AFIP extiende sus beneficios para los monotributistas y otros contribuyentes
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende un conjunto de beneficios que tienen como finalidad facilitar y agilizar distintos trámites que realizan las y los contribuyentes.
Se trata de tres herramientas que están previstas en tres resoluciones generales que serán publicadas el próximo lunes, pero que ya están vigentes desde el año pasado en el marco de la emergencia sanitaria.
Los beneficios son los siguientes:
Exclusiones monotributo
La Resolución General Nº 5108 suspende hasta el 3 de enero de 2022 las exclusiones de oficio de monotributistas. Además se establece que ningún monotributista será dado de baja del régimen por falta de pago en diciembre de 2021.
Presentaciones Digitales
La Resolución General Nº 5105 extiende hasta el 31 de diciembre la obligatoriedad del uso de la plataforma que permite a los contribuyentes realizar gestiones online sin necesidad de concurrir a una dependencia. Hay más de 90 trámites disponibles.
El servicio ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo trámite, completar la información de uno anterior, visualizar en qué estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones. Inclusive permite a los ciudadanos acreditar la condición de apoderados o representantes legales de empresas. Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.
Datos Biométricos
Hasta el 31 de diciembre se renueva la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.
Planes de Facilidades
La Resolución General Nº 5106, por su parte, extiende los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas. La normativa, que busca asistir a las empresas afectadas por la pandemia, suspende hasta el 31 de enero de 2022 el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del promedio de ingresos mensuales de cada contribuyente.
Monotributo: paso a paso, cómo ingresar la deuda a la moratoria
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mantiene en plena vigencia la moratoria para monotributistas que permite refinanciar las deudas con un plan de hasta 60 cuotas.
Los pequeños contribuyentes pueden regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%. El plan de facilidades para que monotributistas regularicen obligaciones contempla la condonación de intereses y multas.
Para poder adherir a esta moratoria los pequeños contribuyentes deberán:
- Poseer domicilio fiscal electrónico.
- Declarar en el servicio "Declaración de CBU" de la página web de la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas.
La cantidad máxima de cuotas y la tasa de financiamiento a acceder dependerá de la categoría de los monotributistas:
Moratoria para monotributistas: cómo ingresar la deuda
A continuación, el paso a paso, que deben seguir los monotributistas para incorporar deuda a la moratoria:
-Ingresá con tu CUIT y clave fiscal.
- Buscá el servicio "Mis facilidades".
- Seleccioná "Validación de deuda".
- Se desplegará una pantalla donde deberás tildar las obligaciones que quieras incluir en el plan de pagos.
- Para incluir manualmente una deuda que no se encuentre detallada en los recuadros azules, seleccioná "Agregar Obligación". Se abrirá una pantalla donde deberás completar los campos requeridos en relación a la deuda que agregas y luego seleccionar "Confirmar".
- Si los datos son correctos, presioná "Confirmar y Generar Plan"
- Seleccioná la opción "Nuevo Plan".
- Comenzarás a cargar los datos del plan, empezando por la CBU de la cuenta de la que se debitarán las cuotas.
- Deberás seleccionar alguna de las opciones previamente cargadas en el servicio "Declaración de CBU".
- Una vez realizado presioná "Confirmar".
- A continuación, deberás seleccionar la forma de pago del plan y presionar "Confirmar".
- Podrás modificar la cantidad de cuotas del plan y visualizar la fecha en que vencerá cada una de ellas
- Si el pago se realiza al contado, antes de enviar el plan, deberás generar el VEP.
- Allí, seleccioná la entidad a la cual lo enviarás. Este paso quedará en estado "Pendiente" hasta que se acredite el pago y, una vez que se confirme, el plan se enviará automáticamente.
- Finalmente, para el caso de realizar el pago en cuotas, procederás al envío del plan cliqueando en el botón rojo.
Monotributo: las claves para acceder a la moratoria
¿Qué cantidad máxima de cuotas y de tasa de interés tiene la moratoria 2021 para el Monotributo?
Según se estableció por ley, los plazos máximos y la tasa de interés a aplicar para los planes de pagos sin penalidades ni multas dependerá de la categoría en la que se encuentre el monotributista. Se dividió en dos grandes grupos, como se detalla a continuación:
Categorías A, B, C y D tendrán 60 cuotas, a 1,25% de tasa máxima;
Categorías E, F, G, H, I, J y K, así como sujetos no inscriptos en el régimen simplificado: pueden acceder a 48 cuotas, al 1,5%.
Las cuotas a abonar serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.
Para evitar sorpresas desagradables al momento de hacer un pago es fundamental consultar los montos máximos y los disponibles. Los topes dependen de cada banco, del perfil de riesgo del cliente y del tipo de transacción.
El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 100 pesos. La fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión. Las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación.
Además de las obligaciones específicas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes devengadas al 30 de junio de 2021 (componente impositivo, aporte previsional, de obra social, infracciones por los conceptos precedentes) es posible reformular planes de pagos anteriores:
- Planes puros: se trata de planes de pagos vigentes vigentes al 22 de julio cuya deuda corresponde en su totalidad a conceptos del monotributo. Al reformular el plan y confirmarlo, implica que queda vigente el nuevo plan en los términos de la moratoria para monotributistas en curso. Las cuotas del nuevo plan vencerán a partir del día 16 del mes siguiente de efectuada la reformulación.
- Planes mixtos: se trata de planes de pagos vigentes al 22 de julio cuya deuda no corresponde en su totalidad a conceptos del monotributo. La confirmación de la reformulación significará la presentación del nuevo plan de facilidades de pago en los términos de la moratoria para monotributistas y la disminución del valor de las cuotas del plan original. Este último conservará las condiciones que se otorgaron en su momento, con excepción del monto mínimo de cuota y sus cuotas mantendrán los vencimientos originales.
¿Cuáles son los pasos para adherir a la moratoria del Monotributo?
Para solicitar el plan de pagos de deudas, el monotributista tendrá que realizar las siguientes acciones en la página web de la AFIP:
- Ingresar con clave fiscal al servicio "Mis facilidades";
- Ingresar en "Validación de deuda". Allí se deberá convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar la obligación adeudada a regularizar. Luego "Confirmar y generar plan";
- Elegir el plan "Régimen de regularización de deudas para pequeños contribuyentes";
- Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual debe encontrarse previamente informada;
- Consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago, que podrá ser:
- Plan de Facilidades de Pago: deberá elegir la cantidad de cuotas y enviar la solicitud de adhesión.
- Pago al contado: se generará un VEP que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación.
- Confirmar el envío del plan. El sistema generará el formulario de declaración jurada número 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada
¿Cómo adherir el servicio "Mis Facilidades" de AFIP para acceder a la moratoria y otros trámites fiscales?
Para solicitar la moratoria, y otros servicios ante la AFIP, los contribuyentes deberán tener habilitado el servicio "Mis Facilidades". A continuación, cómo se realiza:
- Ingresar con clave fiscal al "Administrador de relaciones de clave fiscal";
- En la opción "Adherir servicios", seleccionar el logo de la AFIP y luego "Servicios interactivos".
- En el listado que se desplegará, buscar "Mis facilidades" y confirmar el alta.
- Por último, deberán cerrar la sesión y volver a acceder con clave fiscal
Reintegro del Monotributo: cómo cobrarlo
Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma 9 meses las obligaciones mensuales accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.
La decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) facilita las condiciones para acceder al beneficio previsto para los pequeños contribuyentes que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito. La medida reduce, de manera excepcional, de 12 a 9 meses del año la condición para percibir el reintegro.
La Resolución General 5100 garantiza que los monotributistas puedan gozar del beneficio del reintegro que se efectivizará el próximo año.
El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos 9 meses será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.
Este año la AFIP reintegró más de $973 millones a más de 484 mil pequeños contribuyentes que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito. El reintegro se suma a distintas medidas implementadas para los monotributistas como los Créditos a Tasa Cero o la moratoria que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas.