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Cuáles son los municipios en los que la licencia de conducir dejará de tener validez

La Provincia de Córdoba anunció importantes cambios en la licencia de conducir. Desde iProfesional te contamos todos los detalles
Por IM
AUTOS - 23 de Septiembre, 2024

Obtener la licencia de conducir es un trámite cada vez más sencillo, en el que simplemente se debe aprobar un examen de salud, otro escrito y una prueba de manejo. Además, en el caso de las renovaciones, el trámite es mucho más simple y solo se debe aprobar el primer examen.

Además, las licencias tienen validez nacional e internacional, por lo que un argentino puede manejar en cualquier parte del mundo con dicho documento. Sin embargo, algunos municipios de Córdoba anunciaron importantes modificaciones en la licencia de manejo, por lo que en algunos lugares ya no sirve.

¿Cuáles son los municipios en los que la licencia de conducir dejará de ser válida?

Hay municipios de Córdoba cuya licencia no servirá para manera en rutas, como tampoco en algunas jurisdicciones del territorio provincial. Según lo establecido por la gestión actual de Córdoba, las licencias de localidades no adheridas al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (REPAT) ni al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (RENAT) no serán válidas.

Los municipios en cuestión son los siguientes:

  • Falda del Carmen
  • La Paisanita
  • La Rancherita
  • La Serranita
  • Malagueño
  • Potrero de Garay
  • Rafael García
  • Toledo
  • Valle de Anisacate
  • Villa del Prado
  • Villa Parque Santa Ana
  • Villas Ciudad América

¿Cuáles son los cambios que se vienen para el 2025 en las licencias de conducir?

¿Cuáles son los cambios que se vienen en la licencia de conducir?

Desde la DGT, se anunció que, para el 2025, habrá un mayor número de controles médicos, los cuales serán más rigurosos para renovar el carnet. Estos se centrarán en la detección de enfermedades o condiciones que puedan afectar a la capacidad de conducir de forma segura.

Asimismo, realizaron una lista de 35 enfermedades que serán incompatibles con manejar. Entre ellas se incluye enfermedades como la epilepsia, depresión, Alzheimer, entre otras. Las personas que padezcan alguna enfermedad, podrán renovar su carnet siempre que un médico especialista determine que la persona está apta para conducir de forma segura.

Entre la lista de las enfermedades que, en principio, no sería compatible con la conducción se encuentran las siguientes:

  • Enfermedades digestivas: enfermedades como la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn, la celiaquía, entre otros
  • Enfermedades endocrinas: hipotiroidismo, paratiroides, diabetes, entre otras
  • Enfermedades respiratorias: Asma, EPOC, etc
  • Enfermedades mentales: trastorno bipolar, ansiedad, depresión, etc
  • Enfermedades cardiovasculares: angina de pecho, arritmias, entre otros
  • Enfermedades neurológicas y degenerativas: esclerosis múltiple, Alzheimer, Parkinson, etc.
  • Otras enfermedades: cáncer, epilepsia, problemas de visión, etc.

Cabe resaltar que puede haber diferencias en función de lo que determinen los médicos. Además, algunas establecen tiempos mínimos para volver a conducir, como, por ejemplo, determinado lapso luego de una intervención quirúrgica o haber pasado un determinado tiempo sin que hayan existido episodios de la enfermedad.

Otras de las enfermedades que se encuentran en la lista son las siguientes:

  • Accidente isquémico transitorio
  • Alzheimer
  • Aneurisma de grandes vasos
  • Apnea del sueño
  • Arritmias
  • Crisis o pérdida de conciencia
  • Demencia o trastorno de ansiedad
  • Depresión
  • Desfibrilador automático
  • Diabetes mellitus insulinodependiente
  • Disección
  • Dolencias oncológicas
  • Enfermedades cardíacas
  • Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas
  • Enfermedades digestivas
  • Enfermedades endocrinas
  • Enfermedades neurológicas
  • Enfermedades oncológicas
  • Enfermedades respiratorias
  • Epilepsia
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Hipotiroidismo y paratiroides
  • Infarto agudo de miocardio
  • Marcapasos
  • Nefropatía con diálisis
  • Parkinson
  • Problemas vasculares
  • Prótesis valvulares
  • Trasplante renal
  • Trastorno de la personalidad
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • Trastorno obsesivo-compulsivo
  • Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH)
  • Trastornos del sueño
  • Trastornos oncohemáticos

En pocas palabras, para 2025 los conductores deberán tener en cuenta estas enfermedades para que, en el caso de poseer una o más, renovar o sacar la licencia de conducir con antelación. Además, en el caso de los municipios de Córdoba mencionados anteriormente, no gozarán de plena vigencia en todo el territorio nacional.

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