• 21/11/2024

¿Cómo hacen los jubilados para elegir entre obra social y prepaga?

A partir del DNU que implementa cambios en la derivación de aportes, surgieron algunas dudas sobre lo que puede hacer la población pasiva
Por BN
03/03/2024 - 09:30hs
¿Cómo hacen los jubilados para elegir entre obra social y prepaga?

Los jubilados pueden elegir entre obra social y prepaga, pero muchos se preguntan cómo decidir cuál es la mejor opción y cómo llevar a adelante el trámite. Además, a raíz del decreto 170/24, que establece que cada beneficiario puede elegir libremente el prestador del servicio de salud, surgieron muchas dudas al respecto.

Esto se suma a los aumentos en las cuotas que sufrieron muchos adultos mayores tras la desregulación de la economía impulsada por el Gobierno Nacional. 

En esta nota te contamos lo que los jubilados deben contemplar para tomar la decisión más acorde a su situación económica y de salud, y las diferencias entre obras sociales y prepagas. 

Cómo hacen los jubilados para elegir entre obra social y prepaga

Para elegir entre obra social y prepaga, los jubilados deben tener en cuenta cuestiones importantes como su estado de salud y los valores que manejan cada una de las opciones. Algunos pasos para tomar la mejor decisión, son los siguientes:

Los jubilados pueden elegir entre obra social y prepaga para lo cual es importante que consideren determinadas cuestiones
Los jubilados pueden elegir entre obra social y prepaga, para lo cual es importante que consideren determinadas cuestiones
  • Investigación y comparación: en primer lugar, los jubilados pueden analizar las distintas opciones disponibles en su área y comparar las características de varias obras sociales y prepagas, incluyendo la cobertura médica, los costos mensuales, los servicios adicionales y la red de prestadores.
  • Consideración de necesidades médicas: es prioritario que los jubilados evalúen sus propias necesidades médicas. Esto puede incluir condiciones preexistentes, la necesidad de medicamentos específicos, la frecuencia de visitas al médico, entre otros factores.
  • Consultas con profesionales de la salud: los jubilados pueden hablar con sus médicos de confianza para obtener recomendaciones sobre qué tipo de cobertura médica sería más adecuada para sus necesidades específicas. Los profesionales de la salud pueden brindar información valiosa sobre qué obras sociales o prepagas tienen una mejor reputación en términos de calidad de atención.
  • Revisión de costos y beneficios:es importante comparar los costos mensuales de las diferentes opciones, así como también los copagos por servicios médicos y medicamentos. También deben considerar los beneficios adicionales que pueden ofrecer las prepagas, como descuentos en ópticas, cobertura para tratamientos odontológicos, entre otros.
  • Accesibilidad y comodidad: los jubilados, muchos de los cuales tienen limitaciones en su movilidad, deben prestar atención a la ubicación y la accesibilidad de los prestadores de servicios médicos incluidos en la cobertura. También es importante evaluar la facilidad para realizar trámites administrativos, como la autorización de prácticas médicas o la solicitud de reembolsos.
  • Revisión de opiniones y experiencias: buscar reseñas y testimonios de otros jubilados que utilicen cada opción puede ser interesante para conocer sus experiencias y opiniones. Esto puede proporcionar información útil sobre la calidad del servicio al cliente, la eficacia de la cobertura médica y otros aspectos relevantes.
  • Flexibilidad y cambios: algunos jubilados optan por comenzar con una opción y luego cambiar si no están satisfechos. Es importante para ellos saber si tienen la libertad de cambiar entre obras sociales y prepagas si así lo desean.

El DNU que permite elegir entre obra social y prepaga

El 21 de febrero se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 170/24, que establece la posibilidad de elegir entre obras sociales y prepagas, medida que entra en vigencia el viernes 1 de marzo

El DNU 170/24 establece la libre elección de obra social o prepaga
El DNU 170/24 establece la libre elección de obra social o prepaga

"Con el objetivo de darle libertad de elección a los usuarios e impulsar la libre competencia entre Obras Sociales y Prepagas, el Gobierno Nacional avanzó en la reglamentación del DNU 70/23, con la publicación de los Decretos 170/2024, 171/2024 y 172/2024, publicados hoy en el Boletín Oficial. Se modificaron distintos artículos de las leyes 26.682, 23.660, 23.661, el decreto N° 504/98 y se deroga el N°343/2023. Estas modificaciones permitirán, entre otras cosas, que los beneficiarios puedan elegir derivar sus aportes y contribuciones a una Obra Social o a una Entidad de Medicina Prepaga", indica.

Se establece como beneficiarios de las entidades a los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia, sea en el ámbito privado o en el sector público, y a los jubilados y pensionados nacionales.

Cómo hacen los jubilados para elegir entre PAMI y una prepaga

El PAMI no está incluido en las modificaciones establecidas, por lo cual todo seguirá como hasta ahora. Hoy hay algunas entidades de medicina prepaga que, al tener convenios con una obra social, aceptan la derivación de aportes provenientes de los haberes. No se traslada, en rigor, el monto del descuento que tiene la jubilación de cada persona, sino un importe fijo, para todos por igual.

Una opción posible sería que los jubilados que se quedan en la obra social de su actividad (algunas entidades ofrecen esa posibilidad, en lugar de que al retirarse los trabajadores vayan al PAMI) se transfiera el monto que efectivamente se retiene de las prestaciones que, según el nivel del ingreso, es de entre el 3% y cerca del 6% del haber bruto.

Los jubilados han sufrido aumentos en las cuotas de las prepagas
Los jubilados han sufrido aumentos en las cuotas de las prepagas

Cuál es la diferencia entre obra social y prepaga

La obra social y la prepaga son empresas de salud que ofrecen cobertura médica a las personas. En ambos casos, esas firmas están reguladas y controladas por la Superintendencia de Servicios de Salud, que depende del Ministerio de Salud de la Nación.

La principal diferencia entre obra social y prepaga a nivel local es que las primeras se rigen por la ley 23.660 y 23.661, en tanto que las segundas tienen su propia ley y normativa, ley 26.682 y concordantes.

La naturaleza de ambos tipos de empresa es lo que constituye otra importante diferencia entre obra social y prepaga. Muchas veces las obras sociales son propiedad de los gremios y sindicatos de una actividad, y todos los afiliados aportan para mantenerlas. Las prepagas son iniciativas privadas y hasta ahora, previo a la desregulación del sistema de salud, no podían derivarse aportes a ellas.

En resumen, los jubilados deben realizar una evaluación exhaustiva de sus necesidades médicas, los costos y beneficios de cada opción, así como también la accesibilidad y la calidad del servicio antes de tomar una decisión informada sobre si elegir una obra social o una prepaga.

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