Dato clave para empresas: avanza proyecto de ley para que juicios laborales se actualicen a tasa del 36%
Con la inflación y la diferencia de criterios por jurisdicción en materia de intereses laborales, la situación dispar entre los juzgados del fuero de todo el país se fue haciendo más notoria desde 2008.
De acuerdo con la normativa vigente, al momento de efectuar un reclamo judicial, el empleado puede optar entre el juez jurisdiccional, el del lugar en donde se celebró el contrato o el del domicilio del demandado.
El problema en que se encuentran las empresas es que la tasa de interés aplicable para la actualización de las deudas de origen laboral es variable en función de la jurisdicción donde un empleado decide iniciar el reclamo.
De acuerdo a numerosos fallos, el Poder Judicial bonaerense utiliza como medio de actualización la tasa pasiva del Banco Provincia para operaciones de descuento a treinta días, lo que equivale a un 12% anual.
En tanto, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en la Ciudad de Buenos Aires, desde julio del año 2014 -en virtud de la Acordada 2601-, utiliza la tasa nominal anual que el Banco Nación aplica para préstamos de libre destino para un plazo de 49 a 60 meses, que equivale a un 36% anual aproximadamente.
En otras provincias como Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe o Río Negro, se utiliza para el cálculo de los intereses (desde que la suma es adeudada hasta su efectivo pago) la tasa activa del Banco de la Nación para préstamos, que actualmente es superior al 2% mensual, lo que lleva a un tipo de interés anual de alrededor del 25 por ciento.
Otros juzgados, teniendo en cuenta los niveles inflacionarios, comenzaron a aplicar la misma tasa activa pero con un incremento del 50%, lo que lleva a un valor cercano al 37 por ciento.
Esta notoria disparidad cobra mayor relevancia y urgencia de resolución si se tiene presente la gran cantidad de casos en litigio y las sumas millonarias en juego.
En ese contexto, la Cámara de Senadores acaba de dar media sanción al proyecto para que todos los juicios laborales se actualicen a la tasa de interés nominal anual que el Banco Nación aplica para préstamos de libre destino para un plazo de 49 a 60 meses, lo que en la actualidad representa un 36% anual.
Cuando la Cámara de Diputados le dé sanción completa, este criterio se aplicará en todas las jurisdicciones del país.
Esto representará un fuerte incremento en los costos y pasivos contingentes de las compañías, si bien, como punto a favor, podrán saber de antemano el valor al que se irá actualizando el monto de un litigio.
Aumento de la tasa de interésEn concreto, la iniciativa de la senadora María Higonet sustituye el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) vigente por el siguiente:
“Los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo, serán actualizados conforme la tasa de interés nominal anual que el Banco Nación aplica para préstamos de libre destino para un plazo de 49 a 60 meses, desde la fecha en que debieron haberse abonado hasta el momento del efectivo pago.
Dicha actualización será aplicada por los jueces o por la autoridad administrativa de aplicación de oficio o a petición de parte incluso en los casos de concurso del deudor, así como también, después de la declaración de quiebra”.
De acuerdo con la legisladora, la modificación propuesta establece “uniformidad y equidad para la totalidad de los trabajadores de la nación en este punto, eliminando las ventajas y desventajas de litigar en determinadas jurisdicciones, en virtud de contener disposiciones muy diversas en relación a la actualización de las deudas”.
De esta manera, se busca que se desvirtúe la elección voluntaria de la jurisdicción más favorable, lo que en la actualidad genera una sobrecarga de ingresos de litigios en ciertas jurisdicciones motivadas en dicho argumento.
RepercusionesSegún María Paula Nuñez, integrante del departamento de Derecho Laboral del Estudio Grispo & Asociados, esta discrepancia -que da lugar a diferencias de hasta un 100%- impone la necesidad del dictado de una ley nacional.
La misma debería estar orientada a determinar qué tasa de interés debe aplicar cada fuero, ya que hoy esto depende de la discrecionalidad de los magistrados quienes, con fundamento en el artículo 622 del Código Civil, la fijan en base a interpretaciones de la ley.
Esta situación, considerando además a las actas anteriormente referidas como simples pisos mínimos, desembocó en una gran inseguridad jurídica.
En la actualidad, "resulta más ventajoso iniciar un juicio laboral en Capital Federal, a una tasa del 25% anual, que iniciar la acción legal en otro lugar", sostuvo la letrada.
"Es decir, que los empleados, ante reclamos similares, incluso de igual monto nominal, resultan acreedores de diversos montos según la jurisdicción", señaló.
Con esta ley, "el empresario cuando despida o tenga alguna contingencia laboral, no va a pensar que es mejor 'patear el tema para adelante, pensando que total la inflación cubrirá parte de los gastos', indicó Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti - Darago - Lupi & Asociados.
El objeto de este cambio, según agregó, "es que considere que le es más conveniente económicamente pagar en plazo o más rápido ya que los intereses serán más altos, además de las contingencias tales como la derivación a AFIP, y otras más".
De acuerdo con Juan Manuel Minghini, socio del estudio Minghini, Alegría & Asociados, "cada vez son más las peticiones judiciales que exigen a los jueces una nueva adecuación respecto de los intereses que deben correr en los trámites laborales".
Para dicho especialista, esta propuesta resulta "totalmente lógica", porque busca mitigar los efectos de la inflación, teniendo en consideración que un procedimiento en este fuero tiene una duración superior a los dos años.
No obstante, indicó que, si bien esta ley tendrá consecuencias negativas para el empresariado, "las reglas resultarán más claras para todas las partes".
Así, según Minghini, "la empresa podrá saber de antemano el valor exacto del interés en un caso judicial, y efectuar una previsión con mayor consistencia. Incluso, será más claro para los jueces, que tendrán como respaldo de su sentencia una ley que les determina los intereses que deben aplicar en todos los casos".
Cuadro de una situación disparEn 2011, y con el objeto de terminar con las diferencias, el Congreso bonaerense dictó la Ley provincial 14.399 que fijaba la tasa de interés activa para todos los créditos morosos de naturaleza laboral como, por ejemplo, salarios, indemnizaciones, multas y sanciones.
Esta discusión comenzó a cobrar mayor relevancia entre los expertos en Derecho del Trabajo, ya que la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, en la causa "Abraham, Héctor Osvaldo c/ Todoli Hermanos", declaró inconstitucional dicha norma, por lo que varios juzgados volvieron a utilizar la tasa pasiva (la más baja).
Sin embargo, los avatares económicos de los últimos meses hicieron que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo porteño tomara cartas en el asunto y dictara el acta 2.601.
La misma establece que los litigios que se lleven a cabo en la Ciudad de Buenos Aires se deberán actualizar mediante la tasa nominal anual para préstamos personales de libre destino del Banco Nación (para un plazo de 49 a 60 meses).
Contempla a todos los créditos del empleado desde que son debidos hasta su efectivo pago, para aquellas deudas que se encuentran sin sentencia.
De esta manera, la tasa pasó del 25% al 36% anual. Este cambio buscó reflejar mejor la realidad inflacionaria del país, en el que se estima que el aumento de precios superará cómodoamente el 30% en 2014.