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Declaración jurada para viajar: cómo son las medidas vigentes para volver al país o transitar por las provincias

Los extranjeros tienen prohibido el ingreso y para los argentinos hay pasos seguros. En todos, se debe completar la declaración jurada para viajar
ACTUALIDAD - 06 de Agosto, 2021

Mientras duran en la Argentina las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, es necesario firmar una declaración jurada para viajar dentro y fuera del territorio nacional.

Se trata de la Declaración Jurada Electrónica que está disponible en la página web de la Dirección de Migraciones.

Si estás planificando un viaje dentro de la Argentina o estás volviendo al país, lo mejor que podés hacer antes es chequear antes de movilizarte las medidas y restricciones vigentes oficiales.

En esta nota te contamos todo lo que tenés que saber sobre las restricciones vigentes para moverte por la Argentina y cómo completar la declaración jurada para viajar.

Declaración jurada para viajar a la Argentina

En este momento rige un cupo de menos de 1.000 personas por día para el ingreso a la Argentina desde el extranjero, y por supuesto que quienes tienen la fortuna de volver al país deben completar la declaración jurada para viajar.

Solo pueden entrar argentinos, no extranjeros, salvo en casos que la Dirección Nacional de Migraciones autorice específicamente por alguna de las siguientes causas: reunificación familiar, trabajo, salud, razones humanitarias.

Asimismo, las únicas vías de acceso desde el exterior del país son el Aeropuerto de Ezeiza, el Aeropuerto de San Fernando, el Aeroparque Jorge Newbery y la terminal Buquebus del puerto de Buenos Aires, ya que las fronteras terrestres se encuentran cerradas para el ingreso de visitantes desde fuera del territorio nacional.

En todos los casos quienes ingresan al país deberán completar a declaración jurada para viajar.

Como completar la declaración jurada para viajar

Cómo completar online la declaración jurada para viajar a la Argentina

Para volver al país desde el exterior uno de los requisitos será completar una declaración jurada para viajar que se encuentra disponible en la página web de la Dirección de Migraciones y se llena de manera electrónica

La declaración jurada se debe llenar 48 horas antes del embarque. Para las personas menores de edad y aquellas con capacidades diferentes, puede ser llenada por el padre, la madre o tutor legal.

Asimismo, las personas mayores de 70 años quedan exceptuados del requisito de completar la declaración jurada de manera electrónica.

Para completar efectivamente el documento se deberán brindar los siguientes datos:

  • País emisor del documento de viaje
  • Número de pasaporte o cédula
  • Género
  • Fecha del pasaporte o cédula
  • Email del pasajero

Por último, el viajero se compromete a cumplir con los términos y condiciones impuestos por el gobierno, a conocer la normativa pública vigente en relación a la emergencia sanitaria por el COVID-19 al momento de su partida, a estar al tanto de los corredores seguros para ingresar o salir del país, de las disposiciones para viajeros internacionales, a la posibilidad de suspensión o reducción de las autorizaciones y permisos para ingresar al país, entre otras cosas.

Finalmente, en la declaración jurada para viajar se aceptan las medidas y condiciones vigentes del país de destino al salir y de la República Argentina al regresar, incluyendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de lo detallado previamente.

¿Quiénes no pueden entrar al país?

Declaración jurada para viajar: está prohibido entrar al país por motivos de turismo

El Gobierno nacional prorrogó las pautas para el ingreso y egreso al país que incluyen, entre otros puntos, la suspensión de los vuelos que tengan como origen o destino el Reino Unido, Irlanda del Norte, áfrica, Brasil, Chile y La India. 

Esto es así debido a que las autoridades sanitarias buscan retrasar el ingreso y expansión de la variante Delta del COVID-19 en el territorio nacional. Por eso se restringe la entrada de personas al país y las que sí ingresan deben completar la declaración jurada para viajar además de cumplir con otras restricciones, incluyendo guardar la cuarentena.

El cumplimiento efectivo de la cuarentena obligatoria será supervisado por las autoridades de cada jurisdicción donde declaren domicilio quienes ingresen al país. Para ello Migraciones creó un tablero electrónico que comparte en tiempo real con los gobiernos provinciales la información de quienes ingresan al territorio nacional.

Los extranjeros que quieran ingresar por turismo tienen prohibida por el momento esa posibilidad. Para el ingreso de extranjeros autorizado como excepción por Migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer corredores seguros. Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena obligatoria.

Declaración jurada para viajar cuando sos argentino

Declaración jurada para viajar: la terminal de Buquebús es uno de los pasos seguros para entrar o salir del país

Los argentinos nativos y extranjeros residentes en el país pueden transitar por los pasos habilitados que son los aeropuertos de Ezeiza, San Fernando, Aeroparque Jorge Newbery y la terminal de Buquebus en Buenos Aires para entrar y salir del territorio nacional, pero deberán completar la declaración jurada para viajar y guardar la cuarentena al volver del exterior.

En tanto, los argentinos que salgan del país deberán completar la declaración jurada para viajar disponible en la página de Migraciones, dentro de las 48 horas previas a abordar y cumplir con los requerimientos del lugar de destino.

Al volver, siempre por los pasos habilitados, esos mismos argentinos también deberán completar la declaración jurada 48 horas antes de embarcar para emprender el regreso.

Además de completar el documento, los argentinos que reingresen al país deberán atravesar un total de tres pruebas para detectar el SARS-CoV-2, cuyo costo corre a cargo del pasajero. La primera es previa al ingreso al país, luego del ingreso se realizará un nuevo testeo, y otro con posterioridad de 7 días al ingreso.

Durante esos siete días se guarda cuarentena estricta, y no cumplir con ese requisito implicará que se violó la declaración jurada que se firmó en el ingreso al país.

Quienes resulten negativo en la prueba realizada al arribo al país, deberán cumplir con el aislamiento obligatorio en los lugares que las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires indiquen al efecto, y el costo corre por cuenta del pasajero.

Por el contrario, quienes resulten positivo en el test practicado al séptimo día de arribo al país, el laboratorio interviniente deberá arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera, sobre la base de los mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar de aislamiento.

Si la tercera y última prueba da resultado negativo, se considera la condición necesaria para finalizar el aislamiento obligatorio al cual el ciudadano se comprometió en la declaración jurada para viajar.

Tanto la persona infectada como sus contactos estrechos deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera.

Las personas extranjeras autorizadas además deberán adjuntar seguro médico Covid-19 y tanto el PCR como el seguro serán requeridos para abordar.

¿Qué pasa si no cumplo con la declaración jurada?

En la declaración jurada las personas que ingresan al país se comprometen a guardar un estricto confinamiento y a realizarse las correspondientes pruebas para detectar la presencia del virus en su organismo.

No cumplir con lo comprometido es una ofensa grave.

Las penas por incumplir con el aislamiento social al cual el viajero se compromete en la declaración jurada para viajar, puede resultar en sanciones que pueden incluir desde 15 días a un año de prisión por resistencia y desobediencia a las órdenes de un funcionario público, hasta prisión de entre seis meses y dos años, por la violación de las medidas adoptadas para impedir la introducción o propagación de una epidemia en el territorio nacional.

¿Declaración jurada para viajar por el país o Certificado de Turismo?

No todas las jurisdicciones exigen la declaración jurada para viajar. Los requisitos

En el caso de viajar dentro del territorio nacional, la mayoría de las provincias no exigirán la declaración jurada para viajar pero sí un Certificado de Turismo.

El mismo se tramita a través de la aplicación Cuidar que puso a disposición gratuitamente el gobierno nacional o desde la página web preparada para tal fin. 

El certificado solo se completa una serie de datos personales al menos 24 o 48 horas antes de viajar, según las condiciones del destino.

Una vez aprobado, se podrá descargar el archivo en el teléfono o tenerlo en la aplicación Cuidar. Es mucho menos complejo que la declaración jurada e implica menores consecuencias.

Pero cada provincia y jurisdicción impuso sus propios requisitos para ingresar y moverse en su territorio. Estas son algunas de las más importantes vigentes hasta el momento

Provincias de Buenos Aires, de Entre Ríos, de San Luis, de San Juan y Salta:

  • Certificado Turismo 48 horas antes de viajar en la aplicación Cuidar

Ciudad de Buenos Aires

  • Declaración jurada antes de la llegada a destino en https://permisos.seguridadciudad.gob.ar/solicitudturismo/
  • Test de Covid-19 gratuito al arribo dentro de las 72 horas en puntos habilitados. Válido tanto para turistas nacionales como para residentes mayores de 12 años que regresen a la Ciudad después de estar más de 3 días a más de 150 kilómetros. 

Provincia de Río Negro

  • PCR o Test de antígeno negativo para quienes ingresen por avión u ómnibus de larga distancia, dentro de las 72 horas previas al viaje. No solicitado a menores de 10 años ni a quienes ingresen a la provincia con vehículo particular.
  • Permiso de circulación provincial y completar la declaración jurada para viajar 24 horas antes de ingresar.

Provincias de La Pampa, Jujuy

  • Permiso nacional de circulación

La Rioja

  • Certificado Turismo
  • PCR negativo o Test Rápido negativo realizado en las últimas 72 horas
  • Declaración Jurada para viajar de la Provincia https://bit.ly/DDJJLaRioja.

Formosa

La provincia está cerrada al turismo. Para ingresar se debe tramitar el permiso especial del gobierno provincial. 

Santiago del Estero

  • Para ingresar por vía aérea: completar la declaración jurada SICOIN y PCR Negativo. En caso de no tenerlo, se realizará uno gratuito al llegar a la provincia.
  • Por convenio de libre circulación, personas de Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán o La Rioja no deben presentar PCR.

Chubut

  • Certificado de Turismo
  • PCR Negativo realizado 72 horas antes del ingreso a la provincia, solo para las personas provenientes de CABA o la provincia de Buenos Aires por vía aéreo o transporte terrestre de pasajeros (excepto menores de 10 años acompañados por un adulto conviviente)
  • Obra social con cobertura en Chubut o seguro de viaje Covid-19
  • App Cuidar con declaración jurada 72 horas antes del ingreso
  • Constancia de reserva en un alojamiento habilitado o declaración del domicilio donde se aloje

Chaco

  • Pasaporte Covid de la provincia /
  • Se deberá indicar PCR negativo o contar con certificado de vacunación al menos 14 días previos de inoculación o ser paciente recuperado de Covid-19 en los últimos 4 meses.

Córdoba

  • Descargar la APP Cuidar con la respectiva Declaración Jurada para viajar.
  • La restricción de circulación será de 0 a 6 horas, excepto para actividades esenciales.

Catamarca

  • Completar la Declaración Jurada de Solicitud de Ingreso a la provincia.
  • No se pedirá más certificado PCR negativo, pero algunos municipios efectuarán test de antígeno en sus ingresos.

Corrientes

  • Certificado de vacunación, PCR gratuito al ingresar a la provincia o alta epidemiológica
  • Permiso nacional de circulación y permiso provincial 

Misiones

  • Certificado Turismo
  • Test PCR negativo realizado 48 horas antes de viajar. De no tenerlo, se puede hacer de manera gratuita en el ingreso a la provincia
  • App Misiones Digital

Tierra del Fuego

  • Certificado Turismo 
  • Reserva del alojamiento turístico habilitado en el destino
  • Cobertura Médica (Seguro de Asistencia al Viajero con cobertura de contingencias vinculadas a Covid-19 u Obra Social con cobertura de alcance en la provincia)
  • En Ushuaia, Cerro Castor abre la temporada de esquí al turismo nacional para las vacaciones de invierno

Tucumán

  • Permiso de circulación
  • PCR Negativo 72 horas antes de viajar
  • Las provincias de la Región Norte tienen libre circulación, por lo que personas de Salta, Jujuy, Catamarca, Santiago del Estero y La Rioja no deben presentar PCR

Santa Cruz

  • PCR o Test de antígeno negativo 48 horas antes para quienes lleguen por vía aérea y 72 horas antes por vía terrestre.
  • Permiso de circulación provincial
  • Reserva hotelera

Neuquén

  • Certificado Turismo
  • Circulación restringida entre las 00 hs y las 06 hs.

Santa Fe

  • Certificado Turismo
  • Reserva de un alojamiento habilitado
  • Registrarse en la aplicación Covid-19 de la provincia y completar la Declaración Jurada en la web del gobierno provincial

Mendoza

  • Certificado Turismo
  • Circulación restringida entre las 00.30 y las 05.30 horas.

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