores. Puede ser por relación de dependencia, por ser monotributista o titular de la Prestación por Desempleo.

Los trabajadores monotributistas deben contar con 3 meses de aportes consecutivos y anteriores a la fecha de concepción. La antigüedad puede computarse si se cobró prestación por desempleo o trabajado en relación de dependencia para poder cobrar el total de la prestación. En caso de que no se cuente con este requisito, se percibe la asignación al momento de cumplimentar la antigüedad por los meses posteriores. Si el otro progenitor trabaja en relación de dependencia será quien debe realizar el trámite.

En el caso de los trabajadores que cobran la Prestación por Desempleo y los Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur no se requiere antigüedad.

En todos los casos es requisito que el ingresos individual o del grupo familiar no supere los topes mínimo y máximo vigentes, que actualmente alcanza los $210.278. Dependiendo de la escala del ingreso es el monto mensual percibido. Por ejemplo, con ingresos de hasta a $62.259 se cobran entre $4017 y $8668, según la zona de residencia.

Toda la documentación que requiere ser presentada se puede consultar en la página de la Anses.

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Asignación Familiar por Prenatal: Consiste del cobro mensual de una asignación durante los meses de gestación

Asignación por Maternidad

Es la asignación que cobran las trabajadoras registradas en reemplazo de su sueldo durante los 90 días de su licencia por maternidad.

Le corresponde a trabajadoras en relación de dependencia (Sistema Único de Asignaciones Familiares - SUAF); trabajadoras de servicio doméstico registradas y trabajadoras que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).

No hay un tope de ingresos familiares para poder percibirla y se cobra según el calendario de pagos de asignaciones familiares.

Para acceder es requisito tener 12 semanas de gestación o más, y al menos 3 meses de antigüedad en el empleo al momento de comenzar la Licencia por Maternidad.

Las empleadas de temporada deben estar trabajando al momento de iniciar la Licencia por Maternidad.

Si al bebé le diagnosticaron Síndrome de Down se puede a la Asignación por Maternidad Down.

Toda la documentación a presentar se puede consultar en la página de la Anses. En el caso de tener más de un empleo completar un formulario por cada uno.

Si ya se cobra asignaciones, la de Maternidad se percibe por el mismo medio.

Ayuda Escolar Anual

Pueden acceder los beneficiarios de la Asignación Familiar por Hijo y de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Consiste en cobro de dinero por cada hijo en edad escolar, que se otorga a uno solo de los padres una vez por año. Actualmente va de $3367 a $7015, dependiendo de la zona de residencia.

Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos, que actualmente alcanzan los $210.278 mensuales.

El requisito para acceder que los hijos asistan a establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial, y en el caso de chicos con discapacidad, tener vigente la autorización para el pago de asignaciones emitida por la Anses. Los certificados deben ser presentados antes del 31 de diciembre.

Los beneficiaros de asignaciones por hijos de entre 4 y 16 años inclusive, o por hijo con discapacidad sin límite de edad, lo cobran automáticamente.

Se pagó en marzo, pero en caso que no haberlo percibido se podrá acceder una vez presentado el certificado escolar.

Asignación Familiar por Matrimonio

Se trata de un monto de dinero, que actualmente alcanza los $7015, que cobran por única vez quienes contraen matrimonio. Pueden solicitarla ambos cónyuges si cumplen los requisitos para acceder a las Asignaciones Familiares.

Le corresponde a trabajadores registrados (SUAF); titulares de la Prestación por Desempleo; titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo; trabajadores de temporada y titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Para acceder se debe contar con el matrimonio acreditado ante la ANSeS y estar dentro de los 2 meses y 2 años de ocurrido el evento.

La documentación que se debe presentar es el DNI de ambos cónyuges y la partida o acta de matrimonio.

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Asignación Familiar por Matrimonio: Se trata de un monto de dinero, que actualmente alcanza los $7015

Asignación Familiar por Cónyuge

La cobra mensualmente uno de los integrantes del matrimonio con su jubilación y/o pensión.

Le corresponde a titulares de jubilaciones o pensiones y titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

El monto está determinado por el rango de ingresos del grupo familiar y zona de residencia. El importe va de $973 a $1932 dependiendo de la zona donde se viva.

Para acceder se debe acreditar la relación con el cónyuge ante la ANSeS.

Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superar los topes máximos, que actualmente alcanzan los $210.278 mensuales.

La documentación que se debe presentar consiste en el formulario PS 6.18-Solicitud de Prestaciones Previsionales o PS 2.14 - Reclamo de Asignaciones Familiares para jubilados o pensionados.

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