Estos son los proyectos de ley laborales más importantes que deberá resolver el Congreso
Las elecciones ya pasaron. Ya no se escucharán spots publicitarios de los candidatos ni se llenarán las calles con sus caras sonrientes en coloridos y llamativos afiches. Ahora, llegó el momento de volver a reunirse en comisiones y volver a sesionar.
La composición de las cámaras del Congreso será, a partir del 10 de diciembre, muy similar a la actual. Es decir, el kichnerismo tendrá quórum propio si se le suman sus aliados tanto en Diputados como en Senadores.
En este contexto, entre los legisladores de distintos partidos hay consenso en volver a tratar ciertos temas clave que quedaron archivados durante estos meses de campaña.
Entre estos proyectos figuran algunos de gran relevancia para el mundo empresario y sus trabajadores, como son el fin de las sumas no remunerativas en los salarios, la restricción para prestar tareas los domingos y la suba de aportes patronales. Sin embargo, de acuerdo con declaraciones del diputado oficialista Héctor Recalde a iProfesional, hay una de estas propuestas parlamentarias que "tendrá prioridad" sobre las demás: la extensión de las licencias por maternidad o paternidad.
"Estamos esperando si la comisión de familia trata el proyecto de licencias, la aspiración es que se apruebe este año por lo que le estamos dando prioridad", dijo a este medio el titular de la comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja.
El proyecto tomó como antecedentes una propuesta anterior consensuada en la comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja que él preside y una ya aprobada por el Senado. Ambas perdieron estado parlamentario, por lo que el ex asesor de la CGT elevó hace pocos días la nueva iniciativa.
Aunque existen algunas diferencias sobre ciertos puntos, la idea es analizarla en el recinto lo más pronto posible.
Asimismo, vale aclarar que la Cámara alta será la que tratará el proyecto para dar fin a las sumas no remunerativas, impulsado por el radical Eugenio Artaza, que tiene el apoyo de legisladores de varios partidos. En tanto el que busca limitar el trabajo los días domingos, fue sancionado por el Senado pero no fue tratado en Diputados aunque ya va sumando apoyos. Además del Papa Francisco y la CAME (Cámara Argentina de la Mediana Empresa), los supermercadistas ahora dieron su aval a la iniciativa.
Licencias
De acuerdo con la propuesta de Recalde, que fue girada a las comisiones de Legislación del Trabajo y de Familia de la Cámara baja, el trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:
* Por nacimiento de hijo, 12 días corridos, en lugar de los dos actuales.
* Por matrimonio, 10 días corridos.
* Por fallecimiento:
- Del cónyuge o conviviente: tres días corridos.
- Alguno de los padres, tres días corridos.
- Hijo, 10 días corridos.
- Hermano, dos días corridos.
* Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, de aprobarse el proyecto se dispondrá de dos días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.
* Para visitar a un menor que se pretende adoptar, la licencia será de dos días corridos con un máximo de doce por año -no acumulables- desde que el adoptante inicie sus visitas previas a la tenencia en guarda con fines de adopción hasta su otorgamiento por el juez competente.
En dicha iniciativa, además, se estipula la prohibición del trabajo del personal femenino durante los 49 días anteriores al parto y hasta 49 días después del mismo.
Concluida la prohibición de laborar y con anterioridad al estado de excedencia, la dependiente podrá solicitar una licencia de treinta días para la crianza del hijo. Durante dicho lapso la relación laboral quedará suspendida para las partes. Cuando la empleada no utilice la licencia mencionada podrá hacerlo el padre, aunque trabaje para otro empleador, señala el proyecto.
Asimismo, se presumirá, salvo prueba en contrario, que el despido de la mujer trabajadora respondió a razones de maternidad o embarazo cuando fuese dispuesto dentro del plazo de entre los 8 meses y medio anteriores o posteriores a la fecha de parto. La misma presunción operará cuando el trabajador varón sea desvinculado desde la comunicación del embarazo y hasta los ocho meses y medio posteriores al nacimiento de su hijo.
Fines de semana
En la actualidad, la Ley de Contrato de Trabajo establece que corresponde pagar con un 100% de recargo las horas que se trabajen los días sábados -después de las 13 horas-, como así también los domingos y feriados. Además, el marco vigente contempla la existencia de francos compensatorios.
No obstante, con la posterior publicación del decreto 2284/91 de desregulación económica, dichas restricciones de horarios y días fueron suprimidas para la prestación de servicios de venta, empaque, expedición, administración y otras actividades comerciales afines.
En este contexto, el presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Osvaldo Cornide, se entrevistó con el Papa Francisco en el Vaticano y le entregó un documento elaborado por la entidad con detalles de la campaña que impulsa para lograr el cierre de los comercios los domingos y destinar esa jornada al descanso, la reflexión y la vida familiar.
Esta medida fue apoyada, oportunamente, por Jorge Bergoglio cuando era arzobispo de la Ciudad de Buenos Aires.
Pero ésta no es la única iniciativa que plantea un cambio al respecto. Vale recordar una propuesta del senador Carlos Verna, que pretendía introducir modificaciones sustanciales en beneficio de los empleados pero implicaba un fuerte encarecimiento de los costos laborales para los empresarios que optaran por abrir sus puertas los fines de semana.
La misma ya había obtenido media sanción de la Cámara alta, casi por unanimidad en 2010, pero Diputados no avanzó en su tratamiento para finalmente sancionarla, por lo que terminó perdiendo estado parlamentario.
No obstante, recientemente, el legislador decidió volver a impulsar su propuesta parlamentaria.
En ese contexto, la Cámara Argentina de Supermercados (CAS) y la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), expresaron su apoyo al proyecto que propone, concretamente, que los comercios no trabajen los domingos.
Desde dichas entidades afirman que "en aquellos países donde el descanso dominical es ley, esto es aceptado sin cuestionamientos, ya que la gente programa sus compras de acuerdo con esa modalidad. Sin embargo, para los trabajadores, tiene una enorme implicancia en su calidad de vida y en la de su familia".
"Por eso, impulsamos que todos los locales comerciales del país se mantengan cerrados los domingos, y que esta disposición se cumpla sin excepciones, dado que si así no fuera, la medida dejaría de ser efectiva de inmediato", aseguraron.
Sumas no remunerativas
Antes de las PASO, con la firma de 21 senadores pertenecientes a distintas fuerzas políticas, Eugenio "Nito" Artaza renovó su vieja apuesta y presentó una propuesta mejorada del proyecto original sobre sumas no remunerativas con el objetivo de poner "punto final" a las mismas.
El proyecto de ley busca que, a partir del 1° de enero del año siguiente al de su sanción, "toda suma cuya obligación de pago a favor de los trabajadores se establezca en convenios colectivos o acuerdos de igual naturaleza" tenga "carácter remunerativo".
Este proyecto de ley tenía preferencia para ser tratado en el recinto el miércoles 31 de julio, pero en esa sesión se analizaron ascensos militares por lo que sería tratado en la próxima.
En concreto, se busca que todo monto que reciba un dependiente en retribución a su trabajo revista esa calidad, lo que impactará en el cálculo de indemnizaciones, aguinaldo, horas extras y vacaciones, entre otros rubros, como así también generará el pago de contribuciones patronales y la retención de los aportes que fija la ley para los asalariados.
La propuesta parlamentaria fija una serie de puntos importantes que resulta clave conocer:
* A los tres meses de entrada en vigencia de la ley, también obtendrán carácter remunerativo todas las sumas no remuneratorias previstas anteriormente a la sanción de la norma.
* Desde que pasan a conformar el sueldo, esas sumas serán incrementadas en un monto equivalente al que corresponda para neutralizar la suba de los aportes a cargo de los trabajadores (siempre y cuando el convenio los hubiera eximido). La aplicación de la norma no podrá implicar una reducción del sueldo del dependiente, por lo que el empleador deberá pagar un monto igual al que se destine a los organismos de seguridad social.
* Cuando las sumas no remunerativas no constituyan base de cálculo de algún ítem salarial, pasarán a ser remunerativas al sólo efecto de su cómputo en la base imponible en los diversos sistemas de la seguridad social.
* Se aplicará tanto a los empleados públicos como a los del sector privado.
* Las partes colectivas podrán acordar la conversión referida en plazos menores.
Al respecto, Artaza explicó que este proyecto es una versión mejorada de otra propuesta que presentó hace un mes, casi al mismo tiempo en el que la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de las sumas no remunerativas pactadas en acuerdos colectivos.
Y calificó como un "retroceso" al último acuerdo para empleados de Comercio porque fijó "dos sumas no remunerativas, una equivalente al 14 % del salario y un segundo aumento adicional del 10%, también no remunerativo desde octubre de 2013, los cuales mantendrán ese carácter hasta enero de 2014 inclusive".
Aportes patronales
Por otro lado, el kirchnerismo evalúa en una suba de los aportes patronales de las empresas con "ganancias extraordinarias" a través de un "proceso gradual".
La iniciativa también es motorizada por Recalde y establece una suba en las alícuotas de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social.
Dicho aumento se aplicaría sobre los empleadores que registren en el ejercicio anual ganancias netas que superen el 10% de los ingresos netos del período.
El proyecto propone que las alícuotas correspondientes se incrementen en la cantidad de puntos porcentuales que surge de una escala determinada.
Quedarían exentos de este incremento en la alícuota de las contribuciones patronales los sindicatos y obras sociales, y las empresas que no superen el límite de facturación para ser considerada Mediana Empresa dispuesto por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de Desarrollo Regional, dependiente del Ministerio de Industria de la Nación.