Prepagas: quiénes pueden pedir que le congelen la cuota y cómo es el trámite
A partir de octubre, las compañías de medicina privada o prepagas suspenderán el aumento de las tarifas de las cuotas durante un período de 90 días. Aquellos clientes que deseen aprovechar este beneficio deben llenar un formulario digital en el que los afiliados declaran si cumplen o no con los requisitos para que les congelen la cuota del mes de octubre.
En cuanto al proceso, el formulario es una declaración jurada que se encuentra en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud. De esta manera, durante los meses de septiembre, octubre y noviembre, tendrán la oportunidad de completar una declaración jurada en el portal de MiSSSalud antes del 20 de cada mes.
Quiénes pueden acceder al congelamiento de la cuota
Para que les congelen las cuotas, deben cumplir con los siguientes requisitos:
- No poseer ingresos brutos mensuales iguales o superiores a $ 2.000.000 (dos millones de pesos).
- No ser propietario de DOS (2) o más inmuebles.
- No ser propietario de TRES (3) o más vehículos (excepto los hogares donde exista al menos uno o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad).
- No ser propietario de UNA (1) o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP.
- No ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
Cómo es el trámite para pedir el congelamiento de la cuota
El sitio web de MiSSSalud redirigirá a la página de la AFIP, donde la persona deberá iniciar sesión con su CUIL y una clave fiscal de nivel 3 o superior. Luego, deberá agregar el servicio Mi SSSalud a su perfil de clave fiscal, lo cual se realiza en la sección "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal".
Una vez que el servicio de MiSSSalud esté vinculado a su perfil de clave fiscal en la AFIP, podrá acceder, a través del enlace original, a la sección "Declaración jurada para usuarios de empresas de medicina privada".
En esta declaración jurada, se le solicitará el CUIT de la compañía de medicina privada correspondiente.
Qué pasa si no completo el formulario
Si los afiliados de la prepaga no completan la declaración jurada en la página de Mi SSSalud, no tendrán el beneficio de congelamiento de la cuota y se les aplicará el aumento según el Índice de Costos de Salud. El congelamiento del aumento de las cuotas tendrá vigencia por 90 días, por lo que aplica para los servicios facturados desde septiembre en adelante, que se cobraran respectivamente en las facturas de octubre, noviembre y diciembre de 2023.
Por otra parte, los afiliados deben pagar las facturas con el aumento de septiembre -del 7,18% o del 5,58%- porque fueron enviadas en la segunda quincena de agosto. Quienes en agosto hayan percibido ingresos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles ($675.000), están habilitados a solicitar el congelamiento mediante el trámite online. La declaración jurada se debe hasta el 20 de cada mes.
Para poder realizar este trámite, tenés que ingresar al sitio oficial de AFIP con número de CUIL y Clave fiscal y realizar los siguiente pasos:
- En primer lugar, hay que ir al apartado Mis Servicios
- Allí ingresar en la opción Administrador de Relaciones de Clave Fiscal
- En la lista de organismos estatales, hay que seleccionar Superintendencia de Servicios de Salud
- Luego elegir la opción Mi SSSalud
- Posteriormente, deberán desloguearse y volver a ingresar a la AFIP para corroborar que el servicio haya quedado agregado
- Una vez hecho esto, hay que ingresar al sitio oficial de la Superintendencia de Servicios de Salud
- Elegir la opción declaración jurada de ingresos
- Completar el formulario de la "Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas"
- Clickear en la opción Sí, cuando el sistema arroje el siguiente mensaje "Declaro que poseo ingresos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles"
- Autorizar a la Superintendencia de Servicios de Salud a validar los datos ingresados con otros organismos
- Confirmar lo declarado