• 22/12/2024

Cuántos empleados perdieron su trabajo entre marzo y junio pasado

A pesar de la prohibición de despidos, doble indemnización y pago de una parte de los salarios por el Estado, se suman los empleados que pierden el trabajo
06/09/2020 - 08:41hs
Cuántos empleados perdieron su trabajo entre marzo y junio pasado

Si bien rige la prohibición de despidos y la doble indemnización para las cesantías sin causa, desde marzo y hasta junio pasado, las empresas privadas redujeron sus dotaciones de personal asalariado en 247.200 trabajadores.

En tanto, en junio el trabajo independiente registró un incremento, en parte ayudado por los préstamos a tasa cero. Pero, en los asalariados del sector privado hubo una reducción adicional de 5.900 trabajadores.

Cuántos empleados perdieron su trabajo entre marzo y junio pasado

De acuerdo a los datos oficiales del Ministerio de Trabajo, en febrero pasado las empresas declararon ante la Seguridad Social 6.027.800 trabajadores y en junio 5.780.600

Los 247.200 empleos de asalariados privados perdidos de marzo a junio se produjeron a pesar que desde el 13 diciembre de 2019, según el DNU 34/2019, rige la doble indemnización para los despidos sin causa.

Cuántos empleados perdieron su trabajo entre marzo y junio pasado
Cuántos empleados perdieron su trabajo entre marzo y junio pasado

Luego a partir del 31 de marzo se reforzó con la prohibición directa de las cesantías "sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor" durante 60 días, prorrogada hasta fin de julio y luego con el DNU 624/20 hasta fin de septiembre.

Además, una parte del sueldo de esos trabajadores es abonado directamente por el Estado a través del programa ATP. También, a través del acuerdo entre la CGT y la UIA se aplicaron suspensiones con reducción de hasta el 25% de los salarios a cambio de no despedir a los trabajadores suspendidos.

Créditos a tasa cero: cómo es el alivio para monotributistas

El gobierno nacional, a través del Banco Nación, lanzó una línea de créditos a tasa cero destinados a trabajadores monotributistas y autonómos del ámbito de la cultura, compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia.

"Dada la profundidad del impacto que tuvo el cese de actividades sobre el sector de las industrias culturales, como consecuencia de la emergencia sanitaria originada por el COVID 19, el Gobierno Nacional resolvió establecer una línea específica de Crédito a Tasa Cero destinada a dichas industrias", informó la jefatura de Gabinete nacional.

La medida alcanza a personas adheridas al régimen de monotributistas y autónomos que desarrollan actividades vinculadas a la industria cultural, quienes podrán disponer de un crédito de hasta $150.000.

Se propone que la Línea de Crédito a Tasa Cero contemple un período de gracia de 12 meses a partir de la primera acreditación. Finalizado dicho período, el crédito se reembolsará en un mínimo de doce (12) cuotas mensuales iguales y consecutivas.

Los créditos son compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), pero para resultar beneficiario no se deberá haber accedido al beneficio de otro Crédito a Tasa Cero con anterioridad.

"Todos somos conscientes de la profundidad del impacto que tiene la pandemia en el sector de las industrias culturales. Por eso, lanzamos estos créditos que van a ser otorgados para aquellos que estén bajo el régimen de monotributista o de autónomo", afirmó el Ministero de Cultura, Tristán Bauer.

Créditos a tasa cero

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el acceso para que las empresas puedan obtener créditos subsidiados destinados al pago de salarios de julio.

Los préstamos estarán disponibles en el marco del programa ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción) para aquellas empresas cuya facturación tuvo una variación de entre 0% y 30% en el último año y tendrán una tasa de interés fija.

- Para las compañías que percibieron una variación de hasta 10% en su facturación, la tasa será del 0%.

- Para las que exhibieron un aumento de entre 10% y 20%, el costo del financiamiento será del 7,5%.

- Para las que tuvieron un incremento de entre 20% y 30%, la tasa será del 15%.

Créditos ATP: la tasa dependerá del desempeño en facturación.
Créditos ATP: la tasa dependerá del desempeño en facturación.

Cuántas empresas pueden pedir créditos

Más de 75.000 empresas están en condiciones de solicitar un crédito para el pago de los salarios, según informó el organismo.

Aquellas firmas que registraron una variación nominal negativa en su facturación entre junio de 2020 y 2019 ya fueron notificadas del acceso al salario complementario a través del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción.

El organismo anunció que oficializará la medida en la Resolución General 4792, que será publicada en el Boletín Oficial.

El organismo notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite para acceder al financiamiento y la solicitud se inicia a través del sitio web de la AFIP y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada.

Las empresas tienen tiempo hasta el martes 18 de agosto, inclusive, y los créditos deben ser destinados a pagar los salarios.

La AFIP informó que debido a este requisito el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de las trabajadoras y trabajadores.

La normativa de la AFIP establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada de trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.

La ayuda estatal llegará a muchas empresas en forma de créditos a tasas subsidiadas.
La ayuda estatal llegará a muchas empresas en forma de créditos a tasas subsidiadas.

Cómo se devolverán los créditos ATP

La financiación contará con un período de gracia de 3 meses desde su acreditación y se reembolsará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Los créditos tendrán garantía FOGAR y el FONDEP subsidiará la diferencia de tasa entre la que abone la empresa y el máximo de 15% nominal anual.

Además, el Directorio del BCRA aprobó la línea de Créditos a Tasa Cero Cultura, también prevista en el Decreto Nº 332/2020. La AFIP dará a conocer el listado de beneficiarios elegibles, el monto y la entidad en la que se deberá dar curso.

Estas financiaciones se acreditarán en la tarjeta de crédito del solicitante en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas. En cada una de esas acreditaciones se adicionará el monto equivalente al pago de impuestos y contribuciones obligatorias, que será retenido y depositado por la entidad financiera en la AFIP.

La financiación tendrá una tasa de interés nominal anual de 0%, contará con un período de gracia de 12 meses a partir de su primera acreditación y se reembolsará a partir del mes treceavo en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Salario complementario, otra parte del ATP

Por otra parte, hay que tener en cuenta que las empresas cuya facturación en junio 2020 haya sido nominal negativa respecto a igual período del año anterior recibirán el salario complementario como una asistencia del Estado sin necesidad de realizar una devolución.

Créditos subsidiados y salarios complementarios forman parte del programa ATP para el pago de sueldos.
Créditos subsidiados y salarios complementarios forman parte del programa ATP para el pago de sueldos.

El salario complementario también está dirigido para las empresas que se desempeñan en sectores considerados "críticos", que comprende a los rubros entretenimiento, cultura, deportes y salud.

Al respecto, se determinó que será de hasta dos salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM); mientras que el resto de los sectores serán atendidos a través de un salario complementario equivalente a un haber y medio mínimo vital y móvil.

Como en las versiones anteriores del ATP, la nómina salarial de las empresas a tomar en cuenta para el cálculo de la asistencia no considerará los casos de trabajadores cuyo sueldo bruto supere los $140 mil.

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