Por cláusula gatillo UVA, la cuota del crédito hipotecario podría disminuir 1.200 pesos a más 34.000 deudores
A partir de la fuerte baja del salario real durante el año pasado, más de 34.000 deudores con créditos hipotecarios en UVA quedaron habilitados para pedir al banco una extensión en el plazo de devolución.Según la normativa del Banco Central, los bancos deben ofrecer a los deudores UVA la posibilidad de extender el plazo en hasta un 25% si la cuota original del préstamo actualizada por CER supera en diez puntos o más la cuota actualizada por el Coeficiente de Variación Salarial (CVS), el índice de remuneraciones del sector registrado.
Esa situación se dio por primera vez luego de que, este jueves, el Indec difundiera los datos de salarios del mes de noviembre.
De acuerdo con las estimaciones de la Secretaría de Vivienda, unas 34.237 personas que sacaron préstamos hipotecarios UVA entre julio y diciembre de 2017 quedaron habilitadas para pedir la extensión del plazo. Son aproximadamente un tercio de las 110.000 familias que tomaron un crédito para la vivienda indexado desde que se inició el sistema, en abril de 2016, según informó TN.
De acuerdo con las estimaciones oficiales, quien sacó un préstamo en agosto de 2017 de $1,3 millón (ese fue el monto promedio de ese entonces) a 20 años de plazo y una tasa promedio del 5% (todos valores promedio del sistema), paga una cuota de unos 427 UVA mensuales. La cuota promedio inicial, en pesos, era de $8475, que ahora se convirtieron en $14.004.Esa familia promedio podría pedirle al banco extender el plazo de su crédito hasta 5 años. Al hacerlo, tendría más tiempo para devolver la cantidad de UVA que tomó prestada.
La cuota actual caería entre 1200 y 1500 pesos, de acuerdo con estimaciones del Gobierno.Si se tiene en cuenta que el salario promedio de una familia que se endeudó en UVA para acceder a la vivienda propia ronda los 55.000 pesos, la mejora del poder adquisitivo rondaría el 2%.
Según las comunicaciones del Banco Central que regulan los créditos UVA (A5945, de abril de 2016 y A6069, de septiembre del mismo año), los bancos tienen la obligación de ofrecerles a sus clientes la extensión de plazo y estos tienen la facultad de tomarlo o no.