La Anmat suspende la venta de aceite de oliva, yogurt y productos cosméticos por falta de registros
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes varios productos y emitió una alerta a la sociedad sobre los riesgos asociados a su consumo. Entre ellos figuran un yogur griego, un aceite de oliva, cinco artículos de cosmética y belleza, y una lavandina.
Aceite de oliva y yogur griego retirados del mercado por infracciones sanitarias
La Disposición 1982/2025, publicada en el Boletín Oficial, prohíbe la fabricación, fraccionamiento y comercialización del aceite de oliva "Olivar Cuenco de Sol, Virgen Fino - Primera presión extracción en frío" en presentaciones de 1 y 2 litros, con fechas de vencimiento en diciembre de 2026 y diciembre de 2027, respectivamente.
El aceite, fabricado supuestamente por "Olivar Albardon" en la provincia de San Juan, mostraba registros falsos en su etiquetado. Las investigaciones del Programa Federal de Vigilancia de Aceites de Oliva confirmaron que dichos registros no existían, y las autoridades de las provincias de Córdoba y San Juan aseguraron que el producto no contaba con las autorizaciones correspondientes.
La Anmat determinó que el aceite infringía la Ley N° 18284 y el Código Alimentario Argentino al carecer de registros sanitarios y presentar etiquetado falso, por lo que fue considerado ilegal y se prohibió su comercialización en todo el país. Además, la Disposición 1988/2025 prohibió la venta del yogur griego "Capulí" en sus variedades sabor vainilla y sabor natural, debido a que carecían de los registros sanitarios necesarios.
La medida surgió tras una consulta sobre la autenticidad del producto, y una inspección en Buenos Aires verificó que los rótulos no incluían los datos obligatorios del Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), lo que llevó al decomiso de los productos.
La Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHYSA) llevó a cabo una inspección en un comercio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se verificó la venta de los productos mencionados. Al comprobar que los rótulos no cumplían con los requisitos obligatorios del Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y del Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), se procedió al decomiso inmediato de los mismos, conforme a la Ley N° 18284 y el Decreto N° 2126/71.
Además, se verificó que los productos se promocionaban y vendían en plataformas en línea. Al no contar con registros sanitarios, violan la Ley N° 18284 y el Código Alimentario Argentino, lo que impide garantizar su trazabilidad, calidad y seguridad. Por ello, la Anmat ordenó su prohibición para proteger la salud de los consumidores.
Otras medidas contra lavandina y productos de belleza
La medida fue adoptada tras una consulta al Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Anmat, que detectó que el producto incumplía la normativa al utilizar un envase translúcido, lo que permitía el paso de luz, algo prohibido por el artículo 13 de la Disposición ANMAT N° 7355/2019.
La empresa responsable, Dione Química S.A., admitió que el uso de envases translúcidos fue un error interno y que no tuvieron en cuenta ese aspecto de la normativa. Debido a esto, la Anmat determinó que el producto infringía la normativa vigente y, como resultado, dispuso su prohibición para salvaguardar la salud de la población.
Cosméticos sin inscripción sanitaria y etiquetados incompletos
En la Disposición 1987/2025, la Anmat advirtió sobre varios productos de belleza que no cuentan con inscripción sanitaria y presentan etiquetados incompletos, lo que imposibilita asegurar su seguridad y calidad.
Los productos afectados son los siguientes:
- "24 Colors Fashion Girl Eyeshadow" de la marca "HUDA NEW", paleta de sombras de ojos de 31 g, identificada con el ITEM NO: LDZ547, fabricada en diciembre de 2023 y con vencimiento en diciembre de 2028.
- "Eau de Toilette Natural Spray Vaporisateur" de la marca "HAPPY PARTY", perfume en presentación de 30 ml, identificado con NO.: LD 9005, fabricado en la República Popular China (P.R.C.).
- "Flower Rococo", spray sin datos adicionales en su etiquetado.
- Lápiz labial color rosa de la marca "IMAN OF NOBLE", sin información adicional en su envase.
- "Highlight Spray", iluminador en spray de 20 ml, sin más detalles en su rotulado.
Dado que no se puede garantizar que estos cosméticos cumplan con las condiciones higiénico-sanitarias ni que estén formulados con ingredientes permitidos, la Anmat decidió prohibirlos para proteger la salud de los consumidores.
Esta medida refleja el compromiso de la Anmat de asegurar que los productos cosméticos en el mercado argentino cumplan con las normativas de seguridad y calidad, resguardando así a los usuarios de posibles riesgos derivados del uso de productos ilegítimos.