íšltimos días para informar deducciones en Ganancias
Restan solamente dos días para que se venza el plazo para que empleados en relación de dependencia puedan informar deducciones para el cierre anual del impuesto a las Ganancias.
Es que el 31 de enero finaliza el período para que se puedan detallar vínculos familiares, deducciones y percepciones referidas al 2014, con el fin de que los empleadores otorguen, si es que corresponde, un reintegro a favor de los empleados en sus respectivos sueldos en marzo de 2015.
El tributarista José Luis Ceteri explicó que hay dos maneras de llevar a cabo el trámite, según los ingresos. "Si uno no está informado sobre las posibles deducciones, pierde plata. El desconocimiento del empleador tiene un costo: pagar más impuestos", advirtió Ceteri en diálogo con NA.
Precisó que para poder presentar la actualización de la información hay dos modos posibles: el que se lleva a cabo online mediante la página web de la AFIP y el manual.
Para los empleados que tuvieron remuneraciones brutas mayores a 250 mil pesos en 2014 se debe concretar el trámite virtual, mientras que para aquellos que ganaron menos de ese monto, tienen que imprimir de ese sitio el formulario 572 y completarlo, para luego presentarlo ante el organismo dirigido por Ricardo Echegaray.
"Todos aquellos que trabajen en relación de dependencia y en 2013, durante los ocho primeros meses, cobraron más de 15 mil pesos brutos, van a estar afectados por el impuesto", señaló el contador.
Indicó que las deducciones permitidas son cuotas de prepagas, donaciones a entidades exentas por la AFIP, intereses abonados por préstamos hipotecarios, gastos de sepelios, sueldos y cargas sociales por personal doméstico, seguro de vida del empleado, aportes a sociedades de garantía recíproca, gastos de movilidad, viáticos de los autos de viajantes de comercio y pagos de atención médica del empleado y familia.
Además, señaló que antes del próximo 31 se debe informar sobre el impuesto del 35% por viajes y compras con tarjetas de crédito y débito en el exterior, el 20% de recargo por compra de dólares y el 34% del Impuesto al Cheque por depósitos durante el 2014.
"Una vez que el empleador recibió toda la información con la actualización, tiene que recalcular y reliquidar el impuesto anual y, si corresponde, reintegrar al empleado lo retenido, que será abonado con el sueldo correspondiente a febrero", subrayó.
Ceteri recordó que "hay empleados que en función de lo que ganaron el año pasado, quedan obligados a presentar declaraciones juradas de bienes personales independientemente de pagar Ganancias".