• 21/11/2024

Atención empleados: los puentes turísticos serán "días no laborables" y la empresa dirá si los dará libre

El Gobierno estableció los laborables con fines turísticos para 2025, pero dependerá de cada empresa si les otorga la jornada libre a sus empleados
21/11/2024 - 11:01hs
Atención empleados: los puentes turísticos serán "días no laborables" y la empresa dirá si los dará libre

El Poder Ejecutivo Nacional, encabezado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, dispuso tres días no laborables con fines turísticos en el calendario de 2025. La decisión, oficializada en el marco de la ley 27.399, establece que el viernes 2 de mayo, el viernes 15 de agosto y el viernes 21 de noviembre serán días no laborables.

Estas fechas coinciden con el feriado del Día del Trabajador (1° de mayo), el paso a la Inmortalidad del General San Martín (17 de agosto) y el Día de la Soberanía Nacional (20 de noviembre), extendiendo potenciales fines de semana largos.

Esta medida busca fomentar el turismo interno y promover la actividad económica relacionada, pero introduce una diferencia clave respecto de años anteriores: estos días no serán feriados, sino no laborables, lo que tiene implicancias específicas para empleadores y trabajadores.

Diferencias entre días no laborables y feriados

La Ley de Contrato de Trabajo establece diferencias sustanciales entre feriados y días no laborables. En los feriados, los empleadores están obligados a otorgar el día libre a sus empleados, salvo en actividades exceptuadas. Si los trabajadores prestan servicios durante un feriado, deben recibir una remuneración equivalente al doble de su salario habitual.

En cambio, en los días no laborables, la decisión de otorgar el día libre recae en el empleador, excepto en los sectores de bancos, seguros y actividades similares, donde el descanso es obligatorio. Los empleados que trabajen en estos días perciben su salario habitual, sin adicionales. Si la empresa decide no operar, los trabajadores igualmente cobran su remuneración normal.

La decisión del gobierno de declarar los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre como no laborables implica que la obligatoriedad del descanso queda supeditada a cada empleador, modificando la dinámica de los tradicionales "puentes turísticos".

Feriados restantes en 2024 y comienzo de 2025

Con el cierre del año 2024 en el horizonte, los próximos feriados inamovibles en Argentina son el 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción de María, y el 25 de diciembre, Navidad. En 2025, el primer feriado será el 1° de enero, Día de Año Nuevo.

El 8 de diciembre, que cae un domingo, no generará un fin de semana largo. Sin embargo, sigue siendo una fecha significativa en la tradición católica, marcando el inicio de los preparativos navideños. Por su parte, la Navidad y el Año Nuevo, ambos en miércoles, ofrecerán oportunidades de descanso en las festividades de fin de año.

En noviembre, el último feriado trasladable de 2024 fue el lunes 18, en conmemoración del Día de la Soberanía Nacional, originalmente el 20 de noviembre. Este día recuerda la Batalla de la Vuelta de Obligado, un evento clave en la historia argentina, donde las fuerzas locales resistieron una intervención extranjera en 1845, simbolizando la defensa de la soberanía nacional.

Feriados nacionales según la Ley 27.399

La normativa establece dos categorías de feriados: inamovibles y trasladables. Los feriados inamovibles, que no pueden cambiar de fecha, incluyen:

  • 1° de enero: Año Nuevo.
  • Lunes y martes de Carnaval.
  • 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
  • Viernes Santo.
  • 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
  • 1° de mayo: Día del Trabajador.
  • 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
  • 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
  • 9 de julio: Día de la Independencia.
  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
  • 25 de diciembre: Navidad.

Por otro lado, los feriados trasladables pueden ser movidos para generar fines de semana largos. Estos incluyen:

  • 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes.
  • 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
  • 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
  • 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.

Días no laborables para festividades religiosas

La ley también contempla días no laborables específicos para comunidades religiosas. Los habitantes que profesen la religión judía cuentan con días no laborables para Rosh Hashaná (Año Nuevo Judío), Iom Kipur (Día del Perdón) y Pesaj (Pascua Judía). Asimismo, quienes sigan la religión islámica tienen días no laborables para el Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr) y la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).

En estos días, los trabajadores no están obligados a prestar servicios, pero reciben la remuneración correspondiente como si hubieran trabajado.

Impacto en la economía y el turismo

La planificación de días no laborables con fines turísticos tiene como objetivo principal impulsar la actividad turística, un sector clave en la economía argentina. Los fines de semana largos "extra-largos" permiten que los ciudadanos organicen viajes y escapadas, generando ingresos en destinos locales. Sin embargo, el cambio de feriado a día no laborable podría afectar la dinámica habitual en el sector, dependiendo de la decisión de las empresas de operar o no en esas fechas.

Esta medida refleja un equilibrio entre promover el turismo y flexibilizar las decisiones operativas de las empresas, otorgando más opciones a los empleadores y ajustándose a las particularidades económicas del contexto actual.

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