Así funciona el sistema para traer artículos del exterior sin pagar impuestos, tras cambios de AFIP
Tras determinar que notebooks y celulares comprados en el exterior ya no deben ser declarados por los turistas a su regreso, la AFIP dio un paso más en ese sentido al anunciar que, a partir de este jueves, se elevará la franquicia libre de impuestos para aquellos artículos adquiridos por pasajeros fuera del país.
Así, en el caso de que se llegue a la Argentina vía aérea, dicha franquicia pasará de los u$s300 actuales a u$s500. En caso de que el pasajero regrese por vía terrestre o marítima, el tope libre de tributos, que hasta ahora era de u$s150, se elevará a u$s300.
Por su parte, se mantiene la medida por la cual los menores de 16 años cuentan con una franquicia por la mitad del monto.
Cuando un pasajero supera ese límite, debe abonar un tributo que equivale al 50% del valor excedente. "Por ejemplo, si ingresa al país por vía área o marítima con bienes por u$s600, el excedente es u$s100. En consecuencia, pagará u$s50 en impuestos", señalaron desde la AFIP.
Fuentes del organismo detallaron que el monto internacional se equipara con lo permitido para ingresos desde el Mercosur y para la franquicia de compras en free shop y que es equivalente a los u$s300 de 1994, cuando se fijó el tope, pero ajustado por inflación del dólar.
Tips para viajeros
En la página de la AFIP hay una guía con consultas generales que sirven para entender cómo funciona el sistema:
Estas son las 10 grandes medidas que tomará Bolsonaro para reactivar la economía de Brasil
1. ¿Qué mercaderías se pueden ingresar sin pagar tributos?
Están exentos de gravámenes las ropas y objetos de uso personal usados, incluyendo una computadora portátil que no requiera para su funcionamiento fuente exterior de energía (tipo notebook o tablet) y un teléfono celular, así como los libros y periódicos para uso del viajero.
2. ¿Cuáles son las exenciones y franquicias al ingresar al país?
El viajero que ingrese por vía aérea o marítima, tendrá una exención para otros objetos hasta el límite de u$s500 o su equivalente en otra moneda, quedando su exceso -siempre que los mismos encuadren en concepto de equipaje- sujeto al pago de un único tributo con una alícuota del 50%. En los casos de frontera terrestre, la franquicia será hasta el límite de u$s300. Para el ingreso al país también se considerará frontera terrestre cuando se realice por la vía fluvial o a través de puentes.
Los viajeros, según el organismo, gozarán de una franquicia adicional de u$s500 o su equivalente en otra moneda, respecto de los bienes adquiridos en las tiendas libres (free shops) de llegada, quedando su exceso sujeto al pago de un único tributo con alícuota del 50 %.
Desde la AFIP remarcan que la utilización de cada una de las franquicias por los montos precedentemente establecidos, "se imputarán en forma individual, no pudiendo ser compensadas entre ellas". Además, "las franquicias no podrán ser utilizadas más de una vez por mes".
3. ¿Son acumulables o transferibles las franquicias?
4. ¿Cómo se realiza la declaración de objetos importados al viajar al exterior?
Según la AFIP, los bienes originarios de terceros países que transporten los residentes en su equipaje, deberán ser registrados por el Servicio Aduanero para que éste no exija el pago de los tributos que gravan la importación para consumo una vez que se regrese.
Para ello, los pasajeros deberán presentar los bienes en la Aduana (puede ser en el aeropuerto o al salir del país) para tener el comprobante que luego deberá ser exhibido en caso de que se pida al regreso.
En la previa a la Cumbre del G20, Trump revisará "castigo" al biodiésel argentino
Si bien es importante chequear esto antes de partir, es cierto que hay modelos de tablets, celulares y notebooks que ya no es necesario registrar.
5. ¿Se puede ingresar con un número ilimitado de artículos electrónicos sin pagar tributos?
No. Si bien una normativa publicada a fines de septiembre determinó que los celulares, las computadoras portátiles o tablets forman parte de los objetos de uso personal que están exentos del pago de aranceles y no es necesario declararlos, hay determinados topes.
Así, está exceptuado del pago del arancel la compra en el exterior de una notebook o una tablet, más un teléfono celular. De modo que dichos productos no consumirán las franquicias para la importación establecidas de u$s500 para adulto y u$s250 para menores de edad (en el caso de llegar vía marítima).
Sin embargo, si un turista no compra un celular en el exterior pero ingresa con dos portátiles, la segunda unidad nueva sí deberá ser declarada y el valor será tenido en cuenta para la franquicia de u$s500. En caso de sobrepasar ese límite, entonces se deberá abonar el 50% del monto excedido.
Desplome de gastos
Esta medida tomada por la AFIP tiene lugar en un contexto en el que el turismo emisivo viene de sufrir un duro golpe: tras el salto del dólar y la caída del poder adquisitivo se produjo una fuerte baja en la cantidad de argentinos que viajan al exterior, al tiempo que se derrumbaron los gastos con tarjeta en moneda extranjera.
Según datos del Banco Central, los saldos por compras con plásticos se desplomaron hasta los u$s260 millones a comienzos de octubre.
Esta cifra es la más baja en más de cuatro años: hay que retroceder a septiembre de 2014 para encontrar un nivel inferior. Además, se trata de un derrumbe del 70% en relación con el último pico, registrado a comienzos de febrero último.
En cuanto a la evolución de la balanza turística, el alto déficit comenzó a ceder poco a poco: entre enero y agosto de 2017, el rojo había alcanzado los u$s7.380 millones.
Como contrapartida, en el mismo período de este año, el desbalance bajó hasta los u$s6.766 millones, una contracción del 8%.