Presentan el régimen para compras "puerta a puerta": habrá que pagar un impuesto de 50%
El Gobierno presentará el nuevo régimen del servicio "puerta a puerta" para las compras online en el exterior.
Para recibir el producto importado habrá que cumplir con cinco pasos y se deberá pagar un impuesto del 50 por ciento.
Los pasos a seguir:
1- Comprar el producto: ingresar a la web elegida y generar la compra más el pago del producto o de los productos seleccionados.
2- Completar el formulario de la AFIP: con ese número, el comprador deberá generar un Volate Electrónico de Pago (VEP) en la página de la administración y pagarlo a través de home banking o en la sucursal bancaria. Ese pago es el que habilitará al courier o al correo a llevar el producto al domicilio indicado.
3- El producto se envía cuando está autorizado: al concretar el pago, se generará un número de tracking que sirve para seguir la ruta del envío desde cualquier parte del mundo al país.
4- Recibir el producto en tu casa: el límite para traer un envío por correo es de 200 dólares por operación o hasta dos kilos de peso. Son cinco envíos al año, por lo que se podrán realizar compras por hasta 1000 dólares por esta vía. Según fuentes oficiales, habrá una franquicia de 25 dólares sin arancel, franquicia que será anual y no por operación
5- Informar a la AFIP que recibiste el producto: el usuario deberá declarar ante el organismo fiscal que ya tiene el producto en su poder. Entonces la AFIP le informará cuántos cupos le quedan disponibles (si hizo una compra, le quedarán cuatro por hacer).
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Cuáles serán las nuevas condiciones
-Tope de hasta 5 envíos anuales
-Compras no podrán superar los 50 kilos
-El tope para compras será de u$s1.000
-Se podrán comprar hasta tres unidades de un mismo artículo
-Está permitida la importación de alimentos
-Quien compre algo por este servicio deberá notificar por Internet a la AFIP
A principios del 2014, para evitar la fuga de dólares, el Gobierno de la ex presidenta Cristina Kirchner había decidido restringir la compra de productos a través de páginas web en el exterior.
A través de la RG 3579, la AFIP estableció que cada persona sólo podría efectuar dos compras en el año calendario.
Además terminaba con el servicio de entrega "puerta a puerta", lo que obligaba a retirar las encomiendas desde la Aduana, previa presentación del formulario 4550 y pago de VEP, en caso de ser necesario.
La resolución establecía la presentación de una "declaración jurada" a realizar con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería.