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Así serán los controles reforzados para entrar y salir de la Ciudad de Buenos Aires desde el lunes

Se harán en los 40 accesos vehiculares, en el transporte público y en los pasos peatonales para garantizar que sólo se trasladen trabajadores esenciales
28/06/2020 - 20:24hs
Así serán los controles reforzados para entrar y salir de la Ciudad de Buenos Aires desde el lunes

La Policía de Ciudad, los agentes de Tránsito y los agentes de Prevención reforzarán a partir de mañana los controles en los 40 accesos vehiculares a la Ciudad de Buenos Aires, en el transporte público y en los 26 pasos peatonales, con el objetivo de garantizar que sólo se trasladen trabajadores esenciales en el marco de la pandemia de coronavirus, se informó hoy oficialmente.

Se realizarán controles a usuarios de transporte público en los distintos Centros de Trasbordo; corredores de Metrobus; ingresos al subte habilitados y sobre las líneas de colectivo que circulan dentro de la Ciudad.

Para circular en la nueva fase, los trabajadores esenciales deberán volver a tramitar sus permisos que pueden llevar en forma impresa, digital o en la aplicación Cuidar.

Además, se habilitarán permisos especiales que tendrán 24 horas de duración y sólo podrán tramitarse dos veces a la semana para padres y madres separados, trámites impostergables y urgencias, la asistencia a familiares y las personas que estén realizando un tratamiento prolongado.

Para ello deberán consignar el número de tarjeta SUBE a la hora de tramitar.

Asimismo, se controlará el uso de tapabocas y para quienes no respeten la medida se prevén sanciones de $10.700 a $79.180 y/o inhabilitación.

Cuáles son los acceso habilitados

Los 20 accesos habilitados son los siguientes: puente Alsina; cruce Avenida Roca; cruce Av. Eva Perón; cruce Av. Rivadavia; cruce Av. San Martín; cruce Av. Cabildo; peaje Parque Avellaneda; peaje Illia; Peaje Dellepiane, autopista Ricardo Balbín; puente Pueyrredón Nuevo; puente La Noria; cruce Av. 27 de Febrero; subida Av. Gral Paz por 27 de Febrero; Acceso Oeste; autopista Ricchieri; Acceso Norte; Puente Avellaneda; Lugones y Sarmiento; subida a la autopista 25 de Mayo (Liniers).

Los 20 semihabilitados para personal de salud, seguridad, transporte público y de cargas son: cruce Av. Francisco Fernández de la Cruz Avenida; Puente Pedro de Mendoza; cruce Av. de los Corrales Avenida; cruce Av. Emilio Castro Avenida; cruce Calle Tonelero Calle; cruce Víctor Hugo Calle; cruce Calle Ricardo Gutiérrez / ferrocarril San Martín; cruce Emilio Lamarca y cruce Av. Juan B Justo.

Además, cruce Av. Juan B. Alberdi; puente Victorino de la Plaza; puente Olímpico; puente Pueyrredón Viejo; cruce Calle Agrelo; puente Zapiola; retorno Gral. Paz Río de la Plata desde Gral. Paz hacia Riachuelo/ cruce Av. San Martín; retorno Gral. Paz Río de la Plata desde Gral. Paz hacia Riachuelo/ altura Av. Del Libertador; cruce Av. Parque Roberto Goyeneche; cruce calle Plaza y cruce Av. de los Constituyentes.

Se controlará el uso de tapabocas y para quienes no respeten la medida se prevén sanciones de $10.700 a $79.180

En tanto, los 26 puentes peatonales habilitados son el Peatonal Av. Gral. Paz (27 de Febrero); el puente Peatonal (Av. Gral. Paz y Madariaga); el puente Peatonal (Av. Gral. Paz y Corrales); el puente Peatonal (Av. Gral. Paz y Gral. Fructuoso Rivera); puentes Peatonales Av. Gral. Paz (Goleta Santa Cruz); el puente Peatonal Av. Gral. Paz (Zuviria); el puente Peatonal Av. Gral. Paz (De la Rosa); y puente Peatonal (Gregorio de Laferrere)

También el puente Peatonal Av. Gral. Paz (Av Directorio); el puente Peatonal Av. Gral. Paz (Rodó); el puente Peatonal Av. Gral. Paz (Tapalqué); el puente Peatonal Av. Gral. Paz (U. Schmidl); el puente Peatonal Boqueron Humaita; el puente Peatonal Av. Gral. Paz (Aguaribay); puente Peatonal Av. Gral. Paz (Arregui); el puente Peatonal calle Gallardo; puente Peatonal Av. Gral. Paz (Bermudez); y el puente Peatonal (Calle Mercedes).

El puente Peatonal (Ezeiza); el puente Peatonal (Condarco); el puente Peatonal Bajada Juan B de la Salle 3932M; el puente Peatonal Juan B. de la Salle 4850; puente Peatonal Juan B. de la Salle (Rivera Indarte); el puente Peatonal Av. Gral. Paz (Mariano Acha); el puente Peatonal Vedia; y el puente Parque de los Niños.

Los 27 accesos cerrados son la Av. Gral. Paz Cruce Calle Griveo Calle; cruce Calle La Cachila Calle; Zufriategui y Colectora Cantilo; Retorno Empalme AU Luis Dellepiane y Av. Gral. Paz de Rio de la Plata a Riachuelo; puente Bosch; puente Superi; Av. Gral. Paz cruce Calle Grecia; cruce Calle 11 de Septiembre de 1888 Calle; Av. Gral. Paz Cruce Curupayti / ferrocarril Urquiza Calle; cruce Calle Dr. Ángel Roffo Calle; y cruce Calle Tinogasta Calle.

La Av. Gral. Paz Cruce Calle Bruselas Calle; cruce Calle Ibarrola; Av. Gral. Paz Cruce Concordia; cruce Cnel. Martiniano Chilavert; empalme AU Luis Dellepiane y Av. Gral. Paz; cruce Av. Libertador Avenida; bajada Av. Gral. Paz (salida calle Vedia/ altura Zapiola); bajada Av. Gral. Paz (salida calle Vedia/ altura Superi); cruce Ricardo Balbín; Av. Gral. Paz Cruce Av. Gral. Mosconi; autopista Perito Moreno - Bajada Gallardo; Av. Lugones y Dorrego; Av. Lugones y Ombúes; Av. Lugones y La Pampa; Av. Lugones y Udaondo; y Gral Paz y Jorge Chávez.

El listado de las actividades esenciales

En este marco, sólo podrán utilizar el transporte público los trabajadores de 24 actividades esenciales detalladas en un decreto presidencial firmado este viernes.

Quedan exceptuadas del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios.

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a obra pública.

Sólo
Sólo "esenciales": se reforzarán los controles en el AMBA.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Preocupación oficial por la congestión en trenes y colectivos.
Preocupación oficial por la congestión en trenes y colectivos.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.