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La Justicia admite pedido de la Sociedad Rural para frenar el cobro de las retenciones al campo

Un juez federal tomó la decisión de admitir la acción colectiva que habían presentado la Sociedad Rural Argentina y la Sociedad Rural de Jesús María
22/04/2022 - 17:02hs
La Justicia admite pedido de la Sociedad Rural para frenar el cobro de las retenciones al campo

El Juez federal N° 1 de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, tomó la decisión de admitir la acción colectiva que presentaron la Sociedad Rural Argentina y la Sociedad Rural de Jesús María. El objetivo de esta solicitud era detener el cobro de las retenciones a los granos.

El pasado 21 de febrero, ambas entidades se habían unido para presentar una acción de amparo por la falta de sustento legal en el impuesto a las retenciones. De acuerdo a su criterio, resultan "inconstitucionales" e "ilegítimas" luego de que se hubiera caído el Presupuesto 2022 en el Congreso Nacional.

La resolución del magistrado indica que admite la acción colectiva. A su vez, delimita "la clase afectada a todos los productores agropecuarios del país". Además, apunta a "ordenar al representante legal de la Sociedad Rural Argentina que informe al Tribunal las diferentes formas habituales de comunicación con los miembros que integran la clase, a fin de evaluar aquella que resulte más idónea para notificarle a éstos la tramitación de la causa".

Fallo sobre retenciones: qué debe hacer la AFIP

La AFIP
La AFIP tiene que presentar su informe en un plazo de 30 días para fijar su posición

A partir de su fallo, Bustos Fierro indicó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) tiene que presentar su informe en un plazo de 30 días para que se pueda fijar su posición.

De acuerdo a lo publicado por el sitio Agrovoz, el 31 de diciembre de 2021 venció el plazo fijado en la Ley de Emergencia Pública que delegaba en el Presidente de la Nación reglamentar las alícuotas del tributo. En este sentio, dado que no se sancionó la Ley de Presupuesto 2022, que incluía una prórroga por 2 años de esa facultad, deja privado de sustento legal a los derechos de exportación exigidos con posterioridad a la fecha mencionada.

Qué habían dicho las sociedades rurales sobre las retenciones

En su presentación, las sociedades rurales habían argumentado que las retenciones a la exportación solo pueden ser exigidas por ley del Congreso, y el Poder Ejecutivo tiene prohibida su creación en cualquier circunstancia por ser manifestaciones del poder tributario del Estado. De acuerdo a lo que indicaron en el pedido, así lo dispone la Constitución Nacional, y tal como reconocen los precedentes de la Corte Supre,a más aún los últimos fallos de la materia.

Ante esto, desde la mesa de enlace se reunieron diputados y senadores de la oposición para avanzar en un proyecto para que el Congreso fije las alícuotas de las retenciones.

Desde el campo afirman que las retenciones son ilegítimas e inconstitucionales
Desde el campo afirman que las retenciones son ilegítimas e inconstitucionales

En 2022, el aporte de la agroindustria en materia de derechos de exportación a los granos y subproductos alcanzaría los 10.968 millones de dólares, según una estimación realizada por la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR). La cifra es superior a los 9.104 millones de dólares aportados en 2021 por las cadenas agroindustriales, pero 350 millones de dólares menor a la que estimaba la entidad en marzo.

A finales del mes de marzo, la Justicia Federal de Río Cuarto había decidido rechazar una acción similar presentada por la Sociedad Rural de esa ciudad.

En aquella ocasión, Carlos Arturo Ochoa, titular del Juzgado Federal de Río Cuarto, había dispuesto rechazar la solicitud de la entidad ruralista, al considerar que no estaban presentes los requisitos para tramitar el caso como proceso colectivo.

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