• 12/12/2024

¿Se puede convocar hoy a trabajadores de riesgo que ya estén vacunados?

Quienes estén vacunados, y se hayan inoculado hace 14 días o más, podrán ser convocados a trabajar por sus empleadores, según la norma nacional
23/04/2021 - 19:03hs
¿Se puede convocar hoy a trabajadores de riesgo que ya estén vacunados?

La sanción del reciente Decreto 241/20 ha generado algunas dudas entre los empleadores y trabajadores, sobre todo en virtud de algunos comentarios en distintos medios sobre una posible suspensión o derogación de la Resolución Conjunta 4/2021 del Ministerio de salud y Ministerio de Trabajo empleo y Seguridad Social que permite convocar a trabajadores vacunado.

Debemos recordar que, con fecha 09/04/2021, el Gobierno, a través de la Resolución conjunta 4/2021, previó la posibilidad que los empleadores puedan convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores incluidos los dispensados que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos CATORCE (14) días de la inoculación.

Por lo que quienes estén vacunados y tienen 14 días desde la inoculación de acuerdo a esta Resolución Conjunta se los podría convocar siendo la norma de alcance Nacional.

Sí aclara la norma que esta convocatoria no se podría aplicar a:

Personas con Inmunodeficiencias:

• Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave

• VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable)

• Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días)

Y Pacientes oncológicos y trasplantados:

• con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa

• con tumor de órgano sólido en tratamiento

• trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

A los cuales no se los puede convocar.

Los trabajadores que están vacunados podrán ser convocados para trabajar
Los trabajadores que están vacunados podrán ser convocados para trabajar

Y en el caso de trabajadores de la salud con alto riesgo de exposición, dispensados del deber de asistencia al trabajo por encontrarse comprendidos en los incisos b) y c) del artículo 1° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 207/2020 podrán ser convocados una vez transcurridos CATORCE (14) días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad, independientemente de la edad y la condición de riesgo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 5° de la presente.

Aclarado esto, con la sanción del Decreto 241/20, como viene ocurriendo desde el 20/03/2020, se ha dispuesto una vez más la prórroga de la dispensa de personal de riesgo previsto en la Resolución 207/20 del MTEySS, lo que llevó a pensar a algunas personas que dejaba sin efecto la Resolución conjunta 4/2021 antes mencionada.

Esto no deroga la Resolución conjunta, ni suspende su aplicación, sino simplemente complementa una situación que se viene dando desde el inicio de la declaración de la pandemia en el país.

Recordemos que aún hay muchos trabajadores de riesgo que no han sido vacunados, que hay situaciones que pese a estar vacunados no se los puede convocar por su patología, y que la resolución conjunta es optativa, es decir que no es obligatoria para el empleador, sino que éste puede optar de convocar a su personal de riesgo con una sola vacuna o bien el empleador puede decidir continuar declarándolos como dispensados hasta la aplicación de ambas vacunas y su inmunización.

Por estas razones y situaciones que deben ser protegidas es que se ha dispuesto, como ha ocurrido cada 15 o 20 días con cada Decreto, que extiende la situación de aislamiento o distanciamiento social, también la prórroga de la dispensa de prestación de tareas del personal de riesgo.

Actualmente hay algunos trabajadores de diversos rubros que ya han sido vacunados
Actualmente hay algunos trabajadores de diversos rubros que ya han sido vacunados

Pero en ningún momento del Decreto 241/20 dispone la derogación o suspensión de la Resolución conjunta y la posibilidad de convocar personal de riesgo allí comprendido.

Sino complementa la Resolución 207/20 prorrogando la excepcionalidad del personal de riesgo que aún no puede ser convocado o que el empleador decide no convocar hasta tanto reciba el trabajador el esquema completo de vacunación, o se dé por finalizado el riesgo a su vida y su salud.

Por lo que, el Decreto de ninguna manera impide que el empleador pueda hacer uso de la facultad de convocar a su personal de riesgo, sino que entendemos que en realidad ambos se complementan, concluye el Dr. Fernando Bianchi, especialista laboral de Arizmendi.