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La Corte limita intereses que los bancos cobran a usuarios de tarjetas de crédito

Fue en un fallo contra el Banco Itaú al cual le exigió que la tasa no supere el 25% de las tasas aplicadas a préstamos personales
17/05/2016 - 20:25hs
La Corte limita intereses que los bancos cobran a usuarios de tarjetas de crédito

La Corte Suprema ordenó que la tasa de interés al deudor de saldos en tarjetas de crédito no puede superar el 25 por ciento de las tasas aplicadas a préstamos personales. Y requirió el reintegro de la devolución de sumas percibidas en concepto de interés por incumplir dicho límite.

Fue en respuesta a una demanda de la Asociación de Protección del Consumidor -Proconsumer- contra el Banco Itaú, al cual le reclamó a la entidad que dejara de aplicar a sus clientes de tarjetas de crédito una tasa de interés superior al tope establecido en la ley que regula esos instrumentos financieros.

El tribunal dispuso adicionar intereses que respeten el principio de reciprocidad de trato (art. 26 de la Ley de Defensa del Consumidor). Es decir, que a los montos a devolver se aplicarán los mismos intereses que el banco percibe de sus clientes cuando éstos incurren en mora, de modo de reparar íntegramente a los usuarios y restablecer la equidad entre las partes, según informó el Centro de Información Judicial.

La sentencia desestima el recurso presentado por Itaú durante la jornada y ordena devolver el expediente a la instancia precedente, dejando firme la sentencia dictada por la Sala C de la Cámara. El fallo lleva las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.

La disposición podría sentar jurisprudencia sobre otros casos en los que las entidades financieras intentan aplicar intereses por encima de los porcentajes normales.

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