Efecto coronavirus: cuántas empleadas domésticas en blanco fueron cesanteadas en 4 meses
La crisis provocada por el coronavirus parece interminable. En 4 meses, dieron de baja más de 20.000 empleadas domésticas en blanco.
A pesar de los decretos y decisiones del Gobierno obligando a los empleadores a pagar los salarios habituales a pesar de que por las medidas de aislamiento no puedan realizar las tareas, la mayoría no está percibiendo esos ingresos o fueron cesanteadas, en especial las que se desempeñan en la informalidad.
En otros casos, se condiciona el pago del jornal o del salario a que trabajen, violando las disposiciones oficiales de la cuarentena.
Los empleadores de personal doméstico quedaron excluidos del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (DNU 332/2020) que otorga una ayuda económica mensual a los trabajadores, deducible del salario que debe pagar el empleador.
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Entonces, al no recibir esa ayuda, una parte de los empleadores con personal doméstico registrado, afectados en sus ingresos por la cuarentena, resuelve no pagar los salarios.
Por otro lado, el personal doméstico, en blanco, informal o desocupado, tiene derecho a cobrar el bono de $ 10.000 (IFE), que no es deducible del salario que le corresponde, y la AUH si tiene hijos menores a cargo.
Aunque la prohibición de suspensiones y despidos sin justa causa alcanza también al personal doméstico, las cesantías son numerosas teniendo en cuenta que más del 70% trabaja en la informalidad ("en negro"). Por su parte, los últimos registros del Ministerio de Trabajo marcan que en los primeros 4 meses de este año el personal doméstico declarado por los empleadores se redujo de 497.700 a 477.000: 20.700 empleos registrados menos.
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Qué dice el decreto
De acuerdo al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 297/2020, durante la cuarentena, todas las trabajadoras de casas particulares, estén registradas o trabajen informalmente tienen derecho a no ir a trabajar y a cobrar su salario habitual completo.
Como excepción, y según el artículo 6 del DNU 297/20, "las únicas trabajadoras del hogar obligadas a prestar tareas durante la cuarentena son las cuidadoras o cuidadores no terapéuticas de personas enfermas, discapacitadas o mayores de 60 años que estén solas y requieran asistencia. O que, teniendo familiares o allegados, por alguna razón justificada no pudieran ocuparse y también las trabajadoras que desarrollen tareas de cuidado de niños o niñas ("niñeras") cuyos padres deban trabajan fuera de su casa", según explicó Matías Isequilla, abogado laboralista y asesor legal de organizaciones sindicales ante la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
No obstante, "si la cuidadora estuviera dentro del grupo de "personas de riesgo" como mayores de 60 años, con embarazo y/o que padecen enfermedades respiratorias, enfermedades cardíacas, inmunodeficiencias, diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses, pacientes oncológicos en tratamiento, tampoco tienen la obligación de trabajar y le asiste el derecho a dicha licencia con goce íntegro de salario" .
También la Resolución del Ministerio de Trabajo 207/2020 dispone que se considerará justificada y, por ende, no dará lugar a la pérdida del salario, la inasistencia al empleo de la cuidadora que se encuentre a cargo de un niño, niña o adolescente mientras dure la suspensión de clases en las escuelas establecida por Resolución N° 108/2020 del Ministerio de Educación de la Nación.