REGULACIÓN

Atención: ARCA, ex AFIP, investiga transferencias en bancos y billeteras virtuales que superen este monto en enero

La entidad verificará de dónde provienen los montos al realizar transferencias virtuales o bancarias cuando superen las nuevas cifras
Por A.L.
ACTUALIDAD - 07 de Enero, 2025

La ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que a partir de ahora se conoce como la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)tenía como una de sus medidas controlar las transferencias a familiares o amigos a través del homebanking o de las billeteras virtuales.

Sucede que pagar a través de una billetera virtual o realizar una transferencia mediante este medio se convirtió en algo muy común. Y es por eso que el uso de estas plataformas no está exento de regulaciones, como no lo están las operaciones bancarias.

Desde mayo del año pasado se mantenían las mismas cifras sin modificación, cuando la ex AFIP había incrementado los valores en ese entonces. Ahora, ARCA decidió aumentar los montos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben dar a conocer transacciones, saldos y consumos de sus clientes al enter regulador.

Se trata de un ajuste que la entidad hizo teniendo en cuenta para el mismo la actualización semestral automática basada en las variaciones del IPC.

Superar estos montos puede activar alertas y someter a los usuarios a un análisis más detallado por parte de la ex AFIP, ahora. Por ello, es esencial conocer cuáles son los topes establecidos para evitar inconvenientes y garantizar que nuestras transacciones se realicen dentro del marco legal.

Ex AFIP, ahora ARCA: a partir de qué monto investiga las transferencias en enero 2025

ARCA confirmó a través de su página web que aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

De acuerdo al comunicado de la entidad, se trata de modificaciones que de "la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024".

Además, sostiene que "los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025".

Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2025, deben informarse los movimientos si superan montos determinados: consumos, ingresos y egresos por $600.000, ingresos o acreditaciones, depósitos, extracciones y saldos finales por $1.000.000 y transferencias solo para billeteras virtuales por 2.000.000 pesos.

Si bien esto no significa que no se podrán realizar operaciones que superen dichas sumas, sí es la base a partir de la cual ARCA va a estar en alerta, y podrá solicitar a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos, para estar seguros de que se trata de actividades legítimas y declaradas. 

Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

A continuación, mostramos en detalle cada monto y a qué corresponde:

$600.000:

  • Total de consumos con tarjetas de débito del país.
  • Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$1.000.000:

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$2.000.000:

  • Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

ARCA, ex AFIP vigila las transferencias de las billeteras virtuales: cómo evitar problemas

Lo que hasta ahora se conocía como la AFIP, había establecido una serie de pautas que un usuario podía tener en cuenta al tener una billetera virtual para no cometer errores y evitar problemas:

  • No justificar el origen de los fondos: cada usuario debe tener la documentación para poder justificar los gastos, incluso las transferencias entre cuentas propias. De no hacerlo, la ARCA o el banco pueden solicitar una justificación del origen de los fondos.
  • No tener en cuenta el monto máximo sin declarar: si se realizan transferencias por encima del límite establecido sin respaldarlas con ingresos declarados, se deberá informar al fisco. No hacerlo puede atraer investigaciones.
  • Transferir montos que exceden los valores permitidos: aunque muchos bancos ampliaron sus límites, es esencial estar al tanto de los valores permitidos por las entidades para evitar inconvenientes.
  • No responder a las solicitudes del banco o la fintech: si un banco o entidad financiera solicita justificar fondos a través de un correo electrónico, es crucial responder con la documentación adecuada para evitar que se genere un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF.

Billetera virtual: qué pasa si no puedo justificar la plata ante ARCA (ex AFIP)

Tanto los bancos como las billeteras virtuales están obligados a reportar movimientos sospechosos a la Unidad de Información Financiera (UIF). En caso de recibir grandes sumas de dinero, ARCA (ex AFIP) puede solicitar justificativos del origen de los fondos como.

Entre los documentos comunes utilizados para respaldar el origen de los fondos se incluyen:

  • las facturas de los últimos seis meses,
  • recibos de sueldo,
  • comprobantes de haberes jubilatorios,
  • certificados de ingresos emitidos por contadores públicos, entre otros.

En caso de no poder justificar de dónde provienen dichos fondos, es posible que se rechacen transferencias, se congelen saldos y se bloqueen cuentas. Por otra parte, la ex AFIP puede iniciar una intimación para declarar el origen de los fondos. 

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