Empleados que no se quieran vacunar no podrán ir a trabajar y no cobrarán sueldo en estas dos provincias
Esta semana, el presidente de la Unión Industrial Argentina (UIA) Daniel Funes de Rioja, en una rueda de prensa realizada tras la reunión de Junta Directiva, opinó sobre aquellos trabajadores que no deseen vacunarse y expresó que "en esos casos cesa la dispensa y también la remuneración". Esas palabras detonaron una polémica con los principales actores del mundo laboral.
Lo cuestionaron sindicalistas, la CGT y las CTA. También distintos funcionarios del Gobierno Nacional le salieron al cruce. Hoy el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, sostuvo que "no debería existir ninguna política sanitaria dictada desde las empresas". Además recordó que la vacunación contra el Covid-19 tiene carácter de optativo.
"Nuestra postura es de rechazo a cualquier sanción a trabajadores", le adelantaron a Iprofesional importantes fuentes del Ministerio de Trabajo de la Nación para ponerle un limite al asunto. "No hay nada que discutir al respecto", sentenciaron.
Antes de la intervención pública de Funes de Rioja la intención era llevar el tema al Consejo Federal del Trabajo, el organismo que integran todos los ministros de Trabajo del país y que tiene como función impulsar las políticas generales y marcos regulatorios.
Ahora eso cambió. Creen que el titular de la UIA está actuando políticamente y empujando a un conflicto que "no existe" en el mercado de trabajo. Por eso recalcularon: "No habrá norma general", aseguraron desde cerca del ministro de Trabajo Claudio Moroni.
Con este nivel de debate y de exposición pública, sospechan que sacar una normativa general para una mínima proporción de casos que se detectan sería abrir una vía para judicializar la situación. Implicaría abonar a un conflicto que todavía no es palpable.
Consultado ayer sobre el tema, el presidente de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), Mario Grinman, manifestó que no detectaron ningún caso de empresas que integren esa cámara en el que se haya plasmado algún caso de un empleado que no se haya vacunado.
Con este panorama, sigue en vigencia la regulación dictada a través de la Resolución conjunta 4/2021, que lleva las firmas del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo.
La normativa, publicada el pasado 8 de abril en el Boletín Oficial, estipula que los empleados que forman parte de los grupos de riesgo o sean personal de salud y "opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras".
No hace referencia concreta al resto del universo de los trabajadores y trabajadoras. Ello, según explicaron oficialmente, es porque se trata de un plan de vacunación nacional pero de carácter optativo.
Córdoba y Jujuy: en otra dirección y hasta con aval gremial
Mientras Nación, los sindicalistas y los empresarios debaten, ya hay algunas provincias, de diferentes colores políticos, que tomaron decisiones drásticas y aplicaron licencias extraordinarias para quienes se negaron a recibir la vacuna. En criollo: implica que los estatales que no se inoculen no percibirán su salario.
En Córdoba, el gobierno del peronista disidente Juan Schiaretti, otorga licencias obligatorias y sin percepción de haberes a las y los empleados públicos mayores de 60 años, que integran los grupos de riesgo por comorbilidades, que no hayan querido recibir la vacuna contra el coronavirus.
La decisión alcanza al personal administrativo y también a los docentes. La sorpresa, en un contexto en el que los gremios están exponiendo un paraguas general, es que la medida recibió el respaldo del sindicato mayoritario de maestros cordobés, la UEPC. "Es una medida sensata", consideró Oscar Ruibal, su secretario General.
En Jujuy, tierra gobernada por el radical Gerardo Morales, ante el avance de la variante delta del coronavirus se resolvió exigir la vacunación obligatoria para los trabajadores públicos.
La medida se ejecutó a través de un decreto. Quienes no puedan acreditar su inoculación o justificar la determinación de no aplicarse las dosis serán considerados ausentes, con la pérdida de remuneración. Rige para todo los agentes dependientes de la administración pública provincial, entidades autárquicas, organismos centralizados y descentralizados, empresas y sociedades del Estado, cualquiera sea su situación de revista y lugar en que se presten servicios.
Habrá que esperar si en el resto de las jurisdicciones se encara algún camino similar o hay algún ordenamiento de hecho. "Es difícil que esto pueda homogeneizarse a nivel nacional porque las provincias tienen autonomía", reconocieron desde Trabajo.