Cómo se tramita la declaración jurada para viajar
Así se viaje por negocios o por placer, en la Argentina para entrar o salir del país se tiene que tramitar la declaración jurada para viajar.
No se puede atravesar migraciones sin la declaración jurada para viajar o DD.JJ. como se la conoce en las áreas del gobierno correspondientes que controlan el flujo de personas.
Muchos requisitos sanitarios para los viajes, surgidos de la pandemia de COVID-19, se eliminaron recientemente pero permanece vigente la declaración jurada para viajar.
Por lo tanto, en el siguiente artículo detallamos cómo las personas la deben tramitar y dónde pueden hacerlo.
¿La declaración jurada para viajar es obligatoria?
Entre las medidas vigentes para el ingreso y el egreso de personas al territorio nacional se encuentra el requerimiento de completar y firmar electrónicamaente la declaración jurada para viajar.
Para tener una buena experiencia sin sobresaltos, sobre todo en época de vacaciones, es importante saber que deberá ser completada dentro de las 48 horas previas al viaje. Si se realiza antes el trámite no será tenido en cuenta para concretar el viaje.
Completar y poner a disposición de las autoridades este documento es un requisito ineludible y obligatorio para quienes entran o salen del país.
En relación al control de toda la documentación requerida para el ingreso al país, incluyendo la declaración jurada para viajar, la misma será exigida y verificada por los operadores de medios de transporte de pasajeros internacionales aéreos, marítimos y fluviales.
También será exigida la declaración jurada para viajar al transitar en transporte internacional terrestre de pasajeros.
Los argentinos, argentinas y residentes que presenten esquema de vacunación completo 14 días antes del ingreso, no deberán presentar test de diagnóstico y serán exceptuados de realizar el aislamiento.
Quienes no cuenten con esquema de vacunación completo deberán presentar PCR dentro de las 72 hs o test de antígeno dentro de las 48 hs previas al inicio del viaje y hacer aislamiento por 7 días desde la toma de muestra del test diagnóstico.
Por su parte, las personas extranjeras que hayan permanecido los últimos 14 días antes del ingreso en países limítrofes, deberán presentar esquema de vacunación completo y seguro médico COVID-19.
Personas extranjeras no residentes provenientes de países no limítrofes, deberán presentar esquema de vacunación completo, PCR dentro de las 72 hs o test de antígeno dentro de las 48 hs previas al inicio del viaje y seguro médico COVID-19.
Quienes no presenten esquema de vacunación completo 14 días antes del ingreso deberán presentar seguro médico COVID-19, PCR dentro de las 72 hs o test de antígeno dentro de las 48 hs previas al inicio del viaje, hacer aislamiento por 7 días desde la toma de muestra de la prueba diagnóstica, y constancia o certificación consular de la excepción de vacunación.
Quienes se hayan contagiado en los últimos 90 días previos al ingreso, deberán presentar PCR o test de antígenos positivo y el alta médica, habiendo transcurrido al menos 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o de la prueba diagnóstica.
Personas positivas por contacto estrecho deberán presentar el alta médica, habiendo transcurrido al menos 10 días desde la fecha de inicio de síntomas.
Vale la pena recordar que la declaración jurada para viajar o declaración jurada electrónica de Migraciones tiene carácter declarativo.
Durante los primeros 14 días de estadía, quienes ingresen al país deberán portar dicha documentación que podrá ser solicitada por las autoridades competentes.
Cómo completar la declaración jurada para viajar
La declaración jurada para viajar es un trámite obligatorio que se puede completar en Internet, desde la computadora o el celular.
El primer paso es ingresar al link correspondiente en el área de Migraciones de la web del Gobierno nacional.
Se abrirá entonces una ventana oficial que contiene un formulario, que es nada menos que la declaración jurada para viajar.
Los datos que se deben completar y que conviene tener a mano para llenar la declaración jurada para viajar son los siguientes:
- País emisor del documento de viaje
- Número de pasaporte o cédula
- Género
- Fecha de emisión del pasaporte o cédula
Tras completar esos datos en el formulario, la página muestra el contenido de la declaración jurada para viajar y detalla a qué se está comprometiendo quien la presenta en Migraciones.
Básicamente, la declaración jurada para viajar es un documento en el cual quien lo firma dice conocer la normativa vigente en el país para ingreso o egreso del territorio nacional, y aceptar las consencuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de las medidas y condiciones detalladas.
También se acepta el control de las autoridades nacionales, provinciales y de la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires respecto de las medidas de prevención sanitarias.
Una vez leído, se debe confirmar que se aceptan los términos de la declaración jurada para viajar haciendo clic en el espacio correspondiente y luego enviando el formulario por Internet, haciendo clic en el botón "Ingresar datos".
Quienes no necesitan la declaración jurada para viajar
Ya dijimos que la declaración jurada para viajar es un trámite obligatorio para atravesar Migraciones en viajes internacionales. Pero hay algunas pocas excepciones.
En el caso de las personas menores de edad o de las personas declaradas incapaces por sentencia judicial, la declaración jurada para viajar deberá ser completada por sus representantes legales.
Asimismo, las personas mayores de 70 años de edad quedan exceptuadas de la obligatoriedad de completar la declaración jurada para viajar en forma electrónica.
¿Es necesaria la declaración jurada para viajar a países vecinos?
Argentinos, argentinas y residentes deberán presentar la declaración jurada para viajar al ingresar a países fronterizos o desde los mismos, siempre que no se trate de casos que caen en lo que se cataloga como Tránsito Vecinal Fronterizo.
Las autoridades de Migraciones y de Salud simplificaron los requisitos para los casos de personas domiciliadas a 50 km de los corredores seguros terrestres que deben atravesar esas fronteras.
Para hacerlo, deberán presentar:
- Test de antígenos realizado dentro de las 24hs previas al ingreso al país y/o test PCR negativo en las 72hs anteriores,
- acreditar domicilio (hasta a 50 km del corredor seguro) y
- esquema de vacunación completo de al menos 14 días antes del ingreso.
Quienes cumplan estos requisitos podrán ingresar al país sin realizar el aislamiento obligatorio. Podrán ingresar únicamente residentes de las localidades fronterizas comprendidas dentro de un radio no mayor a los 50 km. Esto se hace acreditando residencia en las localidades fronterizas, presentando su TVF o inscribiéndose en los padrones brindados por los Municipios.
Esas personas igual deberán cumplir con los requisitos sanitarios, pero no será necesario que presenten la declaración jurada para viajar en los controles correspondientes.
Requisitos por COVID-19: ¿cuáles se eliminaron?
Además de completar la declaración jurada para viajar, quienes entren o salgan del país deben cumplir con los criterios sanitarios de prevención vigentes.
Es cierto que el 1 de noviembre de 2021, gracias a haber alcanzado el 50% de la población vacunada, Argentina eliminó la prueba de antígenos al arribo al país para todos aquellos ciudadanos que tengan el esquema de vacunación completo y con prueba PCR negativa en su país de origen.
Argentinos, argentinas y residentes que no presenten esquema de vacunación completo, deberán hacer cuarentena y realizarse un PCR al séptimo día de ingreso, que de dar negativo daría por finalizado el aislamiento.
Los y las menores de edad sin vacunación completa están eximidos/as de realizar el aislamiento y no deben realizarse el test PCR al séptimo día. A su vez, todos y todas las menores de 6 años también están exceptuado/as de presentar el PCR negativo de 72 horas previas al embarque.
Por su parte, las personas extranjeras no residentes que ingresen por motivos turísticos deberán presentar esquema de vacunación completo, PCR negativo 72 hs. previas al embarque y un seguro de salud de COVID-19, quedando eximidos de realizar cuarentena. Luego deberán realizarse un test PCR entre el 3er y 5to día del arribo al país.
Quienes se hayan contagiado en los últimos 90 días previos al ingreso, deberán presentar PCR positivo y el alta médica, habiendo transcurrido al menos 10 días desde la toma del PCR.
De no haberse cumplido con estas normativas de aislamiento o vacunación, o si se detectase la violación de alguno de estos requisitos -por ejemplo, presentando certificado de vacunación o examen de PCR "trucho"- se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se formularán las pertinentes denuncias penales, en función de lo dispuesto por los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.
Estos delitos se sancionan, respectivamente, con prisión de seis meses a dos años, a la violación de las medidas adoptadas para impedir la introducción o propagación de una epidemia y con prisión de 15 días a un año, a la resistencia o desobediencia a las órdenes emanadas de los funcionarios público.
Tanto la persona infectada como sus contactos estrechos deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera.
Declaración jurada para viajar: ¿es obligatoria la app Cuidar?
Muchas personas piensan que si están registrados en la aplicación oficial Cuidar, lanzada en plena pandemia para llevar adelante los controles sanitarios, se evitan otros requisitos como los test de PCR o completar la declaración jurada para viajar. Esto no es cierto.
Si bien la declaración jurada para viajar o la declaración electrónica de Migraciones se pueden completar online, no se hace esto desde la app cuidar y una no reemplaza a la otra.
Vale la pena mencionar que, en el marco de la emergencia sanitaria, el Ministerio del Interior a través de la Dirección Nacional de Migraciones dispuso que todas las personas argentinas y residentes que ingresen al país deberán utilizar la aplicación COVID 19-Ministerio de Salud en su versión para dispositivos móviles, o en su versión web, por el plazo mínimo de 14 días.
La mencionada aplicación necesaria para ingresar a la Argentina se puede descargar por Internet en el siguiente link de forma gratuita.
Declaración jurada para viajar y certificado de turismo
La declaración jurada para viajar no es lo mismo que el certificado de turismo, un documento que se utilizó para viajar durante la pandemia, cuando los traslados no estaban permitidos debido a la cuarentena estricta.
Recordamos que la declaración jurada para viajar es para presentar en el área de Migraciones cuando se realizan viajes internacionales. Por su parte, el famoso certificado de turismo se tramitaba también online pero servía para moverse entre jurisdicciones y sobre todo entre provincias en la etapa de mayores restricciones por la pandemia de COVID-19.
Pero a medida que cambió la situación epidermiológica, y que se extendió la campaña de vacunación en todo el país, en el caso de viajar dentro del territorio nacional la mayoría de las provincias ya no exigirán la declaración jurada para viajar ni Certificado de Turismo.
En el caso de que para un viaje sea necesario este último documento, el mismo se tramita a través de la aplicación Cuidar que puso a disposición gratuitamente el gobierno nacional o desde la página web preparada para tal fin.
El certificado solo se completa una serie de datos personales al menos 24 o 48 horas antes de viajar, según las condiciones del destino. Una vez aprobado, se podrá descargar el archivo en el teléfono o tenerlo en la aplicación Cuidar. Es mucho menos complejo que la declaración jurada para viajar e implica menores consecuencias.
Cada provincia y jurisdicción impuso sus propios requisitos para ingresar y moverse en su territorio. Por eso es que no es uniforme en todo el país el requisito de presentar un Certificado de Turismo. Pero si como siempre sigue siendo obligatorio presentar la declaración jurada para viajar en caso de que se egrese del país o se quiera entrar al mismo.