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Qué son las jubilaciones especiales y quiénes pueden acceder

Trabajadores de ciertas actividades tienen derecho a tramitar la jubilación especial. ¿Quiénes pueden acceder y cuáles son los requisitos?
Por MD
ACTUALIDAD - 18 de Mayo, 2024

Las jubilaciones especiales constituyen un régimen previsional diferenciado dentro del sistema general de jubilaciones y pensiones de la ANSES, dirigido a trabajadores determinados.

Este sistema abarca diversas ocupaciones, desde trabajadores agrarios hasta personal de fuerzas de seguridad, y los requisitos para acceder a estas jubilaciones varían según la actividad específica.

¿Qué son las jubilaciones especiales?

Las jubilaciones especiales son regímenes previsionales diferenciados del sistema general de jubilaciones y pensiones de la ANSES, destinados a trabajadores que han desarrollado actividades consideradas de carácter penoso, riesgoso o insalubre.

A los trabajadores que les corresponde tramitar una jubilación por actividades especiales son:

  • Trabajadores agrarios
  • Trabajadores de viñas
  • Docentes o docentes de frontera
  • Investigadores científicos
  • Trabajadores de la construcción
  • Personal de casas particulares
  • Aeronavegantes
  • Militares
  • Miembros de Prefectura
  • Gendarmería
  • Policía
  • Personal embarcado o estibadores portuario
  • Trabajadores del Poder Judicial
  • Trabajadores del Ministerio Público de la Nación
Las jubilaciones especiales son para trabajadores que se desempeñen en determinadas actividades

Los requisitos para acceder a una jubilación especial varían según el régimen específico, pero en general, se exige:

  • Edad mínima: estar cerca o haber cumplido la edad jubilatoria ordinaria (60 años para mujeres y 65 para hombres);
  • Antigüedad: acreditar un determinado número de años de aportes en la actividad especial;
  • Cumplimiento de condiciones específicas: dependiendo del régimen, puede requerirse haber trabajado en determinados lugares o bajo determinadas condiciones, realizar tareas específicas, o presentar estudios médicos que comprueben la exposición a riesgos o la existencia de enfermedades profesionales.

Para tramitar la jubilación especial se deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social y revisar que los datos personales estén correctos;
  • Verificar que todos los aportes estén registrados;
  • Sacar un turno en una oficina de ANSES;
  • Presentarse en la oficina de ANSES el día del turno con la documentación que corresponde de acuerdo a la actividad.

¿Cuáles son los requisitos específicos de cada actividad?

Como mencionamos, cada actividad especial cuenta con sus propios requisitos y condiciones para tramitar la jubilación.

Trabajadores agrarios

  • Edad: 57 años, sin distinción de género;
  • Servicios: 25 años de servicios con aportes como trabajador agrario en relación de dependencia.
Para tramitar la jubilación especial se debe ingresar en la página de ANSES

Docentes

  • Edad: 60 años para los hombres y 57 años para las mujeres
  • Servicios: 30 años de servicios como docente, reduciéndose a 25 años si 10 de ellos, continuos o discontinuos, han sido al frente de alumnos.

Los servicios en escuelas de ubicación muy desfavorable o de educación especial se computan 4 años por cada 3 de servicios efectivos.

Docentes de frontera

Para docentes de escuelas de zonas y áreas de fronteras (Decreto-Ley N° 19.524/72), en el nivel primario o preprimario o establecimientos de enseñanza diferenciada.

  • Edad: Sin límite de edad
  • Servicios: 25 años como docente al frente directo de alumnos.

Retiro policial

  • Edad: 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres
  • Servicios: 30 años de servicios

Retiro militar, prefectura y gendarmeria

  • Edad: 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres
  • Servicios: 30 años de servicios

Trabajadores de la construcción

Edad

Para los hombres, la edad requerida varía según el período trabajado:

  • Del 1/5/2009 al 30/4/2010: 60 años
  • Del 1/5/2010 al 30/4/2011: 57 años
  • Del 1/5/2011 al 30/4/2012: 56 años
  • Desde el 1/5/2012: 55 años

Para las mujeres:

  • Desde el 1/5/2009: 55 años

Servicios: 25 años con aportes, con al menos 12 años de los últimos 15 trabajados en la industria.

Los policias pueden acceder a la jubilación especial

Trabajadores de casas particulares

  • Edad: 60 años de edad para las mujeres y 65 para los hombres
  • Servicios: 30 años

Trabajadores aeronavegantes

  • Edad: 50 años para mujeres y hombres
  • Servicios: 30 años de servicios

Trabajadores del Poder Judicial y Ministerio Público de la Nación

  • Edad: 60 años para hombres y mujeres
  • Servicios: 30 años de servicios y 20 años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes incluidos en el Sistema de Reciprocidad Jubilatoria.

Para acceder a la jubilación ordinaria deberá además darse al menos uno de los supuestos:

  • Haberse desempeñado como mínimo 15 años continuos o 20 años discontinuos en el Poder Judicial de la Nación o en el Ministerio Público de la Nación o de las provincias adheridas al Régimen de Reciprocidad Jubilatoria o en la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, de los cuales 5 años como mínimo deben registrarse en el desempeño de los cargos indicados en el apartado "Personal Comprendido".
  • Haberse desempeñado como mínimo durante los últimos 10 años de servicios en cargos de los indicados en el apartado "Personal Comprendido".

Investigadores cientificos y tecnologicos

  • Edad: 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres
  • Servicios: 30 años de servicios en cualquier régimen comprendido en el sistema de reciprocidad jubilatoria, de los cuales deben acreditarse al menos 15 años continuos o 20 discontinuos en actividades específicas, en uno o varios de los organismos mencionados, en el país o en el extranjero (los últimos 5 años anteriores a la cesación definitiva en el país).

La jubilación como Investigador Científico es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia, con excepción del reingreso o continuación en cargos docentes universitarios o de investigación en universidades nacionales, provinciales o privadas autorizadas.

Trabajadores de viñas

  • Edad: 57 años sin distinción de género
  • Servicios: 25 años de servicios

Los trabajadores que se desempeñen en alguna de las actividades mencionadas pueden acceder a la jubilación especial. Es importante que antes de tramitarla, se aseguren de cumplir con los requisitos. 

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