REGLAMENTACIÓN

ARCA vigila las transferencias de las billeteras virtuales: cómo evitar problemas con la ex AFIP

La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero verificará de dónde provienen los montos de las billeteras virtuales al realizar transferencias
Por A.L.
ACTUALIDAD - 16 de Diciembre, 2024

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a cargo de las tareas que realizaba la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), vigila las transferencias que se realizan a través de una billetera virtual.

Si bien el nuevo organismo no indicó cuáles serán los nuevos montos y controles que regirán sobre las aplicaciones bancarias y otras plataformas digitales, como es el caso de las billeteras virtuales, se continúa con las medidas que habían sido adoptadas por la AFIP.

ARCA, ex AFIP vigila las transferencias de las billeteras virtuales: cómo evitar problemas

Lo que hasta ahora se conocía como la AFIP, había establecido una serie de pautas que un usuario podía tener en cuenta al tener una billetera virtual para no cometer errores y evitar problemas:

  • No justificar el origen de los fondos: cada usuario debe tener la documentación para poder justificar los gastos, incluso las transferencias entre cuentas propias. De no hacerlo, la ARCA o el banco pueden solicitar una justificación del origen de los fondos.
  • No tener en cuenta el monto máximo sin declarar: si se realizan transferencias por encima del límite establecido sin respaldarlas con ingresos declarados, se deberá informar al fisco. No hacerlo puede atraer investigaciones.
  • Transferir montos que exceden los valores permitidos: aunque muchos bancos ampliaron sus límites, es esencial estar al tanto de los valores permitidos por las entidades para evitar inconvenientes.
  • No responder a las solicitudes del banco o la fintech: si un banco o entidad financiera solicita justificar fondos a través de un correo electrónico, es crucial responder con la documentación adecuada para evitar que se genere un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF.

Ex AFIP: a partir de qué monto controla la billetera virtual de los usuarios

En cuanto a los montos, ARCA solicitará los datos de todos los usuarios que posean saldos mensuales iguales o superiores a los $700.000 a través de billeteras virtuales.

También los montos totales de los ingresos y egresos en las mencionadas cuentas, expresados en pesos argentinos, siempre que sean iguales o superiores a $400.000.

Por otra parte, en la página de la entidad señala que "solamente deberán informarse los ingresos y egresos a través de transferencia bancaria o virtual cuando el monto sea igual o superior a $1.400.000, para lo cual deberá detallarse: tipo de transferencia (bancaria o virtual), la CBU o CVU utilizada y el monto transferido en pesos".

El saldo final mensual de las cuentas, al último día hábil del período mensual informado, siempre que resulten iguales o superiores en el mes, en valores absolutos, a $700.000.

De tratarse de montos expresados en moneda extranjera, moneda digital o criptomoneda, deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, dependiendo del tipo de moneda a informar.

Billetera virtual: qué pasa si no puedo justificar la plata ante ARCA (ex AFIP)

Tanto los bancos como las billeteras virtuales están obligados a reportar movimientos sospechosos a la Unidad de Información Financiera (UIF). En caso de recibir grandes sumas de dinero, ARCA (ex AFIP) puede solicitar justificativos del origen de los fondos como.

Entre los documentos comunes utilizados para respaldar el origen de los fondos se incluyen:

  • las facturas de los últimos seis meses,
  • recibos de sueldo,
  • comprobantes de haberes jubilatorios,
  • certificados de ingresos emitidos por contadores públicos, entre otros.

En caso de no poder justificar de dónde provienen dichos fondos, es posible que se rechacen transferencias, se congelen saldos y se bloqueen cuentas. Por otra parte, la ex AFIP puede iniciar una intimación para declarar el origen de los fondos. 

Los montos a informar se actualizarán cada seis meses aproximadamente, basándose en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Este ajuste es necesario para que los límites continúen siendo relevantes en un contexto de inflación. De esta manera, se asegura que los montos establecidos por la ARCA reflejen la realidad económica y permitan un control efectivo sobre las operaciones financieras.

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