Si cobrás el Bono ANSES IFE de $10.000 no vas a poder comprar dólares: estas son todas las trabas
En su avanzada por aplacar la sed de dólares de parte de personas físicas que vienen evidenciando sus últimos balances, el Banco Central está dispuesto a reforzar el cepo. Tanto es así que en las próximas horas anunciará que los beneficiarios del bono IFE de $10.000 tendrán prohibido comprar divisas.
Como parte de los controles para evitar "maniobras dolosas", el directorio del BCRA seguramente apruebe bloquear el CUIT de los beneficiarios del IFE para acceder al mercado de cambios, dejaron trascender desde el organismo.
Asimismo, desde la institución que comanda Miguel Pesce recalcaron que el bono IFE tiene caracter "alimentario" (no es una remuneración salarial) y, así como no se le pueden aplicar descuentos impositivos, tampoco puede usarse para comprar dólares. De esta manera, ahora quedarán fuera del mercado cambiario unas 9 millones de personas.
Es la misma restricción que tienen las empresas que reciben la ayuda ATP (pago de sueldos a privados con ayuda oficial) o las personas que tomaron los créditos a tasa cero, debido a que hay un beneficio otorgado por el Estado.
De hecho, los monotributistas y autónomos que recibieron créditos a tasa cero no pueden comprar dólares en el mercado oficial hasta que cancelen completamente el préstamo.
Hay que recordar que estos créditos se lanzaron con período de gracia de seis meses y hasta en 12 cuotas, por lo que la restricción para la compra de dólares puede alcanzar los 18 meses.
En cuanto al programa ATP, las empresas que accedieron a la ayuda para pagar los sueldos de sus empleados no podran comprar (sí vender) divisas en el mercado oficial hasta por dos años, dependiendo de la cantidad de trabajadores que tengan.
Además, el BCRA está decidido hilar fino en su avanzada contra los llamados "coleros digitales", que venden o comparten su cupo de 200 dólares mensuales, usualmente mediante transferencias de home banking. En esta línea, la autoridad monetaria lanzó una serie de advertencias a los bancos -a los que insta a endurecer los controles- y detalló las sanciones que les caben a las personas físicas que evadan el cepo cambiario.
Qué deben controlar los bancos
El Banco Central puntualizó las medidas de verificación que deben instrumentar las entidades bancarias para evitar operaciones cambiarias por fuera de la normativa vigente. El detalle:
• Las entidades financieras y cambiarias están obligadas a efectuar controles sobre las operaciones de cambio para garantizar su razonabilidad y que sean de operadores genuinos. Asimismo, deben llevar políticas de prevención del lavado de activos sobre todas sus operaciones.
• Las entidades financieras, en base a los controles implementados y en aplicación de sus políticas de prevención del fraude cambiario y de prevención del lavado de activos puede establecer restricciones comerciales al uso de los productos bancarios contratados, sin afectar los fondos de los clientes.
• Las entidades que han detectado operaciones en fraude a la Ley Penal Cambiaria N° 19.359 tienen el deber de evitar nuevos hechos y de denunciar los ilícitos ante el Banco Central de la República Argentina.
Las sanciones que recibirán los coleros virtuales
La autoridad monetaria conducida por Miguel Pesce también detalló cuáles son las penas -algunas de ellas, severísimas- que deberán afrontar quienes realicen operatorias prohibidas con el dólar:
• El BCRA investigará las denuncias efectuadas por las entidades y las operaciones que puedan vincularse con operaciones marginales o de coleros virtuales, realizando un análisis de consistencia de la información recibida y producida por la Institución.
• Verificados los hechos el BCRA dispondrá la apertura de las investigaciones, citará a los involucrados y dictará las medidas cautelares que le autoriza el artículo 17 de la Ley 19.359, es decir, desde la suspensión para operar en cambios, hasta la prohibición de salida del país para quienes no se presenten ante el requerimiento de la autoridad.
• Las personas involucradas enfrentarán un proceso penal cambiario que dista de ser una formalidad, pudiendo recibir penas de multa de entre 1 y 10 veces el monto de la infracción cometida y, en casos de reincidencia, penas de prisión de hasta 8 años.
• Las personas involucradas podrán solicitar el levantamiento de las medidas cautelares impuesta previa devolución de la moneda extranjera adquirida en forma irregular.
Alerta por bloqueo de cuentas
Esta semana los bancos ya comenzaron a bloquear las cajas de ahorro en dólares de muchos de sus clientes que registraron movimientos inusuales. Luego de una primera etapa de notificaciones, las entidades bancarias comenzaron a bloquear las cuentas hasta tanto sus propietarios justifiquen esas operaciones sospechosas.
El objetivo de la medida es desalentar a los "coleros del home banking" es decir aquellas personas que ponen a disposición de terceros a cambio de una comisión, su cupo personal e intransferible para comprar 200 dólares al mes. Compraban y transferían todos los meses los billetes estadounidenses.
En efecto, el Banco Central ordenó a las entidades bancarias controlar estos movimientos y no todas siguen los mismo criterios para detectar a los coleros del home banking.
Mientras que en algunos bancos toman como indicador de sospecha una determinada cantidad de transferencias de 200 dólares, otros están atentos a los movimientos "no habituales".
Coleros del home banking: de qué se trata
De modo preventivo, los bancos deshabilitan el movimiento digital, pero el dinero sigue disponible para ser retirado por ventanilla. Para volver a disponer de la cuenta el cliente debe justificar las operaciones hechas, lo que puede realizarse mediante un formulario web.
Ya a comienzos de mes los clientes de distintos comenzaron a recibir comunicaciones vía mail o por el home banking que advertían sobre los riesgos de utilizar el cupo de otras persona.
"En el caso que se detecte la violación de la normativa vigente el banco se reserva el derecho de cerrar las cuentas, efectuar la correspondiente denuncia al BCRA y tomar cualquier otra medida que estime necesario", señalaba el escrito enviado por un reconocido banco.
Movimientos no habituales
Más que un número de transacciones fijo, lo que enciende las alarmas en los bancos son los incrementos excesivos de "movimientos no habituales".
Eso explicaría las quejas de algunos usuarios, visibilizadas en las redes sociales, que aseguraron que les fueron bloqueadas las cuentas aun habiendo hecho solo un par de transferencias entre miembros de la misma familia.
De modo preventivo, los bancos deshabilitan el movimiento digital, pero el dinero sigue disponible para ser retirado por ventanilla. Para volver a disponer de la cuenta el cliente debe justificar las operaciones hechas, lo que se puede realizarse mediante un formulario web. Cómo sigue el trámite luego y si se presenta una denuncia ante la Unidad de Información Financiera o no, depende de cada caso en particular.