El Gobierno completará los beneficios impositivos para las Pyme
El Gobierno acelera los tiempos para poner en marcha cuanto antes los distintos proyectos confeccionados para revertir las malas noticas que llegaron en el primer semestre y lograr mejorar la economía en los próximos meses.
Con la aprobación de la devolución de IVA para jubilados y benefiarios de planes sociales y la iniciativa de blanqueo y reforma jubilatoria ya encaminada en el Congreso, el equipo económico buscará luz verde para potenciar a las pequeñas y medianas empresas.
Es que el Ejecutivo es consciente la importancia que tiene el sector. No por nada el mismo Mauricio Macri fue el encargado de anunciar el paquete de medidas que apunta a mejorar la situación de estas compañías.
En aquella oportunidad, ante más de 70 empresarios del sector, el mandatario remarcó que "el 99% de las empresas son Pyme. Son 4 millones de argentinos que todos los días se levantan y salen a trabajar".
Por eso ordenó avanzar con una ambiciosa propuesta con beneficios para las pequeñas compañías.
Los incentivos atacan a dos de los problemas que más dolores de cabeza generan en los pequeños comerciantes, industriales o empresarios: los impuestos y la financiación para nuevos proyectos productivos.
El primer punto es uno de los que más reclamos generaron en los últimos años. No es para menos, si se tiene en cuenta que la presión impositiva creció constantemente y terminó en una de las cifras más altas de la región.
Claro que, por el tenor de algunas de las reformas que plantea incorporar, no todas las medidas pueden ser implementadas inmediatamente, sino que requieren de también de un tratamiento legislativo. Es decir, la aprobación del Congreso.
Las otras, fueron instrumentadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y ya están en plena vigencia.
En total, el Gobierno nacional planea poner en marcha seis medidas que le permitirán a las pequeñas y medianas empresas tener un poco más de aire de cara al tan esperado segundo semestre.Beneficios activosEntre las ventajas impositivas que ya pueden ser disfrutadas por las Pyme, se encuentran las implementadas por el organismo de recaudación a cargo de Alberto Abad a mediados de mayo pasado.
A través de la resolución general 3878, el fisco instrumentó dos beneficios en particular:
• Pago trimestral del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
• Certificado de exclusión automático de retenciones.
La medida alcanza a las pequeñas y medianas empresas que desarrollen actividades de servicios, actividades agropecuarias y comercio comprendidas en el tramo 1 de las categorías establecidas en la Ley 25.300.
Dicho de otro modo, podrán acceder las compañías cuyas ventas anuales no superen:
• Agropecuarios: $100 millones.
• Comercio: $450 millones.
• Servicios: $125 millones.
En este último caso, la norma aclara que si se trata de personas humanas los que brindan servicios, habrá que considerar el monto de facturación para la categoría Micro Empresa (es decir, $2.500.000 al año).
Abonar el IVA cada tres meses representa un gran alivio financiero para las Pyme. No hay que olvidar que muchas de estas compañías terminan de cobrar sus facturas mucho tiempo después del momento en que realiza la venta.
A estos dos puntos puede agregarse un tercer benficio. A fines de mes, la AFIP también lanzó otras medidas que incrementaron un 400% el monto mínimo a partir del cual se retiene el Impuesto a las Ganancias y un 135% en el caso del IVA.
A través de la resolución general 3884, el organismo de recaudación ajustó los montos establecidos para determinar quién debe ser pasible de retención en Ganancias. La última vez que se habían modificado estos valores había sido en el año 2000.
Entre los montos que se elevaron, figuran los importes mínimos de retención. Hasta el momento del ajuste, los pequeños contribuyentes no estaban obligados a retener cuando el monto era inferior a $20. Hoy se elevó a 90 pesos.
Pero, además, actualizó el anexo donde fija los montos no imponibles de retención por cada una de las actividades. Por caso, los profesionales no eran pasibles cuando los honorarios facturados eran inferiores a 1.200 pesos. Con la reforma, el monto pasó a ser de 7.500 pesos.
Es decir, que la gran mayoría debía resignar una parte de sus ingresos. No hay que olvidar que las retenciones se practican por los agentes en el momento del pago. Por ende, dejaban parte de sus honorarios en manos del fisco.
En cuanto al IVA, la resolución general 3887 fijó que no se deberán practicarse en los casos de operaciones realizadas con responsables inscriptos cuando el importe a retener resulte igual o inferior a 400 pesos.
Asimismo, la normativa -que modificó la resolución 2854 de 2003- incrementó de $10.000 a $24.000 el importe de la facturación a considerar para que los agentes de retención deban practicar detracciones en los pagos.Las que están por venirLa propuesta ingresada por el Ejecutivo en la Cámara de Diputados, plantea una reforma importante en los principales impuestos que recaen sobre las Pyme.
En concreto, los beneficios se pueden resumir en tres:
Ganancias: propone computar como pago a cuenta y hasta la concurrencia del monto de la obligación que en concepto de Impuesto a las Ganancias se determine en relación al año fiscal o ejercicio anual, la suma que resulte de:
• Aplicar la tasa del 8% sobre el valor de la o las inversiones productivas.
• El importe no podrá superar el monto que se determine mediante la aplicación del 2% sobre el promedio de los ingresos netos mensuales obtenidos en concepto de ventas, prestaciones o locaciones de obra o de servicios.
Al respecto, la iniciativa resalta que el "beneficio resulta incompatible con el régimen de venta y reemplazo consagrado por el Artículo 67 de la Ley de Impuesto a las Ganancias", así como con "confranquicias de índole tributaria dispuestas en otros cuerpos legales".IVA: la propuesta establece que los créditos fiscales del IVA originados en inversiones productivas podrán ser convertidos en un bono intransferible utilizable para la cancelación de tributos nacionales.
Es decir, que podrán ser utilizados para pagar Ganancias, Ganancia Mínima Presunta o el mismo Impuesto al Valor Agregado. Incluso, tal como surge del texto presentado en Diputados, podrán cancelarse deudas aduaneras.
El mismo no podrá ser utilizado para la cancelación de gravámenes con destino exclusivo al financiamiento de fondos con afectación específica.
Tampoco podrá utilizarse para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación del beneficiario al régimen. Por último, se aclara que, "en ningún caso, eventuales saldos a su favor darán lugar a reintegros o devoluciones".
Por último, la iniciativa establece un cupo fiscal de $5 millones. Dicho de otra manera, superado ese importe por año, no podrá solicitarse ningún bono más aunque existan más créditos fiscales por inversiones. Otros impuestos: el proyecto establece un tratamiento impositivo especial para las Pyme que incluye:
• Exclusión del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
• Cómputo como pago a cuenta de Ganancias del 100% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos bancarios.
Sobre el último punto, el texto de la propuesta manifiesta que de existir un remanente no compensado, no podrá ser objeto de compensación con otros gravámenes o de solicitudes de reintegro o transferencia a favor de terceros.
La idea del Gobierno es complementar estas medidas tributarias con otras de índole crediticia, como la de ampliar la línea de inversión productiva que autoriza el Banco Central al sistema financiero, pasando de un cupo del 14% de los activos de los bancos a un 16 por ciento.
Asimismo, el BICE creará la línea "Mi primer Crédito" para todas las PyMEs que nunca accedieron al financiamiento. La línea de inclusión financiera supone un monto disponible de casi $7.000 millones.
Los pequeños empresarios deberán esperar ahora a que la norma pueda avanzar sin mayores cambios en el Congreso para poder disfrutar de estas otras ventajas tributarias y sentir, al menos por ahora, que la presión impositiva va cediendo un poco.