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Empresas en crisis: AFIP suma más beneficios al programa de ayuda para pagar sueldos

Los criterios para acceder a los beneficios previstos en este programa fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo
14/05/2020 - 20:27hs
Empresas en crisis: AFIP suma más beneficios al programa de ayuda para pagar sueldos

El Gobierno sigue dando novedades y más detalles del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), al que se estima que ya se han anotado el 80% de los empleadores.

En cuanto a la información nueva, se extendió a mayo el alcance de los beneficios relativos al salario complementario, y también a las contribuciones patronales, que se harán efectivos en junio próximo.

Según informó el organismo, los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de salarios de mayo en el marco de la emergencia sanitaria por coronavirus,

tienen tiempo hasta el 21 de mayo para anotarse con clave fiscal en el sitio web de la AFIP
Los empleadores interesados tienen tiempo hasta el 21 de mayo para anotarse en el sitio web de la AFIP

Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado.

Para el salario complementario de mayo se tomará como referencia el sueldo percibido por cada trabajador en marzo pasado.

Los criterios para acceder a los beneficios previstos en el programa ATP fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo.

"En el marco de la extensión del beneficio del Salario Complementario correspondiente al Programa ATP conformada a través del dictado de la Decisión Administrativa N° 747/20, el Comité de Evaluación y Monitoreo recomendó la adopción de los elementos de ponderación y de evaluación necesarios para la estimación de dicho beneficio, correspondiente al mes de mayo del corriente año", publicaba la Decisión Administrativa 765/2020. 

Por su parte, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya cuenta con la información correspondiente a tales remuneraciones, las cuales constituyen "una base de cálculo que refleja de manera más fehaciente la realidad económica y determina una ponderación más justa del beneficio para los trabajadores".

Reducción de la facturación de las empresas

Para poder recibir una asignación compensatoria del salario para abril, la facturación de las firmas no deberá haber registrado un incremento nominal entre el 12 de marzo y el 12 de abril de este año respecto del mismo período del 2019.

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Las empresas no deben superar los 800 empleados en relación de dependencia

Si bien en el decreto 376, que modificó al 332 (que fue el que creó el programa), aclaraba que las empresas deberían haber tenido una sustancial reducción en su facturación con posterioridad al 12 de marzo de 2020, no se conocía de cuándo debía ser esa caída, dato que fue detallado este jueves.

Por otra parte, las empresas deben estar dentro de las actividades que más están siendo afectadas en esta cuarentena. Dichos rubros se encuentran en un listado que elabora AFIP. Y además, no debe superar a las 800 personas en relación de dependencia al 29 de febrero de 2020.  

En el caso de que tengan más de 800 trabajadores, se evaluará su situación teniendo en cuenta la información que brindaron a AFIP.

Además de la evaluación, tendrá que cumplir con varios requisitos, entre los que se incluye no distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019; no recomprar acciones directa o indirectamente; no adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior y no realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.

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