Claves del plan para transparentar precios al contado y por qué "no garantiza que bajen"
Un día después de lanzar el "plan sinceramiento" en pago al contado, el secretario de Comercio, Miguel Braun, reconoció que la decisión del Gobierno de exigir a los comercios diferenciar precios en efectivo y en cuotas, "no garantiza" que ello ocurra.
"La medida no garantiza que bajen los precios. El Gobierno no controla los precios. Con esta medida se busca crear un marco de mayor competencia y transparencia, que llevará a que los consumidores tengan mejores ofertas y precios", sostuvo el funcionario.
En declaraciones radiales, el funcionario de Cambiemos admitió que "si los comercios se cartelizan, los precios no van a bajar".
A su criterio, esa medida "va a permitir más competencia entre los financiadores".
"Es que obliga a blanquear el costo financiero. Las cuotas -hasta este momento- tenían un costo financiero y quien pagaba al contado lo sufría también".
Braun añadió que desde el 1° de febrero "debería igualarse el precio al contado con el pago en efectivo. El compromiso del Gobierno es con los trabajadores y creemos que este año va a haber un crecimiento en el consumo".
Pese al optimismo del Gobierno, el consumo masivo arrancó el 2017 con señales negativas. Los primeros 23 días de enero muestran una baja de las ventas en los hipermercados del 5% en unidades, al igual que en los supermercados más chicos del interior, según confirmaron las cámaras de supermercados y negocios chinos a Bae.
La Casa Rosada estima que como los precios tienen cargado el costo financiero aunque se los pague al contado, al sacar esa sobrecarga el precio de contado debería bajar entre un 15 y un 20 por ciento.
El funcionario reclamó a "los comercios y los bancos que digan la verdad y que después el consumidor decida qué hacer. Porque ningún banco ni ninguna tarjeta regala la plata".
El Poder Ejecutivo aclaró que la medida no representa la eliminación de los programas "Ahora 12" y "Ahora 18", sino que el objetivo es informar al consumidor cuál es el precio de contado.
Braun indicó, también, que "la reducción de aranceles para productos tecnológicos está provocando una baja en los precios, por lo que beneficia a los consumidores".
El esquema de precios que proyecta el Gobierno
Punto por puntoMás allá del efecto que pueda o no tener en los precios, a continuación repasamos los principales puntos de la resolución oficial:
• La prohibición de efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta, refiere a operaciones que se realizan en un único pago.
• Quienes comercialicen productos y/o servicios no podrán efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado o efectivo, o en un solo pago con tarjeta de débito, de compra, de crédito u otros medios electrónicos de pago.
• Cuando los precios se exhiban financiados, deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total.
• Quienes comercialicen productos y/o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas no podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes, bajo cualquier forma de difusión (oral o escrita, radial, televisiva o por internet, entre otras) la frase "sin interés", cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado al precio de venta al consumidor.
• Se entenderá que el costo de financiación ha sido trasladado al precio de venta al consumidor cuando el comerciante deba abonar el costo de la financiación a algún proveedor de servicios financieros de forma directa, o a través de un descuento en la liquidación de la venta.
• La información del costo financiero total de la operación deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas, en una tipografía en color destacado de idéntica fuente y tamaño al menos cinco veces mayor --conservando todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho-- al que se utilice para informar la tasa de interés efectiva anual aplicada y/o la cantidad de cuotas y/o su importe.
• Se establece que las entidades bancarias, financieras y emisoras de tarjetas de crédito, compra o débito, así como las administradoras de las mismas, serán responsables del cumplimento de las normas vigentes en materia de exhibición e información de precios, cuando realicen o participen en forma conjunta en el ofrecimiento, promoción o en las acciones publicitarias de productos y/o servicios ofrecidos bajo la modalidad de venta financiada en cuotas.
• La medida prevé sanciones para incumplimientos de hasta cinco millones de pesos en función de lo establecido por la Ley de Lealtad Comercial 22.802 y de la Ley de Defensa del Consumidor 24.240, según corresponda.