Será parcial la devolución de los saldos de Ganancias

Será parcial la devolución de los saldos de Ganancias
ACTUALIDAD - 22 de Enero, 2011

Los empleados que tengan saldo a su favor en el impuesto a las ganancias por el ejercicio fiscal 2010, y ese saldo se derive de la aplicación de las modificaciones que se anunciaron durante el año pasado tendientes a aliviar la carga del impuesto, obtendrán la devolución correspondiente sólo en febrero de 2012. Es decir, cuando se realice la liquidación del tributo por los ingresos percibidos en 2011. (Lea más aquí)

De todas formas, si al calcularse ahora el impuesto de 2010 según las tablas de valores que regían en 2009, resultara aún un saldo favorable al trabajador, en ese caso sí el empleador deberá hacer la devolución el mes próximo, según aclararon fuentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) citadas por La Nación.

Esto podría ocurrir, por ejemplo, porque el empleado declara nuevos conceptos para deducir de la base imponible, mediante la presentación del formulario 572.

El organismo recaudador tiene previsto aclarar esta situación, mediante una norma que ya fue firmada por Ricardo Echegaray, y cuya publicación está prevista para los próximos días en el Boletín Oficial.

Según explicaron en la AFIP, el problema con la liquidación se generó por el hecho de que los cambios que fueron anunciados durante 2010 quedaron sólo en una resolución, sin ser ratificados por una ley del Congreso.

Una resolución no es norma suficiente para un cambio de carácter impositivo, sino que se requiere una norma: por eso, si bien las retenciones a los salarios sí se hicieron -y se seguirán haciendo- sobre la base de la letra de la medida aprobada por la AFIP-, para la liquidación final del impuesto deberá considerarse lo que está escrito en la ley de ganancias.

Esa norma, al no haber sido modificada en 2010, tiene las tablas de cálculo vigentes en 2009, explicó el matutino porteño.

El cambio anunciado a mediados del año último fue la suba de un 20% de los montos de deducciones por cargas de familia, y de la ganancia no imponible. Esa medida derivó en un alza del salario mínimo alcanzado por el tributo.

Así, esta última variable pasó de $4.015 a $ 5.553 en el caso de un asalariado sin cargas de familia, y de $4.818 a $6.662,80 en el caso de un empleado casado y con dos hijos a su cargo.

Según la resolución 3008 de la AFIP, conocida en los primeros días de este año, la retención que las empresas deberán hacer este año mes tras mes, se realizará teniendo en cuenta estas modificaciones anunciadas.

Esa misma norma había previsto que queda postergado, hasta febrero de 2012, el ingreso de los saldos a favor del fisco que podrían resultar al calcular el valor total anual del impuesto y descontarse los pagos hechos por las retenciones salariales durante 2010.

Las decisiones de diferir la liquidación del impuesto por los ingresos recibidos en 2010 les sirve a los funcionarios para ganar tiempo mientras esperan que este año los legisladores aprueben una ley con los cambios anunciados.

El Poder Ejecutivo había incluido la decisión en el proyecto de Ley de Presupuesto 2011, que no fue votado, recordó La Nación.

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