• 16/10/2024

Las matrículas de los profesionales de la salud no tendrán fecha de vencimiento

Las credenciales vencidas antes del dictado de esta nueva norma, pasarán a estar vigentes de manera automática. El impacto en el sector
16/10/2024 - 13:33hs
médicos

El Ministerio de Salud de la Nación estableció que, en el marco del reordenamiento del sistema, la credencial digital única y obligatoria de los profesionales de la salud ya no tendrá fecha de vencimiento, lo que significa avanzar en la simplificación y la eliminación de trámites innecesarios.

Así se indicó en la la Resolución 4827/2024, publicada en el Boletín Oficial y la normativa elimina el plazo de vigencia de 5 años para las matrículas otorgadas y define que aquellas credenciales digitales ya emitidas que se encuentren vencidas antes del dictado de esta medida, pasarán a estar vigentes de manera automática, eliminando así el trámite de renovación de la misma.

"Además, toda modificación y/o cambio en los datos personales del profesional deberá ser comunicada a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. En caso de fallecimiento y/o inhabilitación por autoridad competente y/o cualquier otra causal que impida el ejercicio profesional, la autoridad sanitaria podrá cancelar o suspender la matrícula", indicaron desde la cartera sanitaria.

Luego señalaron: "La Resolución Ministerial N° 3320 del pasado 29 de agosto estableció las nuevas condiciones para la realización de los trámites de matriculación, renovación y rehabilitación de matrículas para todos los profesionales de la salud registrados y los no registrados pero pasibles de incorporación. Así, a partir del 2 de septiembre –fecha de publicación de la normativa en el Boletín Oficial–, todas las matrículas profesionales de la salud pasaron a ser digitales y están disponibles en la aplicación ´Mi Argentina´".

Cambios en el sector de salud

A principios de septiembre, la cartera que ahora dirige Mario Lugones había dado los primeros pasos estableciendo que la matriculación de los profesionales de todos los eslabones del personal de la salud en Argentina, "serían únicas y obligatorias de forma digital", quedando los datos registrados a través de la aplicación "Mi Argentina", y en donde "cada autoridad sanitaria jurisdiccional podrá determinar las profesiones sobre las que instrumentarla y, de corresponder, coordinar su implementación con los colegios o consejos de ley". De esta manera el carnet de habilitación en formato físico quedaba relegado.

Los cambios entran en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial y responden a las reformas de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos 19.549, con el fin de optimizar los trámites burocráticos de una manera ágil, con eficacia y eficiencia. Previamente, en 2023, la Secretaría de Calidad en Salud había instruido a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de fronteras a implementar los cambios en materia digital y en esta oportunidad ha prestado su conformidad.

Por su parte el Gobierno argumentó que dicha actualización responde a "los avances informáticos y tecnológicos referentes al Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (S.I.S.A.)" a su vez que buscan "racionalizar y optimizar los recursos del Estado, siempre en miras de priorizar el beneficio del administrado". Que, en ese sentido, la medida objeto de la presente resolución importará un beneficio a los administrados facilitando las gestiones administrativas.

Previamente, en 2022, se había establecido que esta documentación sea utilizada de forma complementaria "a partir de la integración de los datos correspondientes a la matrícula profesional registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS)", según consta en la Resolución 1692/2022.

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