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El Gobierno dispuso cambios en el uso de las armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad

Una resolución autorizó a las fuerzas al uso de armas de fuego en "caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves" en el marco del G20
30/11/2018 - 09:18hs
El Gobierno dispuso cambios en el uso de las armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad

Una resolución del Ministerio de Seguridad firmada por su titular, Patricia Bullrich, autorizó a las fuerzas de seguridad federal que se encuentran bajo su órbita al uso de armas de fuego en "caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves".

La resolución, con fecha del martes 27 y que no fue publicada en el Boletín Oficial como es habitual para este tipo de normativas, establece un "reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad" y provocó alarma entre organismos de derechos humanos ya que el texto no establece un periodo de vigencia o un ámbito geográfico para su aplicación.

El reglamento establece la autorización de armas letales en caso de que se amenace la seguridad por personas que porten armas o que, sin portarlas, puedan provocar peligro inminente de lesiones o muerte. La resolución podría ser aplicada por la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina y la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

 

Voceros oficiales del Ministerio de Seguridad señalaron a Infobae: "Esta medida ya está en vigencia y se contempla su aplicación para situaciones de peligro inminente de ataque con armas letales contra las figuras de los líderes presentes en la Argentina durante la cumbre del G20. Este reglamento lo homologan, es decir, lo adoptan las custodias de líderes extranjeros".

La resolución establece que las fuerzas de seguridad podrán usar armas de fuego "en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves, para impedir la comisión de un delito particularmente grave que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente y hasta lograr su detención", de acuerdo a la normativa misma.

Entre los considerandos de la resolución se indica que se ampara en el "Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley adoptado por la Asamblea General de la ONU", de 1979, e invoca a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para justificar su aplicación.

 

"Es un escándalo, esta resolución no fue publicada en el Boletín Oficial cuando cualquier tipo de reglamentación de esta naturaleza debe ser conocida por cualquier miembro de las fuerzas de seguridad, deben estar visibles en cada comisaría", dijo a Infobae la abogada María del Carmen Verdú, titular de CORREPI:

"La resolución dice que si un miembro de una fuerza piensa que hay un arma puede disparar y autoriza de este modo un accionar represivo impune".

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