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AFIP extiende la generalización de la factura electrónica

Se dispondrán tres segmentos: el primero vencerá el 1 de abril; el segundo, el 1 de julio y el tercero, el 1 de noviembre próximo
16/03/2016 - 09:22hs
AFIP extiende la generalización de la factura electrónica

Si bien se había dicho que el 1 de abril próximo era el "Dia D" para la generalización de la factura electrónica, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) adelantó que se desdoblará en tres el cronograma de generalización de la factura electrónica.

Así lo adelanto, Marcelo Costa, subdirector general de Fiscalización del fisco nacional, en el marco de una charla dada en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño.

El funcionario adelantó, respecto de la obligatoriedad de implementación de la factura electrónica, que se dictará próximamente una resolución mediante la cual se dispondrá que el vencimiento se desdoblará en tres segmentos.

El primero vencerá el 1 de abril; el segundo, el 1 de julio y el tercero, el 1 de noviembre para así terminar con la implementación de la factura electrónica.

También se prevé una excepción para aquellos que tengan imposibilidad manifiesta por problemas de conectividad.

Adelantos

Asimismo, Costa adelantó los próximos pasos de la AFIP. Se va a sistematizar el pedido de devolución de tributos, haciéndolo extensivo para todas las otras solicitudes de devolución.

También se van a modificar los montos mínimos a partir de los cuales se deben cumplir con las presentaciones de los distintos regímenes de información, por ejemplo la declaración jurada informativa de Bienes Personales y Ganancias.

A su vez adelantó que la nueva gestión no es partidaria de hacer fiscalizaciones en forma masiva, sino por cruce de información de datos sistémicos, reduciendo de este modo los casos sujetos a investigación. Se tiende a una fiscalización en tiempos más cortos.

También se procura una armonía en los procesos de fiscalización, esto implica no forzar a hacer reclamos cuando ya hay una postura doctrinaria en el tema que se discute y lo que se busca es dilatar el proceso.

Factura electrónica en dólares 

En paralelo, la AFIP comunicó a través de su página web, la reinstalación de la facturación electrónica en dólares.

Si bien no existía ley que lo prohibiera, la emisión de facturas online en dólares no era posible debido a que los sistemas de facturación electrónica no lo permitían.

Complementariamente, el fisco nacional publicó una guía explicando el paso a pso para emitir facturas electrónicas en dólares:

Paso a paso

En primer término, la AFIP recuerda que se debe contar con CUIT / CUIL / CDI y clave fiscal (habilitada con nivel de seguridad 2, o superior). Además, los servicios denominados “Comprobantes en línea” y “Administración de puntos de ventas y domicilios” deben estar incorporados a la “clave fiscal”. 

PASO 1: Ingresar con la “clave fiscal” al servicio “Comprobantes en línea”.            

PASO 2: Luego de seleccionar el servicio “Comprobantes en línea” aparecerán en  pantalla los contribuyentes asociados a la CUIT ingresada. Se deberá cliquear sobre el botón correspondiente al contribuyente.       

PASO 3: Seleccionar la opción “Datos Adicionales del Comprobante” dentro de los ítems desplegados.       

PASO 4: Completar los datos requeridos, de corresponder. Luego, presionar “Guardar”.    

PASO 5: Seleccionar la opción “ABM Puntos de Ventas” dentro de los ítems desplegados.         

PASO 6: Habilitar un nuevo punto de venta para la emisión de comprobantes electrónicos y seleccionar el tipo de comprobante a utilizar. Luego, presionar el botón “Continuar”.    

PASO 7: Seleccionar la opción “Generar Comprobantes” dentro de los ítems desplegados.    

PASO 8: Completar los datos de emisión del comprobante y luego presionar el botón “Continuar”.  

Se debe tener en cuenta que se puede autorizar comprobantes en moneda extranjera seleccionando la opción “Moneda extranjera” y luego indicando el tipo de moneda. El sistema brindará de manera automática el tipo de cambio. Por último se debe presionar “Continuar”.

PASO 9: Completar los datos del receptor. Posteriormente, indicar las condiciones de venta y dar click sobre el botón “Continuar”.       

PASO 10; Completar los datos de la operación y al finalizar, oprimir sobre el botón “Continuar”.    

PASO 11: Visualizar los datos ingresados en las pantallas anteriores para su confirmación.  Y de ser correctos, se debe aceptar la operación. 

PASO 12: Una vez aceptada la operación, el sistema indicará que el comprobante ha sido generado y dará la opción de imprimirlo.

PASO 13: Se generará el comprobante solicitado por triplicado. De requerirlo, se podrá consultar los comprobantes generados. 

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