Factura web: rigen nuevas pautas para quien genera más de 1.800 comprobantes al mes
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ajustó el trámite de facturación electrónica que deben cumplir quienes emiten más de 1.800 comprobantes al mes.
La medida fue dada a conocer a través de la resolución general 2969 publicada en el Boletín Oficial. Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce), explicó a este medio que el "nuevo mecanismo es de aplicación para los sujetos que revisten el carácter de auto-impresores, que están incluidos en el régimen de factura electrónica y que emiten más de 1.800 comprobantes en el mes".
Asimismo, los sujetos que emitan menos de 1.800 comprobantes mensuales también podrán solicitar su adhesión cuando formen parte de un grupo de empresas que compartan un mismo sistema integrado de emisión de comprobantes y siempre que se encuentre aceptada la solicitud de adhesión de la empresa que, siendo auto-impresora, emita más de 1.800 comprobantes mensuales.
La adhesión al nuevo código debe realizarse mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP. Para la misma, los contribuyentes tendrán que habilitar puntos de venta específicos que deberán ser distintos a los utilizados en el controlador fiscal, en comprobantes manuales, e incluso a los utilizados en comprobantes que se emitan con el flamante Código de Autorización Electrónico (CAE).