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Hay cambios en el régimen de contrato de empleadas domésticas: cómo quedan las remuneraciones, el aguinaldo y la jubilación

La ley de Contrato de Trabajo fue aprobada en el Senado con algunos cambios que afectan a los trabajadores del campo y a las empleadas domésticas
06/11/2020 - 13:16hs
Hay cambios en el régimen de contrato de empleadas domésticas: cómo quedan las remuneraciones, el aguinaldo y la jubilación

Con media sanción la Cámara de Senadores envió la ley de Contrato de Trabajo a Diputados. El régimen sufrió algunas modificaciones que rigen para las empleadas domésticas y los trabajadores agrarios.

Los cambios que realizó el Senado sobre el régimen de Contrato de Trabajo están relacionados con el aguinaldo, la jubilación y las remuneraciones correspondientes.

Daniel Lovera, el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara alta, dio detalles del proyecto de ley. En el caso de los obreros y empleados de Viñas se establecieron detalles de las jubilaciones y las indemnizaciones.

Si se despide a un empleado vitivinícola "sin causa justificada y antes del vencimiento del año agrícola, el contratista debe percibir la indemnización por antigüedad aun cuando no se complete el primer año de trabajo".

Con respecto al régimen previsional, si el empleado tiene 25 años de trabajo realizando aportes se podrá jubilar a partir de los 57 años, tanto hombres como mujeres.

En el caso de las remuneraciones, la mensualidad  "debe ser fijada por la Comisión Paritaria que se crea por este estatuto". Por el lado de las empleadas domesticas se establecieron cambios en el pago del aguinaldo.

En la sesión del, el Senado aprobó y giró a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que establece que las empleadas domésticas deberán cobrar la segunda cuota del aguinaldo antes del 19 de diciembre, al igual que los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo.

La iniciativa, votada por unanimidad (65 votos a favor), fue presentada por Julio Cobos (UCR) y modifica el artículo 27 de la Ley de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, señalando que la segunda cuota del sueldo anual complementario deberá ser abonada "la última jornada laboral anterior al 19 de diciembre de cada año".

La redacción actual de ese artículo fija "la última jornada laboral del mes de diciembre de cada año", lo que retrasa el pago en perjuicio de las beneficiarias, señala Parlamentario.

Avanza proyecto para adelantar el cobro del aguinaldo
Avanza proyecto para adelantar el cobro del aguinaldo

Avanza proyecto para adelantar el cobro del aguinaldo

El presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Daniel Lovera (FdT), sostuvo que la iniciativa "trae un poco de igualdad a las trabajadoras y trabajadores de las casas particulares, con respecto al resto de los trabajadores y trabajadoras comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo".

"¿Cómo no vamos a estar de acuerdo?", se preguntó, recordando que ese régimen "fue una iniciativa" del gobierno kirchnerista que "promovió un avance en la voluntad de adquirir derechos". Hasta entonces, agregó, "se seguían manejando con el viejo Estatuto de 1956 que preveía, aparte de un montón de desigualdades, una indemnización por despido que era exactamente la mitad de lo que tienen asignado hoy".

Para el pampeano, "este proyecto viene a subsanar un problema de vieja data", y forma parte de la búsqueda de "ampliar y proteger derechos, sobre todo los de la mujer".

A su turno, el legislador Mariano Recalde (FdT) consideró que el proyecto "es un acto de suma justicia" y "una corrección que si se quiere, menor, pero es muy simbólica". No solo dijo que se trata de seguir "reforzando la perspectiva de género y la protección del trabajo de las mujeres", sino que "estamos reivindicando el aguinaldo, algo que fue muy discutido en Argentina", destacó el oficialista, y recordó "las dificultades y las luchas que costó consagrar este derecho".

El autor del proyecto, el mendocino Julio Cobos (UCR) mencionó que en 2014 el exsenador Nito Artaza "propició que la segunda cuota del aguinaldo se materializara el 18 de diciembre", una fecha clave por las fiestas y el fin de año.

"En ese momento quedó en la discusión qué pasaba con los trabajadores rurales y con el tema del trabajo en casas particulares", señaló y apuntó que lo de los trabajadores rurales "se solucionó". Por eso, ahora "estamos llevando igualdad, justicia, equidad y terminando con esta asimetría", aseveró.

Empleadas domésticas: cobro del aguinaldo
Empleadas domésticas: cobro del aguinaldo

El proyecto aprobado establece que "si al abonar el mes de junio surgieran diferencias entre el sueldo anual complementario efectivamente abonado y el que correspondió abonar, el empleador debe abonar la diferencia con el salario de junio".

"A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario -agrega-, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiera con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario".

Por último, el texto señala que "la diferencia que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada hasta el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre".

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