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Expertos explican qué hacer cuando la AFIP no responde a una multinota

No son pocas las veces que al intentar presentar una Multinota (Formulario 206), el empleado de la AFIP se niega a recibirla     
04/10/2017 - 11:42hs
Expertos explican qué hacer cuando la AFIP no responde a una multinota

No son pocas las veces que al intentar presentar una Multinota (Formulario 206), el empleado de la AFIP se niega a recibirla.

Ante esta situación bastante frecuente, las opciones suelen ser dos:

– Irnos sin poder presentar la Multinota.

– Pedir que se emita un F. 4004 como una constancia del rechazo del trámite realizado por el contribuyente donde deben constar los motivos del rechazo pero, que al ser de uso interno de AFIP, a veces,  también se niegan a emitir.

Desde el Blog Contadores en Red señalan una nueva opción que surge de la reunión del Espacio Consultivo AFIP- Consejo porteño del 15 de junio pasado:

En todas las Agencias del fisco nacional cuentan con “Asistentes al ciudadano”, que funciona como Defensoría del Contribuyente. El nombre del Asistente al Ciudadano debe figurar en un lugar visible.

Deben encontrarse dos Agentes, un titular y un suplente. Así es que se puede solicitar al Asistente para que interceda en esas situaciones; en el caso que no se pueda resolver, que registre el reclamo y facilite al Contribuyente el número de ese reclamo.

Registro de CBU

Asimismo, la AFIP ajustó los pasos a seguir para registrar las CBU de los contribuyentes utilizando el servicio “Declaración de CBU”.

A continuación, los pasos a seguir:

1 -Ingresar al servicio “Declaración de CBU”.

2 - El sistema muestra el listado de CBU declaradas, por lo que si antes del 1/6/2017, ya habían realizado la declaración del CBU para solicitar por ejemplo la devolución por contribuyente buen cumplidor, la misma ya les va a figurar en el listado como declarada. El sistema también muestra si hay informadas CBU de terceros y si hay autorizados para el uso de la CBU.

3 - Para declarar una CBU, debemos hacer clic en “Registrar CBU” y allí nos aparecerá una pantalla para cargar el numero (todavía no permite cargar el alias). Al momento de cargarla deberemos informar si la misma es para utilizarla en “Mis Facilidades” o es para “Devoluciones” o si es para ambas.

4 - Una vez aceptada la carga el sistema mostrará el CBU declarado, la entidad bancaria a la cual pertenece y si fue aceptado desde que fecha, señalan desde el Blog Contadores en Red.

Registro de CBU

De acuerdo a la reglamentación vigente, el CBU es utilizado no sólo para las erogaciones realizadas por la AFIP, sino también para validar las órdenes de débito que efectúan los contribuyentes a través de los sistemas institucionales que admiten como forma de pago el débito en una cuenta bancaria.

Asimismo están obligados a registrar una o más Claves Bancarias Uniformes en el registro, los contribuyentes que adhieran a los sistemas de AFIP que admiten como forma de pago el débito en cuenta bancaria, accediendo con clave fiscal al servicio “Declaración de CBU”, para lo cual deberán previamente:

- Constituir y/o mantener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico.

- Informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular, a través del servicio con clave fiscal “Sistema Registral” – “Registro Tributario”, opciones “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”.

Por otra parte, la CBU declarada debe corresponder a una cuenta en pesos, habilitada en una entidad bancaria autorizada por el Banco Central de la República Argentina y sus titulares puedenn autorizar el uso de la misma a un tercero mediante el servicio “Declaración de CBU”, quien aceptará o rechazará tal autorización a través del mismo servicio.