ARCA, exAFIP y la UIF: cuánta plata podés transferir a un familiar sin tener que declararla
En la actualidad, transferir plata a un familiar o amigo mediante plataformas de pago como Mercado Pago o de otras aplicaciones, se volvió muy habitual, y contar con dinero en efectivo (o con los montos que se necesitan hoy en día) no es tan común. La virtualidad hizo que estos trámites se simplifiquen, pero hay que tener en cuenta este dato para no tener problemas eventuales problemas con ARCA (ex AFIP) y la Unidad de Investigación Financiera (UIF).
Hay que tener en cuenta que, si se puede justificar el origen del monto, no habrá inconvenientes para ninguna de las partes. La disolución del anterior organismo recaudador no implicará cambios para los montos y los trámites a realizar en caso de que soliciten un justificativo de los fondos. Ese trámite se realiza en los bancos ante requerimientos de la Unidad de Investigación Financiera (UIF)
Para que puedas hacer transferencias sin ningún problema, es importante señalar que hay algunas limitaciones vigentes. A continuación, te damos a conocer algunos montos que tenés que tener en cuenta a la hora de enviar dinero a un amigo y evitar inconvenientes con ARCA y la UIF. De todas maneras, tené en cuenta que no vas a tener mayores problemas si el origen de los fondos está justificado y registrado.
Transferencia bancaria: ¿cuánto dinero puedo enviarle a un hermano o un amigo sin declarar?
Antes que nada, consideremos que hay restricciones diarias con respecto al monto máximo que se puede transferir. El límite de los cajeros automáticos es de $125.000, mientras que por Home Banking podés transferir hasta $250.000, según lo establecido por el Banco Central.
Pero si lo que querés es realizar una transferencia por una cantidad superior a estos límites, hay otras formas para transferir dinero a tus hermanos o amigos. Una consiste en realizar una transferencia tradicional, que lleva un día hábil para procesarse. Otro método implica que le des un preaviso al banco. De todas maneras, por el actual contexto, algunas entidades permiten movimientos por una cifra mucho mayor sin inconvenientes.
En este caso, deberás informar a la entidad financiera la fecha en la que realizarás la transferencia, el monto aproximado y, en algunos casos, proporcionar el CBU o número de cuenta de la persona receptora. Esta modalidad suele ser común en operaciones como la compra de un vehículo automotor o un inmueble.
Con respecto a la cantidad de dinero que podés transferirle a una persona sin necesidad de declarar, es importante señalar que la restricción no es para quien envía dinero, sino para quien lo recibe. En este caso, la necesidad de justificar el dinero recaería en tu hermano o amigo. Si está todo en blanco y declarado, no habría problemas para que lo reciba.
¿Hasta cuánta plata se puede transferir sin declarar?
Como mencionamos anteriormente, al momento de hacer una transferencia, el justificativo no recae en quien la emite, sino en quien la recibe. En este sentido, el límite establecido por AFIP se elevó a $400.000 (antes era de $200.000) sin necesidad de realizar una declaración jurada, por lo que superando este monto se incremente el "riesgo" de que se deba declarar la procedencia del dinero.
Los $400.000 abarcan casi todas las operaciones realizadas por una persona en el transcurso de un mes calendario. Esto incluye el dinero depositado en cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas de sueldo y de seguridad social, además de las transferencias recibidas. También se consideran los saldos en depósitos a plazo fijo, así como en cuentas y otros tipos de inversiones.
Si, por ejemplo, su familiar realizó un depósito de $400.000 en un plazo fijo y recibe una transferencia suya, suponiendo que no cuenta con ingresos declarados, es muy probable que el banco le solicite justificar los fondos.
Por otra parte, en el caso de que el banco considere necesario solicitar una justificación de los fondos, ante posibles requerimientos de la Unidad de Administración Financiera (UIF) se comunicará, por lo general, vía email, solicitando la documentación respaldatoria que demuestre la procedencia de esos movimientos. Los documentos más comunes para justificar el origen de los fondos son la facturación de los últimos 6 meses, recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, certificados de ingresos emitidos por un contador público, entre otros.
ARCA (ex AFIP) - UIF: ¿con qué documentación puedo justificar el origen de los fondos?
La documentación más habitual a presentar para realizar, de forma correcta, la justificación del origen de fondos son:
- Recibos de sueldo y/o haberes jubilatorios
- Constancia del monotributo
- Facturación de los últimos meses
- Certificado de fondos emitido por un contador público
- Declaratoria del heredero
- Documentos que acrediten la venta de acciones u empresa
- Boletos de compraventa, por ejemplo, en el caso de la venta de un vehículo
¿Qué puede ocurrir con ARCA si hago muchas transferencias entre cuentas propias ?
Cuando transferís dinero entre cuentas propias, la entidad receptora (banco o plataforma como Mercado Pago) verifica el origen y la legalidad de los fondos, cumpliendo con las normativas de prevención de lavado de dinero. Aunque estas transferencias no suelen generar alertas automáticas, la ARCA puede monitorear movimientos de montos elevados para asegurarse de que los ingresos sean declarados y se paguen los impuestos correspondientes.
Una vez verificados los fondos, las transferencias entre cuentas propias, incluso entre distintos bancos, se realizan sin inconvenientes adicionales. El dinero ya supervisado puede moverse libremente, siempre que las operaciones sean consistentes con los ingresos declarados por el usuario.