¿Quién fue el que creó el aguinaldo en Argentina?
Llega diciembre y los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados cobran el aguinaldo. Si bien todos esperan el aguinaldo con ansias, pocos saben su origen y quién fue el creador del Sueldo Anual Complementario.
El aguinaldo corresponde al 50 por ciento del mayor ingreso percibido el último semestre. En el siguiente artículo te contamos todo lo que hay que saber sobre el Sueldo Anual Complementario (SAC).
¿Cuál es el origen del aguinaldo?
Las primeras veces que se escuchó hablar de aguinaldo fue en 1910, cuando un intente de la Ciudad de Buenos Aires, Manuel Güiraldes, pagó a sus trabajadores un salario adicional bajo el nombre de "Aguinaldo del Centenario" por las fiestas patrias.
Unos años más tarde, en 1924 el gobierno de Benjamín Villafañe en Jujuy sancionó la Ley provincial N° 619 que otorgaba al personal de servicio y ordenanzas públicos "medio mes de sueldo".
Fue recién en diciembre de 1945 cuando el aguinaldo fue establecido por decreto para toda la república Argentina. El gobierno militar de Edelmiro Farrell dictó el Decreto 33.302 el cual establecía que "se aumentan los salarios, se crea el Instituto Nacional de Remuneraciones, cuya función era entre otras fijar el salario mínimo y se instituye el sueldo anual complementario o aguinaldo".
Juan Domingo Perón tuvo un rol fundamental en la creación del sueldo anual complementario ya que era el vicepresidente, ministro de Guerra y secretario de Trabajo y Previsión. Además, Perón fue quien incentivó y presionó para que se lleve a cabo el decreto.
Perón comenzó a mostrar su apoyo a hacia los trabajadores, no solo aumentando los salarios, sino con nuevos convenios de trabajo, mejora de las jubilaciones, las vacaciones pagas, el salario mínimo, entre otras medidas.
Cuando Perón llegó a la presidencia en 1946, el aguinaldo se convirtió en la Ley 12.921, la cual luego la Ley 17.620/68 modificó estableciendo que el sueldo anual complementario se realice en dos pagos.
¿Cuándo se cobra el aguinaldo?
Todos los trabajadores formales en relación de dependencia deben recibir el aguinaldo ya que es un derecho laboral. Es importante conocer las fechas en las que corresponde recibirlo y cómo calcular el monto que se debe cobrar.
El aguinaldo se divide en dos pagos, el primero se abonó el junio, mientras que el segundo se cobrará en diciembre. Cada uno de los pagos corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador.
La fecha límite que los empleadores tienen para abonar el sueldo anual complementario es el 18 de diciembre, con la posibilidad de extenderse cuatro días hábiles, es decir, hasta el 22 de diciembre.
Los trabajadores deben recibir el aguinaldo antes de que termine el mes porque pretende ser una ayuda para las familias durante las fiestas.
Para conocer el monto que se debe cobrar en diciembre como sueldo anual complementario se debe tener en cuenta la mayor remuneración devengada el último semestre y la cantidad de meses trabajados.
Para realizar el cálculo, se puede aplicar la siguiente formula:
- (Salario / 12) x meses trabajados
Dentro del cálculo, se deben tener en cuenta el sueldo básico, las horas extras y cualquier otro monto adicional que se haya recibido. En caso de los trabajadores que cobren algún concepto no remunerativo, esas sumas no tienen que contemplarse en el cálculo del aguinaldo.
Por ejemplo, si un empleado comenzó a trabajar en julio de 2023 y el mejor salario del segundo semestre equivale a $200.000, el medio aguinaldo que se cobra en diciembre corresponde a:
- (200.000 /12) x 6 = 100.000
El valor del sueldo anual complementario a cobrar en diciembre es de 100.000 pesos.
Las personas que hayan trabajado el semestre completo recibirán el total del medio aguinaldo que corresponde en diciembre. Aquellas personas que no hayan trabajado todo el semestre, deben contemplar los meses trabajados.
Para conocer el monto exacto que se debe cobrar como sueldo anual complementario, existen calculadoras de aguinaldo en línea para aquellas personas que no quieran realizar el calculo de forma manual. Tan solo se deben ingresar la fecha de inicio de trabajo, el semestre del año y la mayor remuneración percibida.
Cabe destacar que en caso de que el vínculo laboral entre el trabajador y el empleador se extinguiera, el desvinculado tiene derecho a cobrar un proporcional correspondiente al sueldo anual complementario.