ARCA, exAFIP y la UIF: las claves para transferir plata a un familiar sin tener problemas a futuro
En la actualidad, transferir plata a un familiar o amigo mediante plataformas de pago como Mercado Pago o de otras aplicaciones, se volvió muy habitual, y contar con dinero en efectivo (o con los montos que se necesitan hoy en día) no es tan común. La virtualidad hizo que estos trámites se simplifiquen, pero hay que tener en cuenta este dato para no tener problemas eventuales problemas con ARCA (ex AFIP) y la Unidad de Investigación Financiera (UIF).
Hay que tener en cuenta que, si se puede justificar el origen del monto, no habrá inconvenientes para ninguna de las partes. La disolución del anterior organismo recaudador no implicará en caso de que soliciten un justificativo de los fondos. Ese trámite se realiza en los bancos ante requerimientos de la Unidad de Investigación Financiera (UIF)
Para que puedas hacer transferencias sin ningún problema, es importante señalar que hay algunas limitaciones vigentes. A continuación, te damos a conocer algunos montos que tenés que tener en cuenta a la hora de enviar dinero a un amigo y evitar inconvenientes con ARCA y la UIF. De todas maneras, tené en cuenta que no vas a tener mayores problemas si el origen de los fondos está justificado y registrado.
Transferencia bancaria: ¿cuánto dinero puedo enviarle a un hermano o un amigo sin declarar?
ARCA confirmó a través de su página web que aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.
De acuerdo al comunicado de la entidad, se trata de modificaciones que de "la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024".
Además, sostiene que "los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025".
Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2025, deben informarse los movimientos si superan montos determinados: consumos, ingresos y egresos por $600.000, ingresos o acreditaciones, depósitos, extracciones y saldos finales por $1.000.000 y transferencias solo para billeteras virtuales por 2.000.000 pesos.
Si bien esto no significa que no se podrán realizar operaciones que superen dichas sumas, sí es la base a partir de la cual ARCA va a estar en alerta, y podrá solicitar a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos, para estar seguros de que se trata de actividades legítimas y declaradas.
Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.
A continuación, mostramos en detalle cada monto y a qué corresponde:
$600.000:
- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$1.000.000:
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$2.000.000:
- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
ARCA (ex AFIP) - UIF: ¿con qué documentación puedo justificar el origen de los fondos?
La documentación más habitual a presentar para realizar, de forma correcta, la justificación del origen de fondos son:
- Recibos de sueldo y/o haberes jubilatorios
- Constancia del monotributo
- Facturación de los últimos meses
- Certificado de fondos emitido por un contador público
- Declaratoria del heredero
- Documentos que acrediten la venta de acciones u empresa
- Boletos de compraventa, por ejemplo, en el caso de la venta de un vehículo