La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la cadena perpetua
En una medida que no pasó desapercibida, la Corte Suprema dejó firme este jueves un fallo donde se declara la inconstitucionalidad de la prisión perpetua en la Argentina.
Fue al rechazar un recurso de la fiscalía contra ese caso en particular, en donde la defensa alegaba la afectación al derecho a la esperanza de un condenado. La decisión fue firmada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, en tanto que Ricardo Lorenzetti no suscribió.
La Corte Suprema declaró inconstitucional la prisión perpetua
La decisión se dio en el marco de un caso específico en el que la defensa argumentó que la pena perpetua violaba el derecho a la esperanza del condenado, al no permitirle acceder a la libertad condicional.
Con el voto de mayoría se subrayó que para que una norma penal sea constitucional debe ser clara y predecible en cuanto a las penas y las condiciones de reinserción social del condenado.
En este caso, la norma que impide la libertad condicional a quienes cumplen penas perpetuas no define adecuadamente las condiciones para que los reclusos accedan a la libertad después de cumplir parte de su condena, lo que, señalaron los magistrados firmantes, viola el principio de legalidad y los derechos resocializadores de las penas.
El caso que terminó con el fallo de la Corte Suprema
El caso que motivó esta decisión involucra a Sebastián Alejandro Guerra, quien en noviembre de 2012, durante un robo, disparó y mató a María Luján Campilongo, una cabo de la Policía Federal de 34 años. En el mismo ataque, Diego Hernán Ghiglione, pareja de Campilongo, también resultó herido pero sobrevivió.
Los agentes fueron emboscados el 19 de noviembre de ese año por al menos seis delincuentes que llegaron en dos vehículos y abrieron fuego con 30 disparos; uno de estos impactos alcanzó a Campilongo en la cabeza.
En 2014, Guerra fue sentenciado por el Tribunal Oral de Menores N°2 de CABA a cadena perpetua, además de otras sanciones legales y costas, al ser considerado coautor penalmente responsable de varios delitos, incluyendo robo con arma de fuego en cuatro ocasiones y homicidio en dos (uno en grado de tentativa).
Sin embargo, con el fallo reciente de la Corte, que se fundamenta en el "derecho a la esperanza", se abre una nueva posibilidad para que Guerra solicite su libertad. Los jueces explicaron que para que una norma cumpla con el principio de legalidad en materia penal, es esencial que no solo defina la conducta delictiva, sino que también establezca claramente la naturaleza y los límites de la pena.
Esto permite que el autor potencial pueda comprender concretamente las sanciones a las que se enfrenta al cometer un delito.